Test: Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015)

Principios, competencia, abstención y recusación, órganos colegiados, convenios y potestad sancionadora. Con el artículo de la Ley 40/2015 citado.

⚖️ Fuente: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
¿Cuál de los siguientes es un principio general de actuación de las Administraciones Públicas conforme a la Ley 40/2015?
📖 Art. 3.1.a Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 3.1 enumera entre los principios el servicio efectivo a los ciudadanos, la eficacia, la jerarquía, la descentralización, la desconcentración y la coordinación.
La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de:
📖 Art. 8.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 8.1 declara la competencia irrenunciable, salvo los supuestos de delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.
¿Pueden los órganos delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración?
📖 Art. 9.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 9.1 permite la delegación de competencias en otros órganos, aun no jerárquicamente dependientes, salvo las materias del art. 9.2.
La avocación consiste en que un órgano superior:
📖 Art. 10.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 10.1 define la avocación como la asunción por el órgano superior del conocimiento de un asunto que corresponde a un órgano dependiente.
La encomienda de gestión de actividades de carácter material o técnico:
📖 Art. 11.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 11.1 establece que la encomienda de gestión no implica cesión de titularidad ni de los elementos sustantivos del ejercicio de la competencia.
¿En cuál de las siguientes circunstancias debe abstenerse una autoridad o personal al servicio de la Administración?
📖 Art. 23.2.a Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 23.2 enumera como motivos de abstención el interés personal, el parentesco, la amistad íntima o enemistad manifiesta, entre otros.
La actuación de una autoridad en la que concurra motivo de abstención:
📖 Art. 23.3 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 23.3 dispone que la intervención de quien debió abstenerse no implica, por sí sola, la invalidez de los actos, sin perjuicio de la responsabilidad.
Los interesados podrán promover la recusación de una autoridad o personal:
📖 Art. 24.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 24.1 permite promover la recusación en cualquier momento de la tramitación, por concurrir alguna causa de abstención.
Para la válida constitución de un órgano colegiado, a efectos de celebración de sesiones, se requiere la presencia de:
📖 Art. 17.2 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 17.2 exige, para la válida constitución, la presencia del Presidente y Secretario (o suplentes) y de la mitad, al menos, de sus miembros.
¿Pueden los órganos colegiados constituirse, convocar y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos?
📖 Art. 17.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 17.1 admite que los órganos colegiados se constituyan y adopten acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, salvo prohibición de su reglamento.
¿Quién dirime con su voto los empates en los acuerdos de un órgano colegiado?
📖 Art. 19.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 19 atribuye al Presidente el voto de calidad para dirimir empates, salvo que la normativa del órgano contemple otra regla.
El Secretario de un órgano colegiado tiene, entre otras funciones:
📖 Art. 16.2 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 16.2 atribuye al Secretario velar por la legalidad formal y material de las actuaciones, así como la fe pública de los acuerdos.
Los convenios que firmen las Administraciones Públicas no podrán tener por objeto:
📖 Art. 47.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 47.1 prohíbe que los convenios cubran prestaciones propias de los contratos, en cuyo caso se rigen por la legislación de contratos.
Salvo que se prevea otro plazo, ¿cuál es la duración máxima de un convenio administrativo?
📖 Art. 49.h Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 49.h fija una duración máxima de cuatro años, salvo norma especial, con posibilidad de prórroga por otros cuatro como máximo.
Las Administraciones Públicas se relacionan entre sí conforme al principio de:
📖 Art. 3.1.k Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 3.1.k y el art. 140 incluyen la lealtad institucional como principio rector de las relaciones interadministrativas.
La potestad sancionadora de las Administraciones se rige, entre otros, por el principio de:
📖 Art. 25.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 25.1 consagra el principio de legalidad: la potestad sancionadora se ejerce cuando esté expresamente reconocida por una norma con rango de ley.
Conforme al principio de irretroactividad, las disposiciones sancionadoras:
📖 Art. 26.2 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 26.2 establece la retroactividad de las disposiciones sancionadoras favorables al presunto infractor, también respecto de la prescripción.
El principio non bis in idem en materia sancionadora implica que:
📖 Art. 31.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 31.1 recoge el non bis in idem: no podrán sancionarse hechos que lo hayan sido penal o administrativamente cuando exista identidad de sujeto, hecho y fundamento.
La Administración General del Estado actúa y se organiza de acuerdo con los principios de:
📖 Art. 3.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 3.1, en línea con el art. 103.1 CE, recoge esos principios de organización y actuación.
Son órganos superiores de la Administración General del Estado en la organización central:
📖 Art. 55.3 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 55.3 considera órganos superiores a los Ministros y Secretarios de Estado; el resto (Subsecretarios, Directores Generales, etc.) son órganos directivos.
La responsabilidad patrimonial de las Administraciones por el funcionamiento de los servicios públicos exige que la lesión sea:
📖 Art. 32.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 32.1 reconoce el derecho a indemnización por toda lesión que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo fuerza mayor.
La Administración Pública podrá actuar a través de medios electrónicos garantizando, entre otros, el principio de:
📖 Art. 3.2 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 3.2 obliga a las Administraciones a relacionarse por medios electrónicos asegurando la interoperabilidad y la neutralidad tecnológica.
El sector público institucional estatal integra, entre otros, a:
📖 Art. 84.1 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 84.1 integra en el sector público institucional estatal a los organismos públicos, autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, fundaciones, etc.
Los organismos autónomos se diferencian de las entidades públicas empresariales en que:
📖 Art. 98 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 98 configura los organismos autónomos como entidades de Derecho público que desarrollan actividades administrativas, sometidas al Derecho administrativo.
La suplencia de los titulares de los órganos administrativos, en caso de vacante, ausencia o enfermedad:
📖 Art. 13 Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público)
Explicación: El art. 13 regula la suplencia, que no supone alteración de la competencia y se ejerce por quien designe el órgano competente.

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