Test: LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (policías autonómicas)

Repasa la LO 2/1986 desde la óptica de los Mossos: policías de las CCAA (Título III), principios de actuación del art. 5, funciones del art. 38, identificación, tratamiento de detenidos y Juntas de Seguridad.

⚖️ Fuente: Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (BOE-A-1986-6859) · 12 preguntas

Pregunta 1 de 12
Según la LO 2/1986, ¿qué Comunidades Autónomas pueden crear cuerpos de policía propios?
📖 Art. 37 LO 2/1986
Explicación: El art. 37 LO 2/1986 y el art. 149.1.29 CE permiten a las CCAA crear policías propias cuando lo prevean sus Estatutos, en el marco de la ley estatal.
¿Cuál es la naturaleza de los cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas según la LO 2/1986?
📖 Art. 41.1 LO 2/1986
Explicación: El art. 41.1 LO 2/1986 define las policías autonómicas como institutos armados de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizada.
¿Cuáles son los principios básicos de actuación que la LO 2/1986 impone a TODOS los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, incluidas las policías autonómicas?
📖 Art. 5 LO 2/1986
Explicación: El art. 5 LO 2/1986 establece los principios básicos de actuación comunes a todos los miembros de las FCS, agrupados en adecuación al ordenamiento jurídico, relaciones con la comunidad, tratamiento de detenidos, dedicación profesional y secreto profesional.
Conforme al art. 5 de la LO 2/1986, el uso de las armas por los miembros de las FCS debe regirse por los principios de:
📖 Art. 5.2.d) LO 2/1986
Explicación: El art. 5.2.d) LO 2/1986 exige que el uso de las armas se rija por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.
Según la LO 2/1986, los miembros de las FCS están obligados a actuar:
📖 Art. 5.4 LO 2/1986
Explicación: El art. 5.4 LO 2/1986 obliga a los miembros de las FCS a llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier momento y lugar, estén o no de servicio.
¿Qué funciones puede ejercer una policía autonómica, según la LO 2/1986, con carácter de cuerpo de seguridad propio de la Comunidad?
📖 Art. 38 LO 2/1986
Explicación: El art. 38 LO 2/1986 enumera las funciones de las policías autonómicas: propias (velar por la normativa autonómica, protección de autoridades y edificios), de colaboración con las FCSE y de prestación simultánea/coordinada.
La identificación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando lo requiera el ejercicio de sus funciones es:
📖 Art. 5.3.b) LO 2/1986
Explicación: El art. 5.3.b) LO 2/1986 obliga a identificarse debidamente como agentes de la autoridad en el momento de efectuar una detención o cualquier actuación que lo requiera.
¿A quién corresponde la coordinación entre las policías autonómicas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, según la LO 2/1986?
📖 Art. 50 LO 2/1986
Explicación: El art. 50 LO 2/1986 prevé las Juntas de Seguridad como órgano de coordinación entre las policías de las CCAA y las FCSE.
Según la LO 2/1986, los miembros de las FCS, en relación con la información que conozcan por razón de su cargo, tienen el deber de:
📖 Art. 5.5 LO 2/1986
Explicación: El art. 5.5 LO 2/1986 impone el deber de secreto profesional sobre las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones.
¿Qué Fuerzas y Cuerpos de Seguridad reconoce la LO 2/1986?
📖 Art. 2 LO 2/1986
Explicación: El art. 2 LO 2/1986 enumera como FCS: las del Estado (Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil), los cuerpos de policía de las CCAA y los cuerpos de policía de las corporaciones locales.
El tratamiento que la LO 2/1986 exige dar a los detenidos por parte de las FCS es:
📖 Art. 5.3.b) LO 2/1986
Explicación: El art. 5.3.b) LO 2/1986 obliga a velar por la vida e integridad física de las personas detenidas o bajo custodia y a respetar su honor y dignidad.
La sujeción de las FCS al principio de jerarquía y subordinación, según la LO 2/1986, NO exime de responsabilidad cuando:
📖 Art. 5.1.d) LO 2/1986
Explicación: El art. 5.1.d) LO 2/1986 establece que la obediencia debida no podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las leyes.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales. Verifica siempre la normativa vigente en el BOE.