Test: Prestaciones por muerte y supervivencia

Practica las prestaciones por muerte y supervivencia: auxilio por defunción, pensión de viudedad, prestación temporal de viudedad, orfandad y prestaciones en favor de familiares.

⚖️ Fuente: TR Ley General de la Seguridad Social — RDL 8/2015, arts. 216-234 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
¿Cuál de las siguientes es una de las prestaciones por muerte y supervivencia?
📖 Art. 216 LGSS
Explicación: El art. 216 LGSS enumera entre las prestaciones por muerte y supervivencia el auxilio por defunción, la pensión y prestación temporal de viudedad, la pensión de orfandad y las prestaciones en favor de familiares.
El auxilio por defunción es una prestación destinada a:
📖 Art. 218 LGSS
Explicación: El art. 218 LGSS reconoce el auxilio por defunción para hacer frente a los gastos de sepelio a quien los haya soportado, mediante una cantidad a tanto alzado.
La pensión de viudedad puede reconocerse, además de al cónyuge, a:
📖 Art. 219 y 221 LGSS
Explicación: Los arts. 219 y 221 LGSS extienden el derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que acrediten la convivencia estable y la inscripción o constitución formal con la antelación exigida, además de otros requisitos.
La pensión de viudedad tiene carácter:
📖 Art. 219 LGSS
Explicación: El art. 219 LGSS configura la pensión de viudedad como vitalicia, sin perjuicio de las causas de extinción establecidas legalmente (nuevo matrimonio o pareja de hecho, salvo excepciones, fallecimiento, etc.).
Cuando no se reúnen los requisitos para la pensión de viudedad (por duración del matrimonio o ausencia de hijos comunes), puede reconocerse:
📖 Art. 222 LGSS
Explicación: El art. 222 LGSS prevé una prestación temporal de viudedad cuando el cónyuge superviviente no pueda acceder a la pensión por no acreditar la duración del matrimonio exigida ni existir hijos comunes.
La duración de la prestación temporal de viudedad es de:
📖 Art. 222 LGSS
Explicación: El art. 222 LGSS fija la duración de la prestación temporal de viudedad en dos años.
Son beneficiarios de la pensión de orfandad los hijos del causante menores de:
📖 Art. 224 LGSS
Explicación: El art. 224 LGSS reconoce la pensión de orfandad a los hijos menores de 21 años, ampliable hasta los 25 cuando el huérfano no trabaje o sus ingresos sean inferiores al SMI, entre otros supuestos.
La pensión de orfandad es compatible, con carácter general, con:
📖 Art. 224 LGSS
Explicación: El art. 224 LGSS reconoce la compatibilidad de la pensión de orfandad con las rentas del trabajo del cónyuge superviviente o del propio huérfano dentro de los límites legales, así como con la pensión de viudedad cuando corresponda.
Las prestaciones en favor de familiares se reconocen, entre otros, a:
📖 Art. 226 LGSS
Explicación: El art. 226 LGSS prevé prestaciones (pensión o subsidio) en favor de familiares como nietos, hermanos, madres, abuelas, padres o abuelos que cumplan los requisitos de convivencia y dependencia económica del causante.
Para causar derecho a las prestaciones por muerte y supervivencia derivadas de enfermedad común, se exige al causante en alta un periodo de cotización de:
📖 Art. 219 LGSS
Explicación: El art. 219 LGSS exige, para la viudedad por enfermedad común con el causante en alta, un periodo de cotización de 500 días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
Si el fallecimiento se deriva de accidente (sea o no de trabajo) o enfermedad profesional, el periodo previo de cotización exigido al causante es:
📖 Art. 219 LGSS
Explicación: El art. 219 LGSS no exige periodo previo de cotización cuando el fallecimiento deriva de accidente, sea o no de trabajo, o de enfermedad profesional.
La base reguladora de la pensión de viudedad derivada de contingencias comunes se calcula, con carácter general, sobre:
📖 Reglamento de prestaciones por muerte y supervivencia
Explicación: La base reguladora de la viudedad por contingencias comunes se determina a partir de las bases de cotización del causante según la fórmula reglamentaria, aplicándose después el porcentaje correspondiente.
