Test: La detención, el atestado y la policía judicial (LECrim)

Domina las diligencias policiales en el proceso penal: cuándo y cómo se detiene, los plazos, los derechos del detenido del art. 520, el atestado y la inviolabilidad del domicilio según la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

⚖️ Fuente: Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) y Constitución Española de 1978 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
¿Cuál es el plazo máximo de duración de la detención preventiva según el art. 17.2 de la Constitución?
📖 Art. 17.2 CE / Art. 520.1 LECrim
Explicación: El art. 17.2 CE y el art. 520.1 LECrim establecen que la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario y, como máximo, 72 horas, tras las cuales el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición judicial.
Según el art. 520.1 LECrim, la detención debe practicarse:
📖 Art. 520.1 LECrim
Explicación: El art. 520.1 LECrim exige que la detención se practique en la forma que menos perjudique al detenido en su persona, reputación y patrimonio, y que se le informe de los hechos que se le imputan y de las razones de su privación de libertad.
¿Cuál de los siguientes NO es un derecho del detenido reconocido en el art. 520.2 LECrim?
📖 Art. 520.2 LECrim
Explicación: El art. 520.2 LECrim reconoce, entre otros, el derecho a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo, a designar abogado, a ser reconocido por el médico forense y a que se comunique la detención a un familiar; no existe un derecho a la liberación inmediata sin trámite alguno.
Conforme al art. 490 LECrim, ¿quién puede detener al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo o al delincuente in fraganti?
📖 Art. 490 LECrim
Explicación: El art. 490 LECrim permite que cualquier persona pueda detener al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo, al delincuente in fraganti o al que se fugare del establecimiento penal, entre otros supuestos.
Según el art. 492 LECrim, la autoridad o agente de policía judicial tendrá obligación de detener:
📖 Art. 492 LECrim
Explicación: El art. 492 LECrim obliga a la autoridad o agente de policía judicial a detener a quien se halle en alguno de los casos del art. 490, así como al procesado o a quien existan motivos racionalmente bastantes para creer responsable de un delito en los términos legales.
Como regla general (art. 495 LECrim), no se podrá detener por:
📖 Art. 495 LECrim
Explicación: El art. 495 LECrim establece que no se podrá detener por simples delitos leves, a no ser que el presunto reo no tuviese domicilio conocido ni diese fianza bastante a juicio de la autoridad o agente que intente detenerlo.
El particular que detenga a alguien conforme al art. 490 deberá entregarlo, según el art. 496 LECrim, a la autoridad más próxima dentro de:
📖 Art. 496 LECrim
Explicación: El art. 496 LECrim dispone que el particular, autoridad o agente que detuviere a una persona deberá ponerla en libertad o entregarla al juez más próximo al lugar de la detención dentro de las 24 horas siguientes.
¿Cuál es el objeto de la Policía Judicial según el art. 282 LECrim?
📖 Art. 282 LECrim
Explicación: El art. 282 LECrim establece que la Policía Judicial tiene por objeto averiguar los delitos públicos que se cometieren, practicar las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, y recoger todos los efectos, instrumentos o pruebas del delito.
Los funcionarios de Policía Judicial extenderán, conforme al art. 292 LECrim, un documento en el que harán constar las diligencias practicadas, llamado:
📖 Art. 292 LECrim
Explicación: El art. 292 LECrim dispone que los funcionarios de Policía Judicial extenderán un atestado de las diligencias que practiquen, en el cual especificarán con la mayor exactitud los hechos averiguados.
Según el art. 297 LECrim, los atestados que redactaren los funcionarios de policía judicial se considerarán:
📖 Art. 297 LECrim
Explicación: El art. 297 LECrim establece que los atestados tendrán el valor de denuncias a los efectos legales, y que las declaraciones que presten los funcionarios se considerarán denuncias para los efectos de la ley.
¿Qué derecho fundamental del art. 18.2 CE protege el régimen de entrada y registro en domicilio de la LECrim?
📖 Art. 18.2 CE / Art. 545 LECrim
Explicación: El art. 18.2 CE garantiza la inviolabilidad del domicilio: ninguna entrada o registro podrá hacerse sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. El art. 545 LECrim lo desarrolla.
Conforme al art. 545 LECrim, nadie podrá entrar en el domicilio de un español o extranjero residente sin su consentimiento, excepto:
