Practica con la Ley 19/2013: publicidad activa, derecho de acceso a la información pública, límites y protección de datos, procedimiento y plazos de resolución, silencio negativo, reclamación ante el Consejo de Transparencia y principios de buen gobierno.
⚖️ Fuente: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
¿Cuál es el objeto de la Ley 19/2013?
📖 Art. 1
Explicación: El art. 1 de la Ley 19/2013 tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información y establecer las obligaciones de buen gobierno.
El ámbito subjetivo de aplicación de la Ley 19/2013 alcanza, entre otros, a:
📖 Art. 2
Explicación: El art. 2 de la Ley 19/2013 incluye en su ámbito a las AAPP territoriales (AGE, CCAA, EELL) y a numerosas entidades del sector público institucional, entre otros sujetos obligados.
La publicidad activa obliga a los sujetos a:
📖 Art. 5
Explicación: El art. 5 de la Ley 19/2013 impone la publicidad activa: los sujetos publicarán de forma periódica y actualizada la información relevante para garantizar la transparencia de su actividad.
La información sujeta a publicidad activa debe publicarse:
📖 Art. 5
Explicación: El art. 5.4 de la Ley 19/2013 exige que la información se publique en las sedes electrónicas o páginas web de forma clara, estructurada y entendible y, preferiblemente, en formatos reutilizables.
Dentro de la información institucional y organizativa, los sujetos deben publicar:
📖 Art. 6
Explicación: El art. 6 de la Ley 19/2013 obliga a publicar las funciones, la normativa aplicable y la estructura organizativa, con un organigrama que identifique a los responsables.
La información económica, presupuestaria y estadística a publicar incluye, entre otros:
📖 Art. 8
Explicación: El art. 8 de la Ley 19/2013 detalla la información económica a publicar: contratos, convenios, subvenciones, presupuestos, cuentas anuales y retribuciones de los altos cargos, entre otros.
El Portal de la Transparencia, conforme al art. 10 de la Ley 19/2013:
📖 Art. 10
Explicación: El art. 10 de la Ley 19/2013 crea el Portal de la Transparencia, dependiente de la AGE, que facilita el acceso a la información publicada por la Administración.
El derecho de acceso a la información pública corresponde a:
📖 Art. 12
Explicación: El art. 12 de la Ley 19/2013 reconoce a todas las personas el derecho a acceder a la información pública, sin necesidad de acreditar un interés.
Se entiende por información pública, a efectos de la Ley 19/2013:
📖 Art. 13
Explicación: El art. 13 de la Ley 19/2013 define la información pública como los contenidos o documentos, en cualquier formato, que obren en poder de los sujetos obligados y hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
El derecho de acceso podrá limitarse cuando suponga un perjuicio para:
📖 Art. 14
Explicación: El art. 14 de la Ley 19/2013 enumera los límites al acceso, entre ellos la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública o la prevención, investigación y sanción de ilícitos.
Cuando la información solicitada contenga datos personales especialmente protegidos, con carácter general:
📖 Art. 15
Explicación: El art. 15 de la Ley 19/2013 regula la protección de datos: el acceso a datos especialmente protegidos requiere, como regla, consentimiento expreso del afectado, ponderando el interés público y los derechos de los afectados.
Para ejercer el derecho de acceso, el solicitante:
📖 Art. 17
Explicación: El art. 17 de la Ley 19/2013 dispone que el solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso, sin que la ausencia de motivación sea causa de rechazo.
Serán causas de inadmisión de las solicitudes de acceso, entre otras:
📖 Art. 18
Explicación: El art. 18 de la Ley 19/2013 enumera causas de inadmisión, como la información en curso de elaboración, la de carácter auxiliar o de apoyo o la que requiera una acción previa de reelaboración.
El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes de acceso es, con carácter general:
📖 Art. 20
Explicación: El art. 20 de la Ley 19/2013 fija un plazo máximo de un mes para resolver, ampliable por otro mes cuando el volumen o la complejidad de la información lo hagan necesario, previa notificación.
Transcurrido el plazo máximo para resolver una solicitud de acceso sin resolución expresa, esta se entenderá:
📖 Art. 20
Explicación: El art. 20.4 de la Ley 19/2013 establece que, transcurrido el plazo máximo sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.
La formalización del acceso a la información, conforme al art. 22:
📖 Art. 22
Explicación: El art. 22 de la Ley 19/2013 prevé que, si la información se ha solicitado por vía electrónica, se facilite preferentemente por ese medio, salvo imposibilidad o petición de otro distinto.
La reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno frente a las resoluciones de acceso:
📖 Art. 23
Explicación: El art. 23 de la Ley 19/2013 configura la reclamación ante el Consejo de Transparencia como sustitutiva de los recursos administrativos, con carácter potestativo y previa a la impugnación contencioso-administrativa.
El plazo para interponer la reclamación ante el Consejo de Transparencia es:
📖 Art. 24
Explicación: El art. 24 de la Ley 19/2013 fija el plazo de un mes para interponer la reclamación, contado desde el día siguiente a la notificación del acto o desde que se entienda producido el silencio.
Las disposiciones sobre buen gobierno de la Ley 19/2013 se aplican a:
📖 Art. 25
Explicación: El art. 25 de la Ley 19/2013 aplica las normas de buen gobierno a los miembros del Gobierno y a los altos cargos o asimilados de las distintas Administraciones.
Conforme a los principios de buen gobierno, los altos cargos deben:
📖 Art. 26
Explicación: El art. 26 de la Ley 19/2013 recoge los principios generales y de actuación de buen gobierno: transparencia, dedicación al servicio público, austeridad y respeto a la imparcialidad y a las incompatibilidades.
Las infracciones en materia de buen gobierno se clasifican en:
📖 Art. 29-30
Explicación: Los arts. 28 a 30 de la Ley 19/2013 tipifican las infracciones en materia de conflicto de intereses, gestión económico-presupuestaria y disciplinarias, clasificándolas en muy graves, graves y leves.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se configura como:
📖 Art. 33
Explicación: El art. 33 de la Ley 19/2013 crea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno como organismo público con personalidad jurídica propia, que actúa con autonomía y plena independencia.
Entre los fines del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno figuran:
📖 Art. 34
Explicación: El art. 34 de la Ley 19/2013 atribuye al Consejo los fines de promover la transparencia, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y garantizar el derecho de acceso a la información.
Además de las Administraciones territoriales, la Ley 19/2013 impone obligaciones de publicidad (art. 3) a:
📖 Art. 3
Explicación: El art. 3 de la Ley 19/2013 extiende obligaciones de publicidad activa a los partidos políticos, organizaciones sindicales y empresariales y a las entidades privadas que perciban determinadas ayudas o subvenciones públicas.
La información de relevancia jurídica que deben publicar las Administraciones incluye:
📖 Art. 7
Explicación: El art. 7 de la Ley 19/2013 obliga a publicar información de relevancia jurídica: directrices, instrucciones, circulares, anteproyectos de ley y proyectos de reglamentos, entre otros documentos.
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