Test La Corona: el Rey, sucesión, funciones y refrendo (Título II de la Constitución) — 25 preguntas

Test de 25 preguntas sobre el Título II de la Constitución (La Corona): el Rey como Jefe del Estado, la inviolabilidad, la sucesión a la Corona, la regencia y la tutela, el juramento, las funciones del Rey (art. 62 y 63) y el refrendo de sus actos, para la oposición a la Ertzaintza.

⚖️ Fuente: Constitución Española de 1978 — Título II, De la Corona (arts. 56-65) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 56.1 CE, el Rey es:
📖 CE — art. 56.1
Explicación: El art. 56.1 CE establece que el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
Conforme al art. 56.3 CE, la persona del Rey es:
📖 CE — art. 56.3
Explicación: El art. 56.3 CE dispone que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad; sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el art. 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el art. 65.2.
Según el art. 56.2 CE, el título del Rey es:
📖 CE — art. 56.2
Explicación: El art. 56.2 CE establece que el título del Rey es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
El art. 57.1 CE establece que la Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, siguiendo el orden regular de primogenitura y representación, con preferencia, en el mismo grado, de:
📖 CE — art. 57.1
Explicación: El art. 57.1 CE dispone que la sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
Según el art. 57.2 CE, el Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de:
📖 CE — art. 57.2
Explicación: El art. 57.2 CE establece que el Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
Conforme al art. 57.5 CE, las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por:
📖 CE — art. 57.5
Explicación: El art. 57.5 CE dispone que las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Según el art. 59.1 CE, cuando el Rey fuere menor de edad, asumirá la Regencia:
📖 CE — art. 59.1
Explicación: El art. 59.1 CE establece que, cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.
El art. 59.2 CE prevé la Regencia cuando el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales; en tal caso ejercerá la Regencia:
📖 CE — art. 59.2
Explicación: El art. 59.2 CE establece que si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad; si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.
Según el art. 59.4 CE, para ejercer la Regencia es preciso:
📖 CE — art. 59.4
Explicación: El art. 59.4 CE dispone que para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad; la Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Conforme al art. 60.1 CE, será tutor del Rey menor:
📖 CE — art. 60.1
Explicación: El art. 60.1 CE establece que será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales.
El art. 61.1 CE establece que el Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de:
📖 CE — art. 61.1
Explicación: El art. 61.1 CE dispone que el Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
Según el art. 62.a) CE, corresponde al Rey:
📖 CE — art. 62.a
Explicación: El art. 62.a) CE atribuye al Rey sancionar y promulgar las leyes.
Conforme al art. 62.b) CE, corresponde al Rey:
📖 CE — art. 62.b
Explicación: El art. 62.b) CE atribuye al Rey convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
Según el art. 62.d) CE, corresponde al Rey:
📖 CE — art. 62.d
Explicación: El art. 62.d) CE atribuye al Rey proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
El art. 62.h) CE atribuye al Rey:
📖 CE — art. 62.h
Explicación: El art. 62.h) CE atribuye al Rey el mando supremo de las Fuerzas Armadas.
Según el art. 62.i) CE, corresponde al Rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, si bien:
📖 CE — art. 62.i
Explicación: El art. 62.i) CE atribuye al Rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
Conforme al art. 62.c) CE, corresponde al Rey:
📖 CE — art. 62.c
Explicación: El art. 62.c) CE atribuye al Rey convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución; dicha convocatoria se realiza mediante real decreto acordado por el Presidente del Gobierno y autorizado por el Congreso (art. 92 CE).
El art. 62.g) CE establece que el Rey será informado de los asuntos de Estado y presidirá, a estos efectos, las sesiones del:
📖 CE — art. 62.g
Explicación: El art. 62.g) CE dispone que corresponde al Rey ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
Según el art. 63.3 CE, al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales:
📖 CE — art. 63.3
Explicación: El art. 63.3 CE establece que al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Conforme al art. 63.1 CE, el Rey:
📖 CE — art. 63.1
Explicación: El art. 63.1 CE dispone que el Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos; los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
El art. 64.1 CE establece que los actos del Rey serán refrendados por:
📖 CE — art. 64.1
Explicación: El art. 64.1 CE dispone que los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes; la propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno y la disolución prevista en el art. 99 serán refrendados por el Presidente del Congreso.
Según el art. 64.2 CE, de los actos del Rey serán responsables:
📖 CE — art. 64.2
Explicación: El art. 64.2 CE establece que de los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden; es la consecuencia lógica de la inviolabilidad y falta de responsabilidad de la persona del Rey (art. 56.3).
Conforme al art. 65.1 CE, el Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para:
📖 CE — art. 65.1
Explicación: El art. 65.1 CE establece que el Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
Según el art. 65.2 CE, el Rey nombra y releva libremente a:
📖 CE — art. 65.2
Explicación: El art. 65.2 CE dispone que el Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa; este es el único acto que, conforme al art. 56.3, no requiere refrendo.
Según el art. 57.4 CE, quedarán excluidas de la sucesión a la Corona:
📖 CE — art. 57.4
Explicación: El art. 57.4 CE establece que aquellas personas que, teniendo derecho a la sucesión en el trono, contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Constitución Española de 1978 — Título II, De la Corona (arts. 56-65)). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

Sigue practicando