Test: RD 95/2022 — Currículo de Educación Infantil — Audición y Lenguaje
Preguntas reales sobre la ordenación y el currículo vigente de Educación Infantil —áreas, atención a la diversidad y evaluación— según el Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, que deroga al anterior RD 1630/2006.
⚖️ Fuente: RD 95/2022 — Currículo de Educación Infantil — RD 95/2022, de 1 de febrero (vigente; deroga el RD 1630/2006) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
Según el artículo 1 del Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, su objeto es:
📖 Art. 1 RD 95/2022
Explicación: El art. 1 RD 95/2022 tiene por objeto establecer la ordenación y las enseñanzas mínimas de la etapa de Educación Infantil.
Conforme al artículo 3.1 del RD 95/2022, la Educación Infantil atiende a niños y niñas:
📖 Art. 3.1 RD 95/2022
Explicación: El art. 3.1 RD 95/2022 define la Educación Infantil como la etapa que atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años.
Según el artículo 3.2 del RD 95/2022, la Educación Infantil se ordena en:
📖 Art. 3.2 RD 95/2022
Explicación: El art. 3.2 RD 95/2022 ordena la etapa en dos ciclos: el primero hasta los tres años y el segundo de tres a seis años.
Conforme al artículo 4 del RD 95/2022, la finalidad de la Educación Infantil es contribuir al desarrollo integral y armónico del alumnado en las dimensiones:
📖 Art. 4 RD 95/2022
Explicación: El art. 4 RD 95/2022 enumera expresamente las dimensiones física, emocional, sexual, afectiva, social, cognitiva y artística en la finalidad de la etapa.
Según el artículo 5.1 y 5.2 del RD 95/2022, el carácter de la Educación Infantil y de su segundo ciclo es:
📖 Art. 5 RD 95/2022
Explicación: El art. 5.1 RD 95/2022 fija el carácter voluntario de la etapa y el art. 5.2 la gratuidad del segundo ciclo.
Conforme al artículo 5.4 del RD 95/2022, las medidas organizativas, metodológicas y curriculares se regirán por los principios de:
📖 Art. 5.4 RD 95/2022
Explicación: El art. 5.4 RD 95/2022 vincula las medidas organizativas, metodológicas y curriculares a los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje.
Según el artículo 6.3 del RD 95/2022, en ambos ciclos de la etapa se atenderá progresivamente, entre otros aspectos, a:
📖 Art. 6.3 RD 95/2022
Explicación: El art. 6.3 RD 95/2022 incluye expresamente la atención a «las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje» como aspecto a trabajar progresivamente en ambos ciclos.
Conforme al artículo 6.7 del RD 95/2022, la aproximación a la lectura y a la escritura en Educación Infantil:
📖 Art. 6.7 RD 95/2022
Explicación: El art. 6.7 RD 95/2022 permite favorecer una primera aproximación a la lectura y la escritura, aclarando que no resulta exigible para afrontar la Educación Primaria.
Según el artículo 7.f del RD 95/2022, la Educación Infantil contribuirá a que el alumnado desarrolle:
📖 Art. 7.f RD 95/2022
Explicación: El art. 7.f RD 95/2022 fija como objetivo desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión, eje central del trabajo del especialista en Audición y Lenguaje.
Conforme al artículo 7.g del RD 95/2022, el alumnado se iniciará en las habilidades lógico-matemáticas, en:
📖 Art. 7.g RD 95/2022
Explicación: El art. 7.g RD 95/2022 vincula la iniciación lógico-matemática con la lectura, la escritura, el movimiento, el gesto y el ritmo.
Según el artículo 8.2 del RD 95/2022, ¿cuáles son las tres áreas de la Educación Infantil vigentes?
📖 Art. 8.2 RD 95/2022
Explicación: El art. 8.2 RD 95/2022 fija las tres áreas vigentes: Crecimiento en Armonía, Descubrimiento y Exploración del Entorno, y Comunicación y Representación de la Realidad (esta última sustituye a la antigua área «Lenguajes» del derogado RD 1630/2006).
Conforme al artículo 8.3 del RD 95/2022, las tres áreas deben entenderse como:
📖 Art. 8.3 RD 95/2022
Explicación: El art. 8.3 RD 95/2022 establece que las áreas deben entenderse como ámbitos de experiencia relacionados entre sí, requiriendo situaciones de aprendizaje globales.
