Test: Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público
Practica la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP): principios generales, ejercicio de la competencia, delegación, avocación y suplencia, abstención y recusación, órganos colegiados, potestad sancionadora y responsabilidad patrimonial de las Administraciones.
⚖️ Fuente: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE-A-2015-10566) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
Entre los principios generales de actuación de las Administraciones del art. 3 LRJSP figura:
📖 Art. 3 LRJSP
Explicación: El art. 3 LRJSP enumera entre los principios generales el servicio efectivo a los ciudadanos, simplicidad, claridad, eficacia, buena fe, confianza legítima y lealtad institucional, entre otros.
Según el art. 8 LRJSP, la competencia es:
📖 Art. 8 LRJSP
Explicación: El art. 8 LRJSP establece que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación legalmente previstos.
La delegación de competencias entre órganos de una misma Administración se regula en:
📖 Art. 9 LRJSP
Explicación: El art. 9 LRJSP regula la delegación de competencias, que debe publicarse y no alcanza, entre otras, a las relativas a relaciones con la Jefatura del Estado o a la resolución de recursos en órganos que hayan dictado el acto.
La avocación, regulada en el art. 10 LRJSP, consiste en que un órgano superior:
📖 Art. 10 LRJSP
Explicación: El art. 10 LRJSP permite que los órganos superiores avoquen para sí el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando lo justifiquen circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial.
La realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de un órgano, encomendada a otro órgano o entidad por razones de eficacia, se denomina:
📖 Art. 11 LRJSP
Explicación: El art. 11 LRJSP regula la encomienda de gestión, por la que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de un órgano puede encomendarse a otros órganos o entidades de la misma o distinta Administración por razones de eficacia.
La delegación de firma, conforme al art. 12 LRJSP:
📖 Art. 12 LRJSP
Explicación: El art. 12 LRJSP permite la delegación de firma de resoluciones y actos administrativos, que no altera la competencia del órgano delegante y no cabe, entre otras, en las resoluciones de carácter sancionador.
La suplencia de los titulares de los órganos administrativos en casos de vacante, ausencia o enfermedad se regula en:
📖 Art. 13 LRJSP
Explicación: El art. 13 LRJSP regula la suplencia: los titulares de los órganos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente, sin que ello implique alteración de la competencia.
Los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante:
📖 Art. 15 LRJSP
Explicación: El art. 15 LRJSP prevé que los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio.
Conforme al art. 23 LRJSP, es motivo de abstención de las autoridades y personal:
📖 Art. 23 LRJSP
Explicación: El art. 23 LRJSP enumera como motivos de abstención, entre otros, el interés personal en el asunto, el parentesco, la amistad íntima o enemistad manifiesta y haber intervenido como perito o testigo en el procedimiento.
La recusación, según el art. 24 LRJSP, puede promoverse:
📖 Art. 24 LRJSP
Explicación: El art. 24 LRJSP permite a los interesados promover la recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento cuando concurra alguna de las causas de abstención del art. 23.
El principio de legalidad de la potestad sancionadora del art. 25 LRJSP exige que:
📖 Art. 25 LRJSP
Explicación: El art. 25 LRJSP establece que la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de ley.
El principio de tipicidad del art. 27 LRJSP supone que:
📖 Art. 27 LRJSP
Explicación: El art. 27 LRJSP recoge el principio de tipicidad: solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales por una ley, y solo podrán imponerse las sanciones previstas legalmente.
Conforme al principio de responsabilidad del art. 28 LRJSP, solo podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción quienes:
📖 Art. 28 LRJSP
Explicación: El art. 28 LRJSP dispone que solo podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa.
El principio de proporcionalidad de las sanciones se recoge en:
📖 Art. 29 LRJSP
Explicación: El art. 29 LRJSP regula el principio de proporcionalidad, según el cual la sanción debe ser adecuada a la gravedad del hecho y se atenderá a criterios como la intencionalidad, la reincidencia o el perjuicio causado.
Según el art. 30 LRJSP, las infracciones muy graves prescriben, salvo que las leyes establezcan otro plazo, a los:
📖 Art. 30 LRJSP
Explicación: El art. 30 LRJSP establece que, salvo que las leyes establezcan otros plazos, las infracciones muy graves prescriben a los 3 años, las graves a los 2 años y las leves a los 6 meses.
El principio que impide sancionar dos veces los mismos hechos cuando exista identidad de sujeto, hecho y fundamento (non bis in idem) se recoge en:
📖 Art. 31 LRJSP
Explicación: El art. 31 LRJSP regula la concurrencia de sanciones (non bis in idem): no podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido penal o administrativamente cuando se aprecie identidad de sujeto, hecho y fundamento.
Los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las lesiones que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, según el art. 32 LRJSP, salvo en los casos de:
📖 Art. 32 LRJSP
Explicación: El art. 32 LRJSP reconoce el derecho a indemnización por toda lesión que los particulares sufran en sus bienes y derechos por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo fuerza mayor o cuando el particular tenga el deber jurídico de soportar el daño.
Para que proceda la responsabilidad patrimonial, el daño alegado debe ser, conforme al art. 32 LRJSP:
📖 Art. 32 LRJSP
Explicación: El art. 32 LRJSP exige que el daño alegado sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.
La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones por los daños causados, exigida por la Administración, se regula en:
📖 Art. 36 LRJSP
Explicación: El art. 36 LRJSP regula la exigencia de responsabilidad patrimonial a las autoridades y personal: la Administración, tras indemnizar al lesionado, exigirá de oficio a su personal la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, culpa o negligencia graves.
La sede electrónica, regulada en el art. 38 LRJSP, es:
📖 Art. 38 LRJSP
Explicación: El art. 38 LRJSP define la sede electrónica como aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, sujeta a los principios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
El régimen de los órganos colegiados de las distintas Administraciones se establece en:
📖 Art. 15 LRJSP (órganos colegiados)
Explicación: Los arts. 15 a 18 LRJSP regulan el régimen de los órganos colegiados, las funciones del Secretario, las convocatorias y sesiones y las actas.
Para la válida constitución de un órgano colegiado, a efectos de la celebración de sesiones, el art. 17 LRJSP exige la presencia de:
📖 Art. 17 LRJSP
Explicación: El art. 17 LRJSP exige, para la válida constitución del órgano colegiado, la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario (o de quienes les suplan) y de la mitad al menos de sus miembros.
Las actas de las sesiones de los órganos colegiados, conforme al art. 18 LRJSP, son levantadas por:
📖 Art. 18 LRJSP
Explicación: El art. 18 LRJSP dispone que de cada sesión el Secretario levantará acta, que especificará los asistentes, el orden del día, las circunstancias del lugar y tiempo, los puntos principales de las deliberaciones y el contenido de los acuerdos adoptados.
Los órganos administrativos se crean, modifican y suprimen, conforme al art. 5 LRJSP, conforme a lo establecido en:
📖 Art. 5 LRJSP
Explicación: El art. 5 LRJSP regula la creación de órganos administrativos, exigiendo, entre otros requisitos, la determinación de su forma de integración, dependencia y la dotación de los créditos necesarios, sin que puedan crearse órganos que supongan duplicación de otros ya existentes.
El control de eficacia y la supervisión continua de las entidades del sector público institucional estatal se prevén en:
📖 Art. 85 LRJSP
Explicación: El art. 85 LRJSP somete a las entidades integrantes del sector público institucional estatal al control de eficacia y a la supervisión continua, para comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su creación y su sostenibilidad financiera.
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