Test: Ley de Igualdad (LO 3/2007) — Gestión Procesal | 25 preguntas

Practica la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: el principio de igualdad de trato, la discriminación directa e indirecta, el acoso sexual y por razón de sexo, la inversión de la carga de la prueba, las acciones positivas, los planes de igualdad y la presencia equilibrada.

⚖️ Fuente: Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE-A-2007-6115) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
¿Cuál es el objeto de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo?
📖 LO 3/2007 — art. 1
Explicación: El artículo 1 señala que la Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, en cualquier ámbito de la vida.
Según la LO 3/2007, la discriminación directa por razón de sexo es:
📖 LO 3/2007 — art. 6.1
Explicación: El artículo 6.1 define la discriminación directa por razón de sexo como la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
La discriminación indirecta por razón de sexo se produce cuando:
📖 LO 3/2007 — art. 6.2
Explicación: El artículo 6.2 define la discriminación indirecta como la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular respecto de personas del otro, salvo que se justifique objetivamente con una finalidad legítima y medios adecuados y necesarios.
El acoso por razón de sexo se define en la LO 3/2007 como:
📖 LO 3/2007 — art. 7
Explicación: El artículo 7 distingue el acoso sexual (comportamiento de naturaleza sexual) del acoso por razón de sexo (comportamiento realizado en función del sexo de una persona), ambos con el propósito o efecto de atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
En los procedimientos en que se aleguen actos discriminatorios por razón de sexo, la carga de la prueba:
📖 LO 3/2007 — art. 13
Explicación: El artículo 13 establece que, cuando de las alegaciones de la parte actora se deduzca la existencia de indicios fundados de discriminación por razón de sexo, corresponderá al demandado probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad.
Las 'acciones positivas' que regula la LO 3/2007 consisten en:
📖 LO 3/2007 — art. 11
Explicación: El artículo 11 habilita a los Poderes Públicos para adoptar medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres; tales medidas serán razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido.
Los actos y cláusulas que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se consideran:
📖 LO 3/2007 — art. 10
Explicación: El artículo 10 dispone que los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán nulos y sin efecto, y darán lugar a responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones reales, efectivas y proporcionadas.
¿Qué se entiende por 'composición o presencia equilibrada' en la LO 3/2007?
📖 LO 3/2007 — Disposición adicional primera
Explicación: La Disposición adicional primera define la presencia o composición equilibrada como aquella en la que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento del conjunto a que se refiera.
Según la LO 3/2007, los planes de igualdad en las empresas:
📖 LO 3/2007 — art. 45 (redacción vigente)
Explicación: El artículo 45 obliga a las empresas a respetar la igualdad de trato; conforme a la redacción vigente (tras el RD-ley 6/2019), las empresas de cincuenta o más personas trabajadoras están obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad, registrado y negociado con la representación legal.
¿Qué distintivo regula la LO 3/2007 para reconocer a las empresas destacadas en igualdad?
📖 LO 3/2007 — art. 50
Explicación: El artículo 50 crea un distintivo empresarial en materia de igualdad, denominado 'Igualdad en la Empresa', para reconocer a las empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades.
En relación con la tutela frente a represalias, la LO 3/2007 reconoce el derecho a la indemnidad, que protege frente a:
📖 LO 3/2007 — art. 9
Explicación: El artículo 9 garantiza la indemnidad frente a represalias: no podrá ningún trato adverso o efecto negativo producirse en una persona como consecuencia de la presentación de una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso destinados a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato.
En el acceso al empleo público, la LO 3/2007 promueve en los tribunales y órganos de selección:
📖 LO 3/2007 — art. 53
Explicación: El artículo 53 establece que todos los tribunales y órganos de selección del personal de la Administración responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
¿Qué supone el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres según la LO 3/2007?
📖 LO 3/2007 — art. 3
Explicación: El art. 3 establece que el principio de igualdad de trato supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y especialmente las derivadas de la maternidad, las obligaciones familiares y el estado civil.
Conforme a la LO 3/2007, el trato desfavorable a una mujer relacionado con el embarazo o la maternidad constituye:
📖 LO 3/2007 — art. 8
Explicación: El art. 8 dispone que constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.
Entre los criterios generales de actuación de los Poderes Públicos del art. 14 figura:
📖 LO 3/2007 — art. 14
Explicación: El art. 14 enumera como criterio general de actuación de los Poderes Públicos la integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de las políticas (transversalidad o mainstreaming).
Según el art. 15, el principio de igualdad de trato y oportunidades informará la actuación de:
📖 LO 3/2007 — art. 15
Explicación: El art. 15 establece que el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres informará, con carácter transversal, la actuación de todos los Poderes Públicos.
El art. 5 de la LO 3/2007 garantiza la igualdad de trato y oportunidades en:
📖 LO 3/2007 — art. 5
Explicación: El art. 5 garantiza la igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo, tanto en el empleo público como privado.
Respecto de los nombramientos de cargos de responsabilidad, el art. 16 dispone que los Poderes Públicos:
📖 LO 3/2007 — art. 16
Explicación: El art. 16 establece que los Poderes Públicos procurarán atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad que les correspondan.
El art. 20 obliga a los poderes públicos, en la elaboración de estadísticas y estudios, a:
📖 LO 3/2007 — art. 20
Explicación: El art. 20 ordena que, para hacer efectivas las disposiciones de la Ley, los poderes públicos incluyan sistemáticamente la variable de sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que lleven a cabo.
Según el art. 23, el sistema educativo incluirá entre sus fines:
📖 LO 3/2007 — art. 23
Explicación: El art. 23 dispone que el sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
En materia de Sociedad de la Información, el art. 28 establece que los programas públicos:
📖 LO 3/2007 — art. 28
Explicación: El art. 28 dispone que todos los programas públicos de desarrollo de la Sociedad de la Información incorporarán la efectiva consideración del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.
Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, según el art. 44:
📖 LO 3/2007 — art. 44
Explicación: El art. 44 reconoce los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a los trabajadores y las trabajadoras de forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio.
El art. 48 obliga a las empresas a:
📖 LO 3/2007 — art. 48
Explicación: El art. 48 establece que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones.
El art. 51 establece, entre los criterios de actuación de las Administraciones públicas:
📖 LO 3/2007 — art. 51
Explicación: El art. 51 obliga a las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, a remover los obstáculos que impliquen la pervivencia de cualquier tipo de discriminación con el fin de ofrecer condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
El Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, según el art. 17, lo aprueba:
📖 LO 3/2007 — art. 17
Explicación: El art. 17 prevé que el Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad de trato y de oportunidades.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (LO 3/2007 de igualdad efectiva). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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