Test: Real Decreto Legislativo 781/1986, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local — Administrativo de Ayuntamiento

Repasa la organización territorial, la población, los bienes de las entidades locales (dominio público, patrimoniales y comunales) y el personal al servicio de la Administración Local.

⚖️ Fuente: Real Decreto Legislativo 781/1986, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local — BOE-A-1986-9865 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 79 del TRRL, el patrimonio de las entidades locales está constituido por:
📖 Art. 79 TRRL
Explicación: El art. 79.1 TRRL dispone que el patrimonio de las entidades locales está constituido por el conjunto de bienes, derechos y acciones que les pertenezcan; el art. 79.2 los clasifica en bienes de dominio público y bienes patrimoniales.
Conforme al art. 79 del TRRL, los bienes de las entidades locales se clasifican en:
📖 Art. 79 TRRL
Explicación: El art. 79.2 TRRL clasifica los bienes de las entidades locales en bienes de dominio público y bienes patrimoniales; el art. 79.3 añade que los bienes comunales tendrán la naturaleza de dominio público.
Según el art. 79.3 del TRRL, los bienes comunales son aquellos cuyo aprovechamiento corresponde:
📖 Art. 79.3 TRRL
Explicación: El art. 79.3 TRRL establece que tienen la consideración de comunales aquellos bienes cuyo aprovechamiento corresponde al común de los vecinos; ostentan la naturaleza de bienes de dominio público.
De acuerdo con el art. 80 del TRRL, los bienes de dominio público de las entidades locales son:
📖 Art. 80 TRRL
Explicación: El art. 80.1 TRRL dispone que los bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles y no están sujetos a tributo alguno mientras conserven dicho carácter.
Según el art. 74 del TRRL, la adquisición de bienes a título oneroso por las entidades locales exigirá:
📖 Art. 74 TRRL
Explicación: El art. 74 TRRL regula la adquisición de bienes por las entidades locales; las adquisiciones a título oneroso deben ajustarse a la normativa reguladora de la contratación de las entidades locales (hoy la LCSP y la legislación patrimonial).
Conforme al art. 81 del TRRL, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las entidades locales requiere:
📖 Art. 81 TRRL
Explicación: El art. 81 TRRL exige que la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las entidades locales se realice mediante expediente en el que se acrediten su oportunidad y legalidad, y que dicho expediente se someta a información pública.
Según el art. 82 del TRRL, la enajenación de bienes patrimoniales de las entidades locales:
📖 Art. 82 TRRL
Explicación: El art. 80 y 82 TRRL, en relación con el Reglamento de Bienes, establecen que la enajenación de los bienes patrimoniales se rige por su normativa específica, exigiéndose como regla general la subasta pública, salvo en supuestos de permuta u otros legalmente previstos.
De acuerdo con el art. 3 del TRRL, en concordancia con la legislación de régimen local, el término municipal es:
📖 Art. 3 TRRL
Explicación: El art. 3 TRRL y el art. 12 de la Ley 7/1985 definen el término municipal como el territorio en que el Ayuntamiento ejerce sus competencias; cada municipio pertenece a una sola provincia.
Según el art. 13 del TRRL (población), la condición de vecino se adquiere:
📖 Art. 13 TRRL
Explicación: La legislación de régimen local (art. 15 Ley 7/1985, recogido en el TRRL) establece que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en que resida habitualmente y que quien viva en varios municipios se inscribirá en el que habite más tiempo al año; la condición de vecino se adquiere con la inscripción en el Padrón.
Conforme al art. 167 del TRRL, los funcionarios de carrera de la Administración Local se integran en las escalas de:
📖 Art. 167 TRRL
Explicación: El art. 167 TRRL dispone que los funcionarios de carrera que no ocupen puestos reservados a habilitados nacionales se integran en las escalas de Administración General y de Administración Especial de cada corporación, existiendo además la escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional.
Según el TRRL, corresponde a los funcionarios de Administración General el desempeño de funciones:
📖 Art. 169 TRRL
Explicación: El art. 169 TRRL atribuye a la escala de Administración General el desempeño de funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa, organizándose en las subescalas técnica, de gestión, administrativa, auxiliar y subalterna.
De acuerdo con el TRRL, la escala de Administración Especial comprende funcionarios que desarrollan tareas:
📖 Art. 170 TRRL
Explicación: El art. 170 TRRL configura la escala de Administración Especial para el desempeño de tareas que constituyen el objeto peculiar de una carrera, profesión, arte u oficio, integrándose en las subescalas técnica y de servicios especiales (policía local, cometidos especiales, personal de oficios, etc.).
Según el art. 90 de la Ley 7/1985 y el art. 126 del TRRL, corresponde a cada corporación local aprobar anualmente:
📖 Art. 126 TRRL
Explicación: El art. 90 Ley 7/1985 y el art. 126 TRRL disponen que las corporaciones locales aprobarán anualmente, a través del presupuesto, la plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual.
