La Ley 37/1992 del IVA, su naturaleza indirecta, los tres hechos imponibles, los tipos del 21%, 10% y 4%, el ámbito espacial (Península y Baleares), el sujeto pasivo, el devengo, la base imponible y el derecho a deducción.
⚖️ Fuente: Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE-A-1992-28740) · 25 preguntas
¿Qué es el IVA?
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo de naturaleza indirecta regulado en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre. Grava tres hechos imponibles (entregas de bienes y prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias e importaciones), con tipos del 21%, 10% y 4% según el producto o servicio, y se aplica en el ámbito espacial de la Península y las Islas Baleares.
Pregunta 1 de 25
¿Qué norma regula el Impuesto sobre el Valor Añadido?
📖 Ley 37/1992 (BOE-A-1992-28740)
Explicación: El Impuesto sobre el Valor Añadido se regula en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre.
¿Qué naturaleza tiene el IVA?
📖 Art. 1 Ley 37/1992
Explicación: El IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.
¿Cuáles son los tres hechos imponibles del IVA?
📖 Arts. 4, 13 y 17 Ley 37/1992
Explicación: El IVA grava tres hechos imponibles: las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales, las adquisiciones intracomunitarias de bienes y las importaciones de bienes.
¿Cuál es el tipo impositivo general del IVA?
📖 Art. 90 Ley 37/1992
Explicación: El tipo general del IVA es el 21%, aplicable a las operaciones que no tengan asignado un tipo reducido o superreducido.
¿Cuál es el tipo reducido del IVA?
📖 Art. 91 Ley 37/1992
Explicación: El tipo reducido del IVA es el 10%, aplicable, entre otros, a determinados productos alimenticios, el transporte de viajeros o la hostelería.
¿Cuál es el tipo superreducido del IVA?
📖 Art. 91.Dos Ley 37/1992
Explicación: El tipo superreducido del IVA es el 4%, aplicable a productos de primera necesidad como el pan, la leche, los libros, los medicamentos de uso humano o las viviendas de protección oficial en régimen especial.
¿En qué territorio se aplica el IVA?
📖 Art. 3 Ley 37/1992
Explicación: El ámbito espacial de aplicación del IVA es el territorio peninsular español y las Islas Baleares. Quedan excluidas Canarias (donde se aplica el IGIC), Ceuta y Melilla.
¿Quién es, con carácter general, el sujeto pasivo del IVA en las entregas de bienes y prestaciones de servicios?
📖 Art. 84 Ley 37/1992
Explicación: Son sujetos pasivos del IVA, con carácter general, las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de empresarios o profesionales y realicen las entregas de bienes o presten los servicios sujetos, sin perjuicio de los supuestos de inversión del sujeto pasivo.
En las entregas de bienes, ¿cuándo se produce con carácter general el devengo del IVA?
📖 Art. 75 Ley 37/1992
Explicación: En las entregas de bienes el impuesto se devenga, con carácter general, cuando tenga lugar la puesta a disposición del adquirente o, en su caso, cuando se efectúen conforme a la legislación aplicable.
¿Cómo se define la base imponible del IVA en las operaciones interiores?
📖 Art. 78 Ley 37/1992
Explicación: La base imponible del IVA está constituida por el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas al impuesto, incluyendo los gastos accesorios y excluyendo el propio IVA.
¿Cuál de las siguientes operaciones está exenta de IVA?
📖 Art. 20 Ley 37/1992
Explicación: Entre las exenciones en operaciones interiores figuran los servicios de hospitalización y asistencia sanitaria, la educación reglada, las operaciones de seguro y determinadas operaciones financieras.
¿Qué carácter tiene el IVA soportado deducible para el empresario o profesional?
📖 Arts. 92 y ss. Ley 37/1992
Explicación: El empresario o profesional puede deducir el IVA soportado en sus adquisiciones del IVA repercutido en sus operaciones, lo que hace que el impuesto sea neutral para él y recaiga finalmente sobre el consumidor.
Según el art. 5 de la Ley 37/1992 (LIVA), tienen la condición de empresarios o profesionales:
📖 Art. 5 Ley 37/1992
Explicación: El art. 5 de la LIVA considera empresarios o profesionales, entre otros, a las personas o entidades que realicen actividades empresariales o profesionales, entendiendo por tales las que impliquen la ordenación por cuenta propia de factores de producción materiales y humanos para intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
El art. 8 de la LIVA define la ENTREGA DE BIENES como:
📖 Art. 8 Ley 37/1992
Explicación: El art. 8 de la LIVA define la entrega de bienes como la transmisión del poder de disposición sobre bienes corporales, equiparando a los mismos determinados supuestos como el gas, el calor o la energía eléctrica.
