Test: Responsabilidad Penal del Menor — LO 5/2000 — Mossos d'Esquadra | 25 preguntas
Repasa la LO 5/2000: ámbito de edad, naturaleza de las medidas, papel del Ministerio Fiscal, detención de menores y soluciones extrajudiciales. Cada pregunta cita el artículo exacto.
⚖️ Fuente: Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (BOE-A-2000-641) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 12
¿A qué franja de edad se aplica la LO 5/2000?
📖 Art. 1 LO 5/2000
Explicación: El art. 1.1 aplica la ley a los mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos en el Código Penal o leyes penales especiales.
¿Qué ocurre cuando el autor de los hechos es menor de 14 años?
📖 Art. 3 LO 5/2000
Explicación: El art. 3 dispone que a los menores de catorce años no se les exige responsabilidad con arreglo a esta ley, sino que se les aplican las normas sobre protección de menores del Código Civil y demás disposiciones.
¿Qué naturaleza tienen las medidas previstas para los menores en esta ley?
📖 Art. 7 LO 5/2000
Explicación: Las medidas de la LO 5/2000 (art. 7 y exposición de motivos) tienen una naturaleza sancionadora-educativa, primando el interés superior del menor sobre la finalidad meramente represiva.
¿A quién corresponde la instrucción de los procedimientos por hechos cometidos por menores?
📖 Art. 16 LO 5/2000
Explicación: El art. 16 atribuye al Ministerio Fiscal la instrucción de los procedimientos por los hechos cometidos por menores, correspondiendo al Juez de Menores resolver.
Tras la detención de un menor, ¿en qué plazo máximo debe ser puesto en libertad o a disposición del Ministerio Fiscal?
📖 Art. 17 LO 5/2000
Explicación: El art. 17.4 establece que la detención de un menor no podrá durar más de veinticuatro horas, transcurridas las cuales deberá ser puesto en libertad o a disposición del Ministerio Fiscal.
¿Qué órgano enjuicia los hechos cometidos por los menores conforme a esta ley?
📖 Art. 2 LO 5/2000
Explicación: El art. 2 atribuye a los Jueces de Menores la competencia para conocer de los hechos cometidos por las personas comprendidas en el ámbito de aplicación de la ley.
Durante la detención, el menor tiene derecho a…
📖 Art. 17 LO 5/2000
Explicación: El art. 17 garantiza al menor detenido la asistencia de abogado, la información de los hechos que se le imputan y la notificación inmediata a sus representantes legales y al Ministerio Fiscal.
¿Qué permite el art. 19 mediante la conciliación o reparación entre el menor y la víctima?
📖 Art. 19 LO 5/2000
Explicación: El art. 19 permite el sobreseimiento del expediente cuando, tratándose de delitos menos graves o leves, exista conciliación o reparación entre el menor y la víctima, o el compromiso de cumplir una actividad educativa.
¿Qué función desempeña el equipo técnico en el procedimiento?
📖 Art. 27 LO 5/2000
Explicación: El art. 27 encomienda al equipo técnico la elaboración de un informe sobre la situación psicológica, educativa, familiar y del entorno social del menor, que asesora al Ministerio Fiscal y al Juez.
La medida de internamiento en régimen cerrado se reserva para hechos cometidos…
📖 Art. 9 LO 5/2000
Explicación: El art. 9 reserva el internamiento en régimen cerrado para los hechos tipificados como delito grave o cometidos con violencia o intimidación en las personas o con grave riesgo para su vida o integridad.
¿Cuál es el principio que debe inspirar la elección y aplicación de las medidas?
📖 Art. 7 LO 5/2000
Explicación: El art. 7.3 establece que para la elección de la medida se atenderá especialmente al interés superior del menor, valorado con criterios técnicos y no formalistas por los equipos profesionales.
¿Quién asume la defensa del menor durante el procedimiento?
📖 Art. 22 LO 5/2000
Explicación: El art. 22 reconoce al menor, desde el inicio del expediente, el derecho a designar abogado o a que se le nombre de oficio, garantizando su asistencia letrada.
Según el art. 5 de la LO 5/2000, ¿cuándo se exige responsabilidad a los menores?
📖 Art. 5 LO 5/2000
Explicación: El art. 5 dispone que se exigirá responsabilidad a los menores cuando hayan cometido hechos tipificados como delitos en el Código Penal o leyes penales especiales y no concurra en ellos ninguna de las causas de exención o extinción de la responsabilidad criminal previstas en el vigente Código Penal.
¿Cuál de las siguientes es una de las medidas previstas en el art. 7 de la LO 5/2000?
📖 Art. 7 LO 5/2000
Explicación: El art. 7 enumera las medidas susceptibles de ser impuestas: internamiento en régimen cerrado, semiabierto, abierto o terapéutico, tratamiento ambulatorio, asistencia a un centro de día, permanencia de fin de semana, libertad vigilada, convivencia con grupo educativo, prestaciones en beneficio de la comunidad, realización de tareas socio-educativas, amonestación, privación de permisos y la inhabilitación absoluta.