Conforme al art. 127 del TRRL, la relación de puestos de trabajo (RPT) de las entidades locales se aprueba por:
📖 Art. 127 TRRL
Explicación: El art. 90.2 Ley 7/1985 y el TRRL establecen que las corporaciones locales formarán la relación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización; su aprobación corresponde al Pleno de la respectiva corporación.
Según el TRRL, las funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales, cuya responsabilidad está reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional, comprenden:
📖 Art. 92 Ley 7/1985 / TRRL
Explicación: El art. 92 bis Ley 7/1985 y la normativa refundida en el TRRL reservan a funcionarios con habilitación de carácter nacional las funciones de secretaría (comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo) y las de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y la contabilidad, tesorería y recaudación.
De acuerdo con el TRRL, la responsabilidad patrimonial de las entidades locales por el funcionamiento de los servicios públicos se rige por:
📖 Art. 54 TRRL
Explicación: El art. 54 TRRL dispone que las entidades locales responderán directamente de los daños y perjuicios causados a los particulares en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos o de la actuación de sus autoridades, funcionarios o agentes, en los términos de la legislación general sobre responsabilidad administrativa (hoy Ley 40/2015).
Según el art. 4 del TRRL, la potestad expropiatoria de las entidades locales se ejerce:
📖 Art. 4 TRRL
Explicación: El art. 4 Ley 7/1985 (recogido y desarrollado por el TRRL) reconoce a los municipios, provincias e islas la potestad expropiatoria, que se ejercerá conforme a la legislación estatal sobre expropiación forzosa.
Conforme al TRRL, la Administración Local podrá recuperar por sí misma la posesión indebidamente perturbada de sus bienes:
📖 Art. 82 TRRL
Explicación: La legislación de régimen local (TRRL y Reglamento de Bienes) reconoce a las entidades locales la potestad de recuperación de oficio de la posesión de sus bienes: en cualquier tiempo respecto de los de dominio público y, respecto de los patrimoniales, dentro del plazo de un año contado desde el día siguiente al de la usurpación.
Según el TRRL, los bienes de las entidades locales, tanto de dominio público como patrimoniales, deben inscribirse en:
📖 Art. 86 TRRL
Explicación: El art. 86 TRRL obliga a las entidades locales a llevar un inventario de todos sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza o forma de adquisición; además, los bienes inmuebles y derechos reales deben inscribirse en el Registro de la Propiedad.
De acuerdo con el TRRL, el cambio de denominación de los municipios:
📖 Art. 30 TRRL
Explicación: El art. 30 TRRL establece que el cambio de nombre de los municipios requiere acuerdo del Ayuntamiento y resolución de la Comunidad Autónoma, dándose traslado a la Administración del Estado para su anotación en el Registro de Entidades Locales y su publicación.
Según el art. 96 del TRRL, en el aprovechamiento de los bienes comunales regirá con carácter general la modalidad de:
📖 Art. 96 TRRL
Explicación: El art. 96 TRRL dispone que el disfrute de los bienes comunales se efectuará precisamente en régimen de explotación común o cultivo colectivo o, cuando este no fuere posible, mediante el aprovechamiento y disfrute general y simultáneo por los vecinos, y solo en defecto de tales modalidades, por otras (adjudicación por lotes o suertes, adjudicación mediante precio, etc.).
Conforme al TRRL, las Ordenanzas y Reglamentos de las entidades locales, una vez aprobados definitivamente por el Pleno:
📖 Art. 70 Ley 7/1985 / TRRL
Explicación: El art. 70.2 Ley 7/1985 (desarrollado por el TRRL) exige que las ordenanzas, incluidos el articulado de las normas de los planes urbanísticos y las ordenanzas fiscales, se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia y no entren en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y transcurrido el plazo previsto en el art. 65.2.
Según el TRRL, las corporaciones locales podrán constituir, para la gestión directa de servicios económicos:
📖 Art. 89 TRRL
Explicación: El TRRL (arts. 95 y 96 en relación con el art. 85 Ley 7/1985) contempla, entre las formas de gestión directa de los servicios públicos locales, la gestión por la propia entidad, por organismo autónomo local, por entidad pública empresarial o por sociedad mercantil local cuyo capital social sea de titularidad pública.
De acuerdo con el TRRL, la provincia, como entidad local determinada por la agrupación de municipios, tiene entre sus fines propios:
📖 Art. 31 Ley 7/1985 / TRRL
Explicación: El art. 31.2 Ley 7/1985, recogido en el marco del TRRL, señala como fines propios y específicos de la provincia garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal y participar en la coordinación de la Administración local con la de la CCAA y del Estado.
Según el TRRL, los actos y acuerdos de las entidades locales que incurran en infracción del ordenamiento jurídico:
📖 Art. 52-53 TRRL
Explicación: El TRRL, en concordancia con la legislación de procedimiento administrativo, dispone que los actos y acuerdos de las entidades locales que infrinjan el ordenamiento jurídico serán anulables (o nulos de pleno derecho en los supuestos tasados), pudiendo ser revisados en vía administrativa e impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales. Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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