El porcentaje general de la pensión de viudedad sobre la base reguladora es del:
📖 Reglamento de muerte y supervivencia
Explicación: Con carácter general, la pensión de viudedad se reconoce en un 52 % de la base reguladora, porcentaje que puede elevarse (hasta el 60 % o el 70 %) cuando concurren los requisitos legales de edad, cargas familiares o dependencia de la pensión.
¿Cuál es una causa de extinción de la pensión de viudedad?
📖 Art. 220 LGSS
Explicación: El art. 220 LGSS recoge como causa de extinción el nuevo matrimonio o la constitución de una nueva pareja de hecho, salvo los supuestos en que la ley permite mantener la pensión.
En los casos de separación o divorcio, el derecho a la pensión de viudedad corresponde, con requisitos, a:
📖 Art. 220 LGSS
Explicación: El art. 220 LGSS regula el derecho a la pensión de viudedad de las personas separadas o divorciadas, condicionado, entre otros, a ser acreedoras de pensión compensatoria que se extinga por el fallecimiento, con las excepciones legales.
Si existen varios beneficiarios con derecho a pensión de viudedad (p. ej., excónyuges), la pensión:
📖 Art. 220 LGSS
Explicación: El art. 220 LGSS prevé que, cuando concurran varios beneficiarios, la pensión se reparta en proporción al tiempo de convivencia con el causante, garantizándose un porcentaje mínimo al cónyuge o pareja de hecho superviviente.
El conjunto de las pensiones por muerte y supervivencia (viudedad más orfandad) está sujeto, en su suma, a:
📖 Art. 233 LGSS
Explicación: El art. 233 LGSS establece un límite conjunto de las pensiones por muerte y supervivencia en relación con la base reguladora del causante, prorrateándose cuando la suma lo supere.
La indemnización a tanto alzado por muerte derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional se reconoce a favor de:
📖 Art. 227 LGSS
Explicación: El art. 227 LGSS prevé indemnizaciones a tanto alzado, adicionales a las pensiones, cuando el fallecimiento deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, a favor del cónyuge o pareja, huérfanos y, en su caso, ascendientes.
La pensión de orfandad se extingue, entre otras causas, cuando el huérfano:
📖 Art. 224 LGSS
Explicación: El art. 224 LGSS y su desarrollo prevén la extinción de la pensión de orfandad al alcanzar el límite de edad legalmente establecido o cuando cesan las circunstancias (discapacidad, nivel de ingresos) que justificaron su mantenimiento.
¿Quién reconoce y gestiona las pensiones de viudedad y orfandad del Régimen General?
📖 Competencias INSS
Explicación: El reconocimiento y gestión de las pensiones por muerte y supervivencia del Régimen General corresponde al INSS (y al ISM en el régimen del mar).
El auxilio por defunción se abona, en defecto de quien haya costeado el sepelio, a:
📖 Art. 218 LGSS
Explicación: El art. 218 LGSS presume, salvo prueba en contrario, que han soportado los gastos del sepelio los familiares del fallecido que con él convivían, a quienes se abona el auxilio según el orden legalmente establecido.
La pensión de viudedad de parejas de hecho exige acreditar, además de la convivencia, que los ingresos del superviviente:
📖 Art. 221 LGSS
Explicación: El art. 221 LGSS condiciona la pensión de viudedad de las parejas de hecho a que los ingresos del superviviente no superen los límites legalmente fijados en relación con los del causante o con el salario mínimo interprofesional.
La prestación temporal de viudedad se reconoce, además de por la corta duración del matrimonio, siempre que:
📖 Art. 222 LGSS
Explicación: El art. 222 LGSS condiciona la prestación temporal de viudedad a que no existan hijos comunes con derecho a pensión de orfandad y a que el matrimonio no alcance la duración exigida para la pensión vitalicia.
Las prestaciones por muerte y supervivencia se reconocen con independencia de que el causante estuviera en alta cuando deriven de:
📖 Art. 217 LGSS
Explicación: El art. 217 LGSS reconoce el derecho a las prestaciones por muerte y supervivencia, sin exigencia de alta ni cotización previa, cuando el fallecimiento deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
La pensión en favor de familiares exige, entre otros requisitos, que el beneficiario:
📖 Art. 226 LGSS
Explicación: El art. 226 LGSS exige, para las prestaciones en favor de familiares, la convivencia con el causante y a su cargo durante el periodo legalmente establecido y la carencia de medios propios de subsistencia, entre otros requisitos.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales. Verifica siempre la normativa vigente en el BOE.