¿Qué consecuencia tiene el principio acusatorio recogido en el art. 8 de la LO 5/2000?
📖 Art. 8 LO 5/2000
Explicación: El art. 8 consagra el principio acusatorio: el Juez de Menores no podrá imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos ni por un tiempo superior a la medida solicitada por el Ministerio Fiscal o por el acusador particular.
Durante la ejecución, ¿qué puede hacer el Juez de Menores con la medida impuesta (art. 13 LO 5/2000)?
📖 Art. 13 LO 5/2000
Explicación: El art. 13 permite al Juez de Menores, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o del letrado del menor, dejar sin efecto la medida impuesta, reducir su duración o sustituirla por otra, siempre que ello redunde en el interés del menor y se exprese suficientemente el reproche merecido por su conducta.
¿Qué ocurre si el menor cumple dieciocho años durante la ejecución de la medida (art. 14 LO 5/2000)?
📖 Art. 14 LO 5/2000
Explicación: El art. 14 establece que cuando el condenado alcance la mayoría de edad continuará el cumplimiento de la medida hasta alcanzar los objetivos propuestos; el Juez, atendiendo a su evolución y en los supuestos tasados, podrá ordenar que el internamiento en régimen cerrado se cumpla en un centro penitenciario.
Respecto de la acusación particular (art. 25 LO 5/2000):
📖 Art. 25 LO 5/2000
Explicación: El art. 25 reconoce a las personas directamente ofendidas por el delito, a sus herederos o representantes legales, el derecho a personarse y ejercer la acusación particular en el procedimiento, con las facultades que el precepto detalla.
¿Quién puede solicitar la adopción de medidas cautelares según el art. 28 de la LO 5/2000?
📖 Art. 28 LO 5/2000
Explicación: El art. 28 permite que el Ministerio Fiscal, de oficio o a instancia de quien haya ejercitado la acción penal, solicite del Juez de Menores la adopción de medidas cautelares para la custodia y defensa del menor (internamiento cautelar, libertad vigilada, prohibición de aproximación o convivencia con grupo educativo), atendiendo a su interés.
¿Qué exige el principio de legalidad en la ejecución (art. 43 LO 5/2000)?
📖 Art. 43 LO 5/2000
Explicación: El art. 43 recoge el principio de legalidad en la ejecución: no podrá ejecutarse ninguna de las medidas establecidas en esta ley sino en virtud de sentencia firme dictada de acuerdo con el procedimiento regulado en la misma, ni en otra forma que la prescrita en la ley y los reglamentos.
En relación con los derechos de las víctimas y perjudicados (art. 4 LO 5/2000):
📖 Art. 4 LO 5/2000
Explicación: El art. 4 reconoce a las víctimas y perjudicados el derecho a personarse y ser parte, así como a ser informados por el Ministerio Fiscal, se hayan o no personado, de aquellas resoluciones que afecten a sus intereses, en los términos de la ley.
¿Qué hace el Ministerio Fiscal al concluir la instrucción del expediente (art. 30 LO 5/2000)?
📖 Art. 30 LO 5/2000
Explicación: El art. 30 dispone que, acabada la instrucción, el Ministerio Fiscal resolverá su conclusión y remitirá al Juez de Menores el expediente, las piezas de convicción y demás efectos, junto con un escrito de alegaciones en el que constará la descripción de los hechos, su calificación jurídica, las medidas propuestas y la proposición de prueba.
En lo no previsto expresamente, ¿qué normas se aplican supletoriamente en el proceso de menores (Disposición final primera LO 5/2000)?
📖 Disp. final 1.ª LO 5/2000
Explicación: La disposición final primera establece como derecho supletorio, en lo no previsto expresamente en la LO 5/2000, el Código Penal y las leyes penales especiales, así como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en lo que resulten aplicables a la jurisdicción de menores.
¿Qué derechos reconoce el art. 56 de la LO 5/2000 a los menores internados?
📖 Art. 56 LO 5/2000
Explicación: El art. 56 reconoce a los menores internados, entre otros derechos, el derecho a que se respete su propia personalidad, libertad ideológica y religiosa y los derechos no afectados por la medida, a recibir una educación y formación integral, a la asistencia sanitaria gratuita y a comunicarse con sus familiares y profesionales.
¿A quién corresponde el control de la ejecución de las medidas (art. 44 LO 5/2000)?
📖 Art. 44 LO 5/2000
Explicación: El art. 44 atribuye al Juez de Menores que haya dictado la sentencia firme la competencia para hacer ejecutar las medidas impuestas, ejerciendo el control de la ejecución y resolviendo las incidencias que se planteen durante la misma.