Régimen de las notificaciones de los actos administrativos: plazo de cursarlas, contenido, práctica en papel y notificación electrónica.
Pregunta 1 de 25
¿En qué plazo deben cursarse las notificaciones de los actos administrativos desde que se dicta el acto?
📖 Art. 40.2 Ley 39/2015
Explicación: Toda notificación se cursará dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado.
Para que una notificación sea válida debe contener:
📖 Art. 40.2 Ley 39/2015
Explicación: La notificación debe contener el texto íntegro y los recursos procedentes, órgano y plazos para interponerlos.
Con carácter general, las notificaciones se practicarán preferentemente:
📖 Art. 41.1 Ley 39/2015
Explicación: Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos, y obligatoriamente para los obligados a relacionarse así.
Una notificación defectuosa que omita el texto íntegro del acto surtirá efecto:
📖 Art. 40.3 Ley 39/2015
Explicación: Las notificaciones defectuosas surten efecto desde que el interesado actúe dando a entender que conoce el acto o recurra.
Si la notificación se practica en papel en el domicilio y el interesado no se encuentra, podrá hacerse cargo de ella:
📖 Art. 42.2 Ley 39/2015
Explicación: Puede recibirla cualquier persona mayor de 14 años presente en el domicilio que haga constar su identidad.
Si nadie puede hacerse cargo de la notificación en papel, se practicará un segundo intento:
📖 Art. 42.2 Ley 39/2015
Explicación: Si el primer intento es infructuoso, se repite por una sola vez, en hora distinta, dentro de los tres días siguientes.
Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante:
📖 Art. 43.1 Ley 39/2015
Explicación: La notificación electrónica se realiza por comparecencia en sede electrónica o dirección electrónica habilitada única.
Una notificación electrónica se entiende practicada:
📖 Art. 43.2 Ley 39/2015
Explicación: La notificación electrónica se entiende practicada en el momento del acceso a su contenido por el interesado.
La notificación electrónica se entenderá rechazada cuando:
📖 Art. 43.2 Ley 39/2015
Explicación: Si transcurren diez días naturales desde la puesta a disposición sin acceder, la notificación se entiende rechazada.
Cuando el interesado o su representante rechace la notificación:
📖 Art. 41.5 Ley 39/2015
Explicación: El rechazo se hace constar y se tiene por efectuada la notificación, siguiendo el procedimiento su curso.
Cuando los interesados sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación, la notificación se hará por medio de:
📖 Art. 44 Ley 39/2015
Explicación: Cuando la notificación es infructuosa o se ignora el lugar, se publica anuncio en el BOE como medio supletorio.
Están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, entre otros:
📖 Art. 14.2 Ley 39/2015
Explicación: Las personas jurídicas, entidades sin personalidad y ciertos colectivos están obligados a la relación electrónica.
Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que:
📖 Art. 41.1 Ley 39/2015
Explicación: La validez exige constancia del envío y recepción, sus fechas, el contenido íntegro y la identidad del destinatario.
Cuando el interesado esté obligado a recibir notificaciones electrónicas pero se le envíe también en papel, la fecha que cuenta es:
📖 Art. 41.7 Ley 39/2015
Explicación: Cuando se practiquen por varias vías, se toma como fecha la de la que se haya producido en primer lugar.
El interesado podrá identificar un dispositivo electrónico o dirección de correo para:
📖 Art. 41.6 Ley 39/2015
Explicación: El aviso de puesta a disposición es informativo; su falta no impide que la notificación sea válida.
La falta de práctica del aviso de notificación en el dispositivo señalado por el interesado:
📖 Art. 41.6 Ley 39/2015
Explicación: El aviso es complementario; su ausencia no invalida la notificación correctamente puesta a disposición.
¿Quién acredita la práctica de la notificación en papel realizada por el operador postal?
📖 Art. 42 Ley 39/2015; RD 1829/1999
Explicación: El acuse de recibo deja constancia de la fecha, identidad y firma del receptor para acreditar la notificación.
Las notificaciones que, conteniendo el texto íntegro, omitan otros requisitos:
📖 Art. 40.3 Ley 39/2015
Explicación: La notificación con el texto íntegro pero con otros defectos surte efecto cuando el interesado actúa o recurre.
La publicación sustituye a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, cuando:
📖 Art. 45 Ley 39/2015
Explicación: Procede la publicación cuando el acto tiene destinatarios indeterminados o cuando una norma con rango de ley lo prevea.
Las notificaciones electrónicas estarán a disposición del interesado en:
📖 Art. 43.4 Ley 39/2015
Explicación: Las notificaciones electrónicas se ponen a disposición en el Punto de Acceso General o la sede electrónica.
Si el primer y único intento válido en papel se realiza y el interesado rechaza expresamente recibirla:
📖 Art. 41.5 Ley 39/2015
Explicación: El rechazo expreso se hace constar y la notificación se entiende efectuada, continuando el procedimiento.
El cómputo de plazos para recurrir tras una notificación comienza:
📖 Art. 30 Ley 39/2015
Explicación: Los plazos señalados en días se cuentan a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto.
La notificación infructuosa por dos intentos en papel determina que:
📖 RD 1829/1999, art. 42; Ley 39/2015 art. 42
Explicación: Tras los dos intentos se deja aviso de llegada en el casillero, quedando el envío en la oficina a disposición del interesado.
La obligación de notificar resoluciones expresas dentro del plazo máximo del procedimiento corresponde a:
📖 Art. 21 Ley 39/2015
Explicación: La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos.
La práctica de las notificaciones a través del servicio de Correos se rige, además de por la Ley 39/2015, por:
📖 RD 1829/1999; Ley 39/2015
Explicación: Las notificaciones en papel por Correos se rigen por la Ley 39/2015 y el Reglamento postal RD 1829/1999.
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