📖 Art. 545 LECrim
Explicación: El art. 545 LECrim establece que nadie podrá entrar en el domicilio de un español o extranjero residente en España sin su consentimiento, excepto en los casos y en la forma expresamente previstos en las leyes (resolución judicial motivada o flagrante delito).
La intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas en la investigación penal requiere, conforme a la LECrim:
📖 Art. 588 ter / Art. 18.3 CE LECrim
Explicación: El secreto de las comunicaciones (art. 18.3 CE) solo puede limitarse mediante resolución judicial. La LECrim exige autorización judicial para la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas.
Según el art. 126 CE, la policía judicial depende de:
📖 Art. 126 CE
Explicación: El art. 126 CE establece que la policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente.
El derecho de defensa y a la asistencia letrada del investigado nace, conforme al art. 118 LECrim:
📖 Art. 118 LECrim
Explicación: El art. 118 LECrim reconoce que toda persona a quien se atribuya un hecho punible podrá ejercitar el derecho de defensa desde que se le comunique su existencia, sin demora injustificada.
La asistencia de abogado al detenido, conforme al art. 520 LECrim, es:
📖 Art. 520.4 LECrim
Explicación: El art. 520 LECrim garantiza la asistencia de abogado al detenido; si no designa uno, se le asignará abogado de oficio, y la asistencia letrada solo es renunciable en supuestos muy tasados de delitos contra la seguridad del tráfico.
El registro de un domicilio acordado judicialmente se documenta mediante un:
📖 Art. 569 LECrim
Explicación: El art. 569 LECrim exige que el registro se practique a presencia del interesado y se levante acta de la diligencia, haciéndose constar los incidentes ocurridos y el resultado del registro, firmada por los asistentes.
Para que exista flagrante delito que permita la entrada en domicilio sin autorización judicial se requiere, esencialmente:
📖 Art. 18.2 CE / Art. 553 LECrim
Explicación: La doctrina del Tribunal Constitucional y el art. 553 LECrim exigen para el flagrante delito la evidencia o percepción directa del hecho delictivo que se está cometiendo y la urgente necesidad de la intervención policial.
La incomunicación del detenido, cuando proceda, debe ser acordada por:
📖 Art. 509 LECrim
Explicación: El art. 509 LECrim establece que la incomunicación del detenido o preso solo podrá ser acordada por el juez o tribunal mediante resolución motivada, y para fines tasados de la investigación.
Practicada una detención, los agentes deben informar al detenido, conforme al art. 520.2 LECrim:
📖 Art. 520.2 LECrim
Explicación: El art. 520.2 LECrim obliga a informar al detenido por escrito, en lenguaje sencillo y accesible, de los hechos que se le atribuyan y de las razones de su detención, así como de los derechos que le asisten.
¿Quiénes forman parte de la Policía Judicial en sentido amplio según el art. 283 LECrim?
📖 Art. 283 LECrim
Explicación: El art. 283 LECrim enumera de forma amplia quiénes constituyen la Policía Judicial, comprendiendo a las autoridades y agentes encargados de la averiguación y persecución de los delitos, lo que incluye a las policías autonómicas y locales en el ámbito de sus competencias.
La denuncia, conforme a la LECrim, consiste en:
📖 Art. 259 y ss. LECrim
Explicación: La denuncia (arts. 259 y siguientes LECrim) es el acto por el que se pone en conocimiento de la autoridad judicial, del Ministerio Fiscal o de la policía la noticia de un hecho que pudiera ser constitutivo de delito.
Tras la detención, si no se pone en libertad al detenido, debe ser puesto a disposición de:
📖 Art. 520.1 LECrim
Explicación: El art. 520.1 LECrim establece que, dentro del plazo máximo de 72 horas, el detenido será puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
El derecho del detenido a que se ponga en conocimiento de un familiar el hecho de la detención y el lugar de custodia está recogido en:
📖 Art. 520.2 LECrim
Explicación: El art. 520.2.d) LECrim reconoce el derecho del detenido a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee el hecho de la detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento.
El conjunto de diligencias que documenta la actuación policial inicial y que se remite a la autoridad judicial es:
📖 Art. 292 y 295 LECrim
Explicación: El atestado (arts. 292 y siguientes LECrim) es el documento que recoge las diligencias practicadas por la Policía Judicial y que, una vez confeccionado, se remite a la autoridad judicial competente sin dilación.

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