Según el artículo 9 del RD 95/2022, ¿en qué anexo se establecen las competencias específicas de cada área, los criterios de evaluación y los saberes básicos?
📖 Art. 9 RD 95/2022
Explicación: El art. 9.2 RD 95/2022 remite al anexo II para las competencias específicas de cada área, los criterios de evaluación y los saberes básicos.
Conforme al artículo 10.3 del RD 95/2022, el profesorado adaptará su práctica educativa basándose en:
📖 Art. 10.3 RD 95/2022
Explicación: El art. 10.3 RD 95/2022 exige que el profesorado base su práctica educativa en el Diseño Universal para el Aprendizaje, atendiendo a las necesidades individuales y colectivas del alumnado.
Según el artículo 12.1 del RD 95/2022, la evaluación en Educación Infantil será:
📖 Art. 12.1 RD 95/2022
Explicación: El art. 12.1 RD 95/2022 define la evaluación como global, continua y formativa, siendo la observación directa y sistemática la técnica principal.
Conforme al artículo 13.1 del RD 95/2022, la pauta ordinaria de la acción educativa del profesorado y demás profesionales de la educación (incluido el especialista en AL) será:
📖 Art. 13.1 RD 95/2022
Explicación: El art. 13.1 RD 95/2022 establece la atención individualizada como pauta ordinaria de la acción educativa del profesorado y demás profesionales.
Según el artículo 13.3 del RD 95/2022, las Administraciones educativas establecerán procedimientos para:
📖 Art. 13.3 RD 95/2022
Explicación: El art. 13.3 RD 95/2022 exige procedimientos de detección temprana de dificultades y planes de intervención precoz, marco en el que actúa el especialista en Audición y Lenguaje.
Conforme al artículo 13.4 del RD 95/2022, los centros adoptarán las medidas adecuadas dirigidas al alumnado que presente:
📖 Art. 13.4 RD 95/2022
Explicación: El art. 13.4 RD 95/2022 obliga a los centros a adoptar medidas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Según el artículo 13.6 del RD 95/2022, las Administraciones educativas podrán incorporar a su oferta educativa:
📖 Art. 13.6 RD 95/2022
Explicación: El art. 13.6 RD 95/2022 permite incorporar las lenguas de signos españolas a la oferta educativa, relevante para el alumnado con necesidades de comunicación.
Conforme al artículo 14.3 del RD 95/2022, para garantizar la continuidad entre Educación Infantil y Educación Primaria, al finalizar la etapa el tutor o tutora emitirá:
📖 Art. 14.3 RD 95/2022
Explicación: El art. 14.3 RD 95/2022 exige que el tutor emita un informe de desarrollo y necesidades al finalizar la etapa, clave para la coordinación con Primaria y con el especialista de AL que continúe el seguimiento.
Según la disposición adicional primera del RD 95/2022, las enseñanzas de religión se incluirán en:
📖 DA 1 RD 95/2022
Explicación: La DA 1ª RD 95/2022 incluye las enseñanzas de religión en el segundo ciclo, garantizando que las familias puedan manifestar su voluntad de que se reciban o no.
¿Qué Real Decreto deroga expresamente el RD 1630/2006 (anterior currículo de Educación Infantil), con efectos de 3 de febrero de 2022?
📖 Disp. derogatoria RD 95/2022
Explicación: El RD 95/2022 deroga el anterior RD 1630/2006, que reguló el currículo de Educación Infantil hasta la adaptación a la LOMLOE.
Según el artículo 2.e del RD 95/2022, se entiende por «saberes básicos»:
📖 Art. 2.e RD 95/2022
Explicación: El art. 2.e RD 95/2022 define los saberes básicos como los conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de cada área.
Conforme al artículo 6.6 del RD 95/2022, las Administraciones educativas fomentarán el desarrollo de todos los lenguajes y modos de percepción, respetando:
📖 Art. 6.6 RD 95/2022
Explicación: El art. 6.6 RD 95/2022 vincula el fomento de todos los lenguajes al respeto de la cultura de la infancia recogida en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Según el artículo 2.a del RD 95/2022, se entiende por «objetivos»:
📖 Art. 2.a RD 95/2022
Explicación: El art. 2.a RD 95/2022 define los objetivos como los logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa, vinculados a la adquisición de las competencias clave.