Practica la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital: su naturaleza de prestación no contributiva de la Seguridad Social, la gestión por el INSS, los requisitos de edad y residencia, el concepto de unidad de convivencia, la situación de vulnerabilidad económica, la compatibilidad con el trabajo y el carácter intransferible del derecho.
⚖️ Fuente: Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital (BOE-A-2021-21007) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
¿Qué establece la Ley 19/2021, de 20 de diciembre?
📖 Ley 19/2021 — título
Explicación: La Ley 19/2021, de 20 de diciembre, establece y regula el ingreso mínimo vital (IMV), tras su creación inicial por el Real Decreto-ley 20/2020.
El ingreso mínimo vital se configura como una prestación:
📖 Ley 19/2021 — art. 2
Explicación: El artículo 2 configura el IMV como una prestación económica de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
¿Cuál es la finalidad del ingreso mínimo vital?
📖 Ley 19/2021 — art. 1
Explicación: El artículo 1 define como finalidad del IMV prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia y carezcan de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.
La gestión y el reconocimiento del ingreso mínimo vital corresponde, con carácter general, a:
📖 Ley 19/2021 — art. 22
Explicación: El artículo 22 atribuye la competencia para el reconocimiento y el control de la prestación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sin perjuicio de los convenios de gestión con CCAA y de los regímenes forales del País Vasco y Navarra.
¿Qué norma anterior creó inicialmente el ingreso mínimo vital, antes de la Ley 19/2021?
📖 Ley 19/2021 — antecedente normativo
Explicación: El ingreso mínimo vital fue creado inicialmente por el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo; la Ley 19/2021 lo establece de forma definitiva con rango de ley.
La edad mínima general para ser titular del IMV (persona que vive sola) es de:
📖 Ley 19/2021 — art. 10
Explicación: El artículo 10 exige, con carácter general, tener al menos 23 años para ser titular del IMV cuando se vive solo; este requisito se exceptúa cuando se tienen menores a cargo o se forma parte de determinadas unidades de convivencia, bastando ser mayor de edad o emancipado.
Respecto a la residencia, se exige al solicitante residencia legal y efectiva en España de forma continuada:
📖 Ley 19/2021 — art. 10
Explicación: El artículo 10 exige, con carácter general, residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior a la solicitud, salvo las excepciones legalmente previstas (por ejemplo, víctimas de trata o de violencia de género).
¿Qué es la 'unidad de convivencia' a efectos del IMV?
📖 Ley 19/2021 — art. 6
Explicación: El artículo 6 define la unidad de convivencia como la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho, o por vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción y otros previstos.
Se aprecia situación de vulnerabilidad económica cuando el promedio mensual de ingresos y rentas del ejercicio anterior es:
📖 Ley 19/2021 — art. 8
Explicación: El artículo 8 considera que existe vulnerabilidad económica cuando el promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas del año anterior sea inferior, al menos en 10 euros, a la cuantía mensual de la renta garantizada que corresponda según el tipo de unidad de convivencia.
El ingreso mínimo vital es, en términos generales, compatible con:
📖 Ley 19/2021 — incentivos al empleo
Explicación: La Ley 19/2021 prevé que el IMV sea compatible con las rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia, mediante un incentivo al empleo, para que la incorporación o el mantenimiento en el mercado laboral no suponga la pérdida automática de la prestación.
El derecho a la prestación del ingreso mínimo vital es:
📖 Ley 19/2021 — art. 16
Explicación: El artículo 16 establece que la prestación del IMV es intransferible: no podrá ofrecerse en garantía de obligaciones, ni ser objeto de cesión total o parcial, compensación o descuento, retención o embargo, salvo en los supuestos y con los límites legalmente previstos.
La Ley 19/2021 integró una medida específica para reducir la pobreza infantil, denominada:
📖 Ley 19/2021 — complemento de ayuda para la infancia
Explicación: La Ley 19/2021 incorporó el complemento de ayuda para la infancia, un importe adicional dentro del IMV para las unidades de convivencia con menores a cargo, con cuantías diferentes según el tramo de edad, orientado a reducir la pobreza infantil.
