Test: El Presupuesto y el Gasto Público (Ley 47/2003 y CE)

Principios presupuestarios, elaboración y aprobación, créditos y su carácter limitativo, fases del procedimiento de gasto, estabilidad presupuestaria y control de la actividad económico-financiera.

⚖️ Fuente: Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y Constitución Española (arts. 134-136) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
La elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y su examen y aprobación corresponden, según el art. 134.1 de la Constitución, respectivamente a:
📖 Art. 134.1 CE
Explicación: El art. 134.1 CE atribuye al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales su examen, enmienda y aprobación.
Conforme al art. 134.2 de la Constitución, los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter:
📖 Art. 134.2 CE
Explicación: El art. 134.2 CE establece el carácter anual de los presupuestos, que incluirán la totalidad de gastos e ingresos del sector público estatal y los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.
El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado (art. 134.3 CE):
📖 Art. 134.3 CE
Explicación: El art. 134.3 CE obliga al Gobierno a presentar los presupuestos ante el Congreso al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.
Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente (art. 134.4 CE):
📖 Art. 134.4 CE
Explicación: El art. 134.4 CE prevé la prórroga automática de los presupuestos del ejercicio anterior si no se aprueban los nuevos antes del primer día del ejercicio económico.
Conforme al art. 134.6 de la Constitución, toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá:
📖 Art. 134.6 CE
Explicación: El art. 134.6 CE exige la conformidad del Gobierno para tramitar toda proposición o enmienda que suponga aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios.
El ejercicio presupuestario, conforme a la Ley 47/2003, coincide con:
📖 Art. 34 Ley 47/2003
Explicación: El art. 34.1 de la Ley 47/2003 establece que el ejercicio presupuestario coincide con el año natural, imputándose a él los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas durante el mismo.
Los créditos presupuestarios para gastos, conforme al art. 46 de la Ley 47/2003, tienen carácter:
📖 Art. 46 Ley 47/2003
Explicación: El art. 46 de la Ley 47/2003 dota a los créditos de carácter limitativo, de modo que no pueden adquirirse compromisos ni obligaciones por importe superior al crédito autorizado, siendo nulos los actos que lo infrinjan.
La especialidad de los créditos presupuestarios se manifiesta en tres dimensiones:
📖 Especialidad presupuestaria
Explicación: El principio de especialidad presupuestaria implica que los créditos se destinen a la finalidad concreta (cualitativa), no superen su importe (cuantitativa) y se ejecuten en el ejercicio (temporal).
Los estados de gastos de los presupuestos se estructuran mediante las clasificaciones (art. 40 Ley 47/2003):
📖 Art. 40 Ley 47/2003
Explicación: El art. 40 de la Ley 47/2003 estructura los estados de gastos conforme a las clasificaciones orgánica, por programas y económica.
La primera fase del procedimiento de gestión del gasto público es (art. 73 Ley 47/2003):
📖 Art. 73 Ley 47/2003
Explicación: El art. 73 de la Ley 47/2003 sitúa la aprobación (autorización) del gasto como acto inicial que acuerda su realización, reservando un crédito por la cuantía cierta o aproximada.
El compromiso o disposición del gasto (art. 73.3 Ley 47/2003) es el acto mediante el cual:
📖 Art. 73.3 Ley 47/2003
Explicación: El art. 73.3 define el compromiso o disposición como el acto que acuerda la realización de un gasto previamente aprobado, por importe exactamente determinado, vinculando a la Hacienda Pública con terceros.
El reconocimiento de la obligación (art. 73.4 Ley 47/2003) consiste en:
📖 Art. 73.4 Ley 47/2003
Explicación: El art. 73.4 define el reconocimiento de la obligación como la declaración de existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública o frente a la Seguridad Social, una vez acreditada la prestación.
La ordenación del pago (art. 74 Ley 47/2003) corresponde, como ordenador general de pagos del Estado, a:
📖 Art. 74 Ley 47/2003
Explicación: El art. 74 atribuye la ordenación general de pagos del Estado al titular del centro directivo competente del Ministerio de Hacienda (Director General del Tesoro y Política Financiera).
Conforme al art. 31.2 de la Constitución, el gasto público realizará:
📖 Art. 31.2 CE
Explicación: El art. 31.2 CE impone que el gasto público realice una asignación equitativa de los recursos públicos, respondiendo su programación y ejecución a los criterios de eficiencia y economía.
El principio de estabilidad presupuestaria de todas las Administraciones Públicas se consagra en (art. 135 CE):
📖 Art. 135 CE
Explicación: El art. 135 CE, reformado en 2011, consagra el principio de estabilidad presupuestaria, al que todas las AAPP deben adecuar sus actuaciones, desarrollado por la Ley Orgánica 2/2012.
La emisión de Deuda Pública o la contracción de crédito por el Estado, según el art. 135.3 de la Constitución, requieren:
📖 Art. 135.3 CE
Explicación: El art. 135.3 CE exige que el Estado y las CCAA hayan de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito; los créditos para su pago se entienden siempre incluidos en el estado de gastos.
El órgano que tiene encomendado el control interno de la gestión económico-financiera del sector público estatal (art. 140 Ley 47/2003) es:
📖 Art. 140 Ley 47/2003
Explicación: El art. 140 de la Ley 47/2003 atribuye a la Intervención General de la Administración del Estado el control interno de la gestión económico-financiera del sector público estatal.
El supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, conforme al art. 136 de la Constitución, es:
📖 Art. 136 CE
Explicación: El art. 136 CE configura el Tribunal de Cuentas como supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público, dependiente directamente de las Cortes Generales.
Las modificaciones de crédito previstas en la Ley 47/2003 incluyen, entre otras:
📖 Modificaciones de crédito
Explicación: La Ley 47/2003 regula como modificaciones presupuestarias los créditos extraordinarios y suplementos, las ampliaciones, transferencias, generaciones, incorporaciones y bajas por anulación de crédito.
Los créditos extraordinarios y suplementos de crédito (art. 55 Ley 47/2003) proceden cuando:
📖 Art. 55 Ley 47/2003
Explicación: El art. 55 de la Ley 47/2003 prevé el crédito extraordinario cuando deba realizarse un gasto sin crédito y el suplemento cuando el crédito sea insuficiente y no ampliable, siempre que el gasto no pueda demorarse al ejercicio siguiente.
El presupuesto se rige, entre otros, por el principio de unidad, que supone:
📖 Principio de unidad
Explicación: El principio de unidad presupuestaria implica la existencia de un único presupuesto que integra el de todos los órganos y entidades del sector público estatal en los Presupuestos Generales del Estado.
El principio de universalidad presupuestaria exige que:
📖 Principio de universalidad
Explicación: El principio de universalidad obliga a incluir en el presupuesto la totalidad de los ingresos y gastos (cifras brutas), sin que puedan compensarse entre sí, en conexión con el carácter anual y de unidad.
La función de la Ley de Presupuestos Generales del Estado respecto de la creación de tributos (art. 134.7 CE):
📖 Art. 134.7 CE
Explicación: El art. 134.7 CE prohíbe a la Ley de Presupuestos crear tributos, permitiéndole únicamente modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.
El Tesoro Público (art. 90 Ley 47/2003) está constituido por:
📖 Art. 90 Ley 47/2003
Explicación: El art. 90 de la Ley 47/2003 define el Tesoro Público como el conjunto de recursos financieros (dinero, valores y créditos) de la Administración General del Estado y de sus organismos autónomos.
La clasificación económica de los gastos del presupuesto (art. 41 Ley 47/2003) los agrupa, según su naturaleza, en:
📖 Art. 41 Ley 47/2003
Explicación: El art. 41 de la Ley 47/2003 estructura la clasificación económica del gasto distinguiendo operaciones corrientes, operaciones de capital, operaciones financieras y el Fondo de Contingencia.

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