Test: Reglamento General de Circulación — Policía Foral de Navarra | 12 preguntas
Practica el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003): los límites genéricos de velocidad, las tasas de alcohol permitidas, la prioridad de paso en intersecciones, las normas de adelantamiento, el orden de prevalencia de las señales y los sistemas de seguridad obligatorios.
⚖️ Fuente: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación (BOE-A-2003-23514) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 12
El límite genérico de velocidad para turismos en autopistas y autovías es, con carácter general, de:
📖 RGC — art. 48
Explicación: El artículo 48 fija en 120 km/h el límite genérico de velocidad para automóviles de turismo y motocicletas en autopistas y autovías.
La tasa máxima de alcohol en aire espirado para un conductor general es de:
📖 RGC — art. 20
Explicación: El artículo 20 establece una tasa máxima de 0,25 mg/l de alcohol en aire espirado (0,5 g/l en sangre) para los conductores en general.
Para conductores noveles (menos de dos años) y profesionales, la tasa máxima de alcohol en aire espirado es de:
📖 RGC — art. 20
Explicación: El artículo 20 reduce la tasa a 0,15 mg/l en aire espirado (0,3 g/l en sangre) para conductores noveles durante los dos años siguientes a la obtención del permiso y para conductores de vehículos destinados al transporte.
En una intersección sin señalizar ni semáforo, la norma general de prioridad es:
📖 RGC — art. 57
Explicación: Como norma general, en las intersecciones sin señalización el conductor debe ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha (art. 57), salvo las excepciones que el propio reglamento establece.
Como norma general, el adelantamiento a otro vehículo en movimiento se efectúa:
📖 RGC — art. 33
Explicación: El artículo 33 establece que, con carácter general, el adelantamiento debe realizarse por la izquierda del vehículo que se pretende adelantar.
Ante una contradicción entre una señal de un agente y un semáforo, prevalece:
📖 RGC — art. 6 (orden de prioridad)
Explicación: Según el orden de prevalencia del artículo 6, las señales y órdenes de los agentes encargados de la vigilancia del tráfico priman sobre cualquier otra señal, incluidos los semáforos y las señales verticales.
El uso del cinturón de seguridad, según el Reglamento General de Circulación, es:
📖 RGC — art. 117
Explicación: El artículo 117 obliga al conductor y a los ocupantes a utilizar el cinturón de seguridad correctamente abrochado, tanto en vías urbanas como interurbanas.
Deben utilizar un sistema de retención infantil homologado los menores cuya estatura:
📖 RGC — art. 117
Explicación: El artículo 117 exige que los menores de estatura igual o inferior a 135 cm utilicen un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso, situados, como regla general, en los asientos traseros.
El límite genérico de velocidad en vías urbanas con un único carril por sentido de circulación es de:
📖 RGC — art. 50 (redacción RD 970/2020)
Explicación: Tras la modificación operada por el RD 970/2020, el artículo 50 fija en 30 km/h el límite genérico en vías urbanas de un único carril por sentido; 20 km/h en vías de plataforma única y 50 km/h en las de dos o más carriles por sentido.
La distancia de seguridad respecto al vehículo que precede debe permitir:
📖 RGC — art. 54
Explicación: El artículo 54 obliga a guardar una distancia con el vehículo que precede que permita detenerse, en caso de frenada brusca, sin colisionar con él, teniendo en cuenta la velocidad y las condiciones de la vía.
El uso del casco de protección homologado para los conductores de motocicletas y ciclomotores es:
📖 RGC — art. 118
Explicación: El artículo 118 establece la obligación de utilizar casco de protección homologado para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Está expresamente prohibido