Test: Código Civil — Testamento Abierto y Cerrado — Notario

Preguntas reales sobre la capacidad para testar, el momento de apreciación de la capacidad, el testamento abierto ante Notario y sus formalidades, y el testamento cerrado, según los arts. 662 a 715 del Código Civil.

⚖️ Fuente: Código Civil — Testamento Abierto y Cerrado — Código Civil, Libro III, Título III (arts. 662-666, 679, 687, 694, 697, 699-715) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el artículo 662 del Código Civil, ¿cuál es la regla general sobre quién puede testar?
📖 Art. 662 CC
Explicación: El art. 662 CC formula la regla general de capacidad: pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente.
Conforme al artículo 663.1º CC, ¿qué edad mínima se exige, como regla general, para poder otorgar testamento?
📖 Art. 663 CC
Explicación: El art. 663.1º CC dispone que no puede testar la persona menor de catorce años, fijando esa edad como umbral mínimo.
Además de la edad, ¿qué otra causa de incapacidad para testar recoge el artículo 663.2º CC tras la reforma de la Ley 8/2021?
📖 Art. 663 CC
Explicación: El art. 663.2º CC, tras la reforma de la Ley 8/2021, dispone que no puede testar quien en el momento de testar no pueda conformar o expresar su voluntad ni aun con apoyos.
¿Qué establece el artículo 664 del Código Civil sobre el testamento otorgado antes de una enajenación mental del testador?
📖 Art. 664 CC
Explicación: El art. 664 CC establece que el testamento hecho antes de la enajenación mental es válido.
Tras la reforma de la Ley 8/2021, ¿qué exige el artículo 665 CC para que una persona con discapacidad pueda otorgar testamento?
📖 Art. 665 CC
Explicación: El art. 665 CC, reformado por la Ley 8/2021, basta con que a juicio del Notario la persona pueda comprender y expresar el alcance de sus disposiciones, con los apoyos necesarios.
¿En qué momento debe apreciarse la capacidad del testador según el artículo 666 CC?
📖 Art. 666 CC
Explicación: El art. 666 CC dispone que para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento.
¿Cómo define el artículo 679 CC al testamento abierto?
📖 Art. 679 CC
Explicación: El art. 679 CC define el testamento abierto como aquel en que el testador manifiesta su última voluntad ante quienes deben autorizar el acto, quedando enteradas de su contenido, a diferencia del cerrado.
¿Qué sanción impone el artículo 687 CC al testamento otorgado sin observar las formalidades establecidas en el capítulo de los testamentos?
📖 Art. 687 CC
Explicación: El art. 687 CC establece que será nulo el testamento en cuyo otorgamiento no se hayan observado las formalidades respectivamente establecidas en el Capítulo.
Según el artículo 694 CC, ¿ante quién debe otorgarse el testamento abierto, como regla general?
📖 Art. 694 CC
Explicación: El art. 694 CC exige que el testamento abierto se otorgue ante Notario hábil para actuar en el lugar del otorgamiento, salvo las excepciones expresamente determinadas en la misma Sección.
Según el artículo 697.1º CC, ¿en cuál de estos casos deben concurrir dos testigos idóneos al otorgamiento del testamento abierto?
📖 Art. 697 CC
Explicación: El art. 697.1º CC exige la intervención de dos testigos idóneos cuando el testador declara que no sabe o no puede firmar el testamento.
Además del supuesto de no saber o no poder firmar, ¿en qué otro caso exige el artículo 697.2º CC la presencia de dos testigos idóneos en el testamento abierto?
📖 Art. 697 CC
Explicación: El art. 697.2º CC exige también dos testigos idóneos cuando lo soliciten el testador o el Notario, aunque no concurra la causa del ordinal 1º.
¿Qué exige el artículo 699 CC respecto al desarrollo del acto de otorgamiento del testamento abierto?
📖 Art. 699 CC
Explicación: El art. 699 CC exige que todas las formalidades se practiquen en un solo acto que comenzará con la lectura del testamento, sin interrupción lícita salvo la motivada por algún accidente pasajero.
¿Qué permite el artículo 700 CC en caso de peligro inminente de muerte del testador?
📖 Art. 700 CC
Explicación: El art. 700 CC permite que, en peligro inminente de muerte, se otorgue testamento ante cinco testigos idóneos, sin necesidad de Notario.