Conforme al art. 11 de la LIVA, se entiende por PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
📖 Art. 11 Ley 37/1992
Explicación: El art. 11 de la LIVA define la prestación de servicios como toda operación sujeta al impuesto que, conforme a la ley, no tenga la consideración de entrega, adquisición intracomunitaria o importación de bienes, incluyendo, entre otros, el ejercicio independiente de una profesión, arte u oficio.
El art. 69 de la LIVA establece la regla general del lugar de realización de las PRESTACIONES DE SERVICIOS cuando el destinatario es empresario o profesional, situándolo en:
📖 Art. 69 Ley 37/1992
Explicación: El art. 69 de la LIVA fija, como regla general, que los servicios prestados a empresarios o profesionales se entienden realizados en el territorio de aplicación del impuesto cuando el destinatario tenga en él la sede de su actividad económica o un establecimiento permanente destinatario del servicio.
Según el art. 94 de la LIVA, originan el derecho a deducir las cuotas soportadas en la medida en que los bienes y servicios se utilicen en:
📖 Art. 94 Ley 37/1992
Explicación: El art. 94 de la LIVA establece que los sujetos pasivos podrán deducir las cuotas soportadas en la medida en que los bienes y servicios se utilicen en la realización de operaciones sujetas y no exentas, exportaciones, entregas intracomunitarias y otras operaciones que generan el derecho a la deducción.
El art. 95 de la LIVA dispone que NO podrán deducirse las cuotas soportadas por la adquisición de bienes o servicios que:
📖 Art. 95 Ley 37/1992
Explicación: El art. 95 de la LIVA establece, como regla general, que los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas por la adquisición de bienes o servicios que no se afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional, con reglas especiales para los bienes de inversión.
Conforme al art. 97 de la LIVA, para ejercitar el derecho a la deducción el sujeto pasivo deberá estar en posesión de:
📖 Art. 97 Ley 37/1992
Explicación: El art. 97 de la LIVA exige, para ejercer el derecho a la deducción, estar en posesión del documento justificativo, siendo el principal la factura original expedida por quien realice la entrega o preste el servicio, o el documento acreditativo del pago del impuesto a la importación.
El art. 99 de la LIVA regula que el derecho a la deducción podrá ejercitarse en la declaración-liquidación del periodo en que se hayan soportado las cuotas o en las de los sucesivos, siempre que no transcurran:
📖 Art. 99 Ley 37/1992
Explicación: El art. 99 de la LIVA permite ejercer el derecho a la deducción en la declaración-liquidación del periodo en que se soportaron las cuotas o en las de los sucesivos, siempre que no hubieran transcurrido cuatro años contados desde el nacimiento del derecho, caducando en otro caso.
Según el art. 115 de la LIVA, los sujetos pasivos que no hayan podido efectuar las deducciones por exceder su cuantía de las cuotas devengadas tendrán derecho a:
📖 Art. 115 Ley 37/1992
Explicación: El art. 115 de la LIVA reconoce el derecho a solicitar la devolución del saldo a su favor existente a 31 de diciembre de cada año cuando el importe de las deducciones procedentes supere el de las cuotas devengadas, sin perjuicio del régimen de devolución mensual.
El art. 164 de la LIVA enumera, entre las OBLIGACIONES de los sujetos pasivos, la de:
📖 Art. 164 Ley 37/1992
Explicación: El art. 164 de la LIVA impone a los sujetos pasivos, entre otras obligaciones, presentar declaraciones, expedir y entregar factura de todas sus operaciones, llevar la contabilidad y los registros establecidos, y presentar las declaraciones-liquidaciones correspondientes.
Conforme al art. 21 de la LIVA, están EXENTAS del impuesto:
📖 Art. 21 Ley 37/1992
Explicación: El art. 21 de la LIVA declara exentas, entre otras, las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el transmitente o por un tercero en su nombre (exportaciones), por tratarse de operaciones que tributan en destino.
El art. 25 de la LIVA regula la exención de las ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS de bienes cuando, entre otros requisitos:
📖 Art. 25 Ley 37/1992
Explicación: El art. 25 de la LIVA declara exentas las entregas de bienes expedidos o transportados a otro Estado miembro cuando el adquirente sea un empresario, profesional o persona jurídica identificado a efectos del IVA en un Estado miembro distinto del de partida, gravándose la operación en destino.
Según el art. 167 de la LIVA, con carácter general, los sujetos pasivos deberán determinar e ingresar la deuda tributaria:
📖 Art. 167 Ley 37/1992
Explicación: El art. 167 de la LIVA establece que, salvo en las importaciones, los sujetos pasivos deberán determinar e ingresar la deuda tributaria al tiempo de presentar las declaraciones-liquidaciones en el lugar, forma y plazos que se establezcan reglamentariamente.
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