Recurso de alzada, recurso potestativo de reposición y recurso extraordinario de revisión: objeto, plazos, suspensión de la ejecución, audiencia, resolución e inadmisión.
⚖️ Fuente: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 112-126) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
Los recursos administrativos ordinarios y extraordinarios previstos en el art. 112 de la Ley 39/2015 son:
📖 Art. 112 Ley 39/2015
Explicación: El art. 112.1 reconoce los recursos de alzada y potestativo de reposición; el art. 112.1, junto con el art. 125, regula además el extraordinario de revisión.
Son susceptibles de recurso, conforme al art. 112.1 de la Ley 39/2015:
📖 Art. 112.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 112.1 permite recurrir las resoluciones y los actos de trámite cualificados: los que deciden directa o indirectamente el fondo, determinan la imposibilidad de continuar o producen indefensión o perjuicio irreparable.
Contra las disposiciones administrativas de carácter general (art. 112.3 Ley 39/2015):
📖 Art. 112.3 Ley 39/2015
Explicación: El art. 112.3 establece que contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabe recurso en vía administrativa, sin perjuicio de la impugnación de los actos de aplicación.
El recurso de alzada (art. 121 Ley 39/2015) procede contra:
📖 Art. 121 Ley 39/2015
Explicación: El art. 121.1 prevé el recurso de alzada contra resoluciones y actos que no ponen fin a la vía administrativa, ante el superior jerárquico del órgano autor.
El plazo para interponer el recurso de alzada, si el acto es expreso, es (art. 122.1 Ley 39/2015):
📖 Art. 122.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 122.1 fija en un mes el plazo para interponer el recurso de alzada cuando el acto es expreso; si no lo fuera, el solicitante podrá interponerlo en cualquier momento a partir del día siguiente.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de alzada es (art. 122.2 Ley 39/2015):
📖 Art. 122.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 122.2 establece un plazo máximo de tres meses; el silencio es desestimatorio, salvo el supuesto de doble silencio (estimación cuando el recurso se interponga contra la desestimación por silencio de una solicitud).
El recurso potestativo de reposición (art. 123 Ley 39/2015) se interpone contra:
📖 Art. 123 Ley 39/2015
Explicación: El art. 123.1 permite, con carácter potestativo, recurrir en reposición los actos que ponen fin a la vía administrativa ante el mismo órgano autor, o impugnarlos directamente ante la jurisdicción contenciosa.
El plazo para interponer el recurso de reposición, si el acto es expreso, es (art. 124.1 Ley 39/2015):
📖 Art. 124.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 124.1 establece un plazo de un mes para interponer el recurso de reposición cuando el acto es expreso.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es (art. 124.2 Ley 39/2015):
📖 Art. 124.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 124.2 fija en un mes el plazo máximo para resolver y notificar el recurso de reposición.
Interpuesto el recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo (art. 123.2 Ley 39/2015):
📖 Art. 123.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 123.2 impide interponer recurso contencioso-administrativo hasta que la reposición sea resuelta expresamente o se produzca su desestimación presunta.
El recurso extraordinario de revisión (art. 125 Ley 39/2015) procede contra:
📖 Art. 125 Ley 39/2015
Explicación: El art. 125.1 reserva el recurso extraordinario de revisión a los actos firmes en vía administrativa, ante el órgano autor, y solo por las causas tasadas que enumera.
Es causa del recurso extraordinario de revisión (art. 125.1.a Ley 39/2015):
📖 Art. 125.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 125.1.a) admite la revisión cuando al dictar el acto se hubiera incurrido en error de hecho que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
Constituye causa del recurso extraordinario de revisión (art. 125.1.b Ley 39/2015) la aparición de:
📖 Art. 125.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 125.1.b) admite la revisión cuando aparezcan documentos de valor esencial, posteriores al acto o de imposible aportación al tiempo de dictarlo, que evidencien el error.
El plazo para interponer el recurso extraordinario de revisión por la causa de error de hecho (art. 125.2 Ley 39/2015) es de:
📖 Art. 125.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 125.2 fija cuatro años para la causa del art. 125.1.a) y tres meses para las restantes causas, contados desde el conocimiento de los documentos o desde la sentencia firme.
Ponen fin a la vía administrativa, conforme al art. 114 de la Ley 39/2015:
📖 Art. 114 Ley 39/2015
Explicación: El art. 114 enumera entre los actos que ponen fin a la vía administrativa las resoluciones de los recursos de alzada y de los procedimientos sustitutivos de impugnación.
El error en la calificación del recurso por parte del recurrente (art. 115.2 Ley 39/2015):
📖 Art. 115.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 115.2 dispone que el error o la ausencia de calificación del recurso no impide su tramitación si se deduce su verdadero carácter.
Como regla general, la interposición de un recurso (art. 117.1 Ley 39/2015):
📖 Art. 117.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 117.1 sienta la regla de la no suspensión automática de la ejecución del acto por la interposición del recurso, salvo disposición en contrario.
Si transcurrido un mes desde la solicitud de suspensión el órgano no ha dictado resolución expresa al respecto (art. 117.3 Ley 39/2015), la suspensión:
📖 Art. 117.3 Ley 39/2015
Explicación: El art. 117.3 establece que, solicitada la suspensión, si transcurre un mes sin resolución expresa, se entenderá concedida (silencio positivo).
Cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario (art. 118.1 Ley 39/2015):
📖 Art. 118.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 118.1 obliga a dar audiencia a los interesados, por plazo no inferior a diez ni superior a quince días, cuando se vayan a tener en cuenta nuevos hechos o documentos.
No se tendrán en cuenta en la resolución del recurso (art. 118.1 Ley 39/2015):
📖 Art. 118.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 118.1 excluye los hechos, documentos o alegaciones que el recurrente pudo aportar en el trámite de alegaciones del procedimiento originario y no aportó.
La resolución del recurso (art. 119.1 Ley 39/2015) podrá:
📖 Art. 119.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 119.1 dispone que la resolución estimará total o parcialmente, desestimará o declarará la inadmisión de las pretensiones del recurso.
Conforme al art. 119.3 de la Ley 39/2015, el órgano que resuelve el recurso:
📖 Art. 119.3 Ley 39/2015
Explicación: El art. 119.3 prohíbe que la resolución del recurso agrave la situación inicial del recurrente (reformatio in peius).
La resolución del recurso decidirá cuantas cuestiones plantee el procedimiento (art. 119.3 Ley 39/2015), pero si se aprecian cuestiones conexas no planteadas:
📖 Art. 119.3 Ley 39/2015
Explicación: El art. 119.3 permite resolver cuestiones conexas no planteadas dándolas a conocer previamente a los interesados para que aleguen, con suspensión del plazo de resolución.
Es causa de inadmisión del recurso administrativo (art. 116 Ley 39/2015):
📖 Art. 116 Ley 39/2015
Explicación: El art. 116 enumera como causas de inadmisión la incompetencia del órgano, la falta de legitimación, que el acto no sea susceptible de recurso, que se haya presentado fuera de plazo o que carezca manifiestamente de fundamento.
La audiencia a los interesados en la tramitación del recurso (art. 118 Ley 39/2015) tiene por finalidad:
📖 Art. 118 Ley 39/2015
Explicación: El art. 118 configura la audiencia como garantía para que los interesados aleguen sobre los nuevos hechos o documentos no incluidos en el expediente originario.
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