Según el artículo 701 CC, ¿cómo puede otorgarse testamento en caso de epidemia?
📖 Art. 701 CC
Explicación: El art. 701 CC permite que, en caso de epidemia, se otorgue testamento sin intervención de Notario ante tres testigos mayores de dieciséis años.
¿Cuándo queda ineficaz el testamento otorgado en caso de epidemia conforme al artículo 701 CC?
📖 Art. 701 CC
Explicación: El art. 701 CC dispone que el testamento otorgado en epidemia queda ineficaz si pasan dos meses desde que haya cesado la epidemia.
Según el artículo 706 CC, si el testamento cerrado está escrito por un medio técnico o por otra persona a ruego del testador, ¿dónde debe firmar este último?
📖 Art. 706 CC
Explicación: El art. 706 CC exige que, si el testamento no está escrito de puño y letra del testador, este firme en todas las hojas y al pie del testamento.
¿Qué exige el artículo 706 CC cuando el testamento cerrado se redacta en soporte electrónico?
📖 Art. 706 CC
Explicación: El art. 706 CC exige que, si el testamento se ha redactado en soporte electrónico, se firme con una firma electrónica reconocida.
Según el artículo 707.1ª CC, ¿cómo debe presentarse el papel que contiene el testamento cerrado?
📖 Art. 707 CC
Explicación: El art. 707.1ª CC exige que el papel que contenga el testamento se ponga dentro de una cubierta cerrada y sellada de modo que no pueda extraerse sin romperla.
En el otorgamiento del testamento cerrado, ¿qué debe manifestar el testador ante el Notario según el artículo 707 CC?
📖 Art. 707 CC
Explicación: El art. 707 CC exige que el testador manifieste, por sí o por medio de intérprete, que el pliego presentado contiene su testamento, expresando si está escrito y firmado por él o por mano ajena o medio mecánico.
¿A quién permite el artículo 709 CC otorgar testamento cerrado con reglas especiales?
📖 Art. 709 CC
Explicación: El art. 709 CC permite otorgar testamento cerrado, con las especialidades que establece, a las personas que no pueden expresarse verbalmente pero sí escribir.
Según el artículo 712 CC, ¿de qué plazo dispone quien tenga en su poder un testamento cerrado para presentarlo ante Notario tras conocer el fallecimiento del testador?
📖 Art. 712 CC
Explicación: El art. 712 CC establece que quien tenga en su poder un testamento cerrado debe presentarlo ante Notario competente en los diez días siguientes a aquel en que tenga conocimiento del fallecimiento del testador.
Si el Notario autorizante de un testamento cerrado es también su depositario, ¿qué debe hacer según el artículo 712 CC al conocer el fallecimiento del testador?
📖 Art. 712 CC
Explicación: El art. 712 CC obliga al Notario depositario a comunicar, en los diez días siguientes a conocer el fallecimiento, la existencia del testamento cerrado al cónyuge sobreviviente, descendientes y ascendientes y, en su defecto, a los colaterales hasta el cuarto grado.
¿Qué consecuencia establece el artículo 713 CC para quien, con dolo, deje de presentar en plazo el testamento cerrado que obra en su poder?
📖 Art. 713 CC
Explicación: El art. 713 CC dispone que quien con dolo deje de presentar el testamento cerrado en el plazo del art. 712 pierde todo derecho a la herencia, además de responder de los daños causados.
¿Qué establece el artículo 715 CC sobre el testamento cerrado que no observa las formalidades de su sección, y su posible conversión?
📖 Art. 715 CC
Explicación: El art. 715 CC declara nulo el testamento cerrado con defecto de formalidades, pero admite su validez como testamento ológrafo si reúne los requisitos de este; además, el Notario autorizante responde de los daños si la falta se debió a malicia, negligencia o ignorancia inexcusables.
Conforme al artículo 694 CC, ¿en qué casos puede el testamento abierto autorizarse ante una autoridad distinta al Notario?
📖 Art. 694 CC
Explicación: El art. 694 CC exige Notario hábil para el otorgamiento del testamento abierto, salvo las excepciones expresamente determinadas en la misma Sección, como los testamentos en peligro de muerte o epidemia.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales. Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

Sigue practicando