La cuantía del IMV (art. 3 Ley 19/2021) consiste, con carácter general, en…
📖 Ley 19/2021 — art. 3
Explicación: El art. 3 de la Ley 19/2021 configura el IMV como una prestación que cubre la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de la persona beneficiaria o de su unidad de convivencia.
Conforme al art. 3 de la Ley 19/2021, la prestación del IMV es…
📖 Ley 19/2021 — art. 3
Explicación: El art. 3 de la Ley 19/2021 declara la prestación intransferible, no pudiendo ofrecerse en garantía de obligaciones ni ser objeto de cesión total o parcial.
La renta garantizada del IMV para un beneficiario individual se determina (art. 13 Ley 19/2021) tomando como referencia…
📖 Ley 19/2021 — art. 13
Explicación: El art. 13 de la Ley 19/2021 fija la renta garantizada del beneficiario individual en el 100% de la cuantía anual de la pensión no contributiva.
La cuantía del IMV (art. 13 Ley 19/2021), respecto de la unidad de convivencia…
📖 Ley 19/2021 — art. 13
Explicación: El art. 13 de la Ley 19/2021 incrementa la renta garantizada en función del número de miembros de la unidad de convivencia, conforme a la escala de incrementos prevista.
Entre las obligaciones de las personas beneficiarias del IMV (art. 36 Ley 19/2021) figura…
📖 Ley 19/2021 — art. 36
Explicación: El art. 36 de la Ley 19/2021 obliga a los beneficiarios a comunicar, en el plazo de treinta días, los hechos sobrevenidos que puedan dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho.
La Ley 19/2021 (art. 36) exige también a los beneficiarios del IMV que, si no trabajan…
📖 Ley 19/2021 — art. 36
Explicación: El art. 36 de la Ley 19/2021 impone a los beneficiarios que no estén trabajando figurar como demandantes de empleo y participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio.
El derecho al IMV (art. 15 Ley 19/2021) se mantiene…
📖 Ley 19/2021 — art. 15
Explicación: El art. 15 de la Ley 19/2021 mantiene el derecho mientras persistan los motivos que motivaron su concesión y se sigan cumpliendo los requisitos y obligaciones exigidos.
El IMV puede ser objeto de suspensión (art. 17 Ley 19/2021) cuando…
📖 Ley 19/2021 — art. 17
Explicación: El art. 17 de la Ley 19/2021 prevé la suspensión del derecho por pérdida temporal de alguno de los requisitos o por incumplimiento de las obligaciones de la persona beneficiaria.
Es causa de extinción del derecho al IMV (art. 18 Ley 19/2021)…
📖 Ley 19/2021 — art. 18
Explicación: El art. 18 de la Ley 19/2021 contempla como causas de extinción, entre otras, el fallecimiento del titular y la pérdida definitiva de alguno de los requisitos exigidos para su mantenimiento.
Las prestaciones de IMV percibidas indebidamente (art. 19 Ley 19/2021)…
📖 Ley 19/2021 — art. 19
Explicación: El art. 19 de la Ley 19/2021 obliga a reintegrar las prestaciones indebidamente percibidas, previa revisión por la entidad gestora dentro de los plazos legalmente previstos.
El IMV, como prestación no contributiva, se financia…
📖 Ley 19/2021 / art. 109 LGSS
Explicación: Por su carácter no contributivo, el IMV se financia con aportaciones del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social, conforme al criterio del art. 109 LGSS para las prestaciones no contributivas.
La Ley 19/2021 establece, respecto del IMV, un régimen específico de…
📖 Ley 19/2021 — infracciones
Explicación: La Ley 19/2021 incorpora un régimen propio de infracciones y sanciones, clasificadas en leves, graves y muy graves, junto con la obligación de reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.
El IMV desarrolla el mandato del art. 41 de la Constitución, que ordena…
📖 Art. 41 CE
Explicación: El art. 41 CE obliga a los poderes públicos a mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos; el IMV, como prestación no contributiva, desarrolla ese mandato frente a la pobreza y la exclusión.
⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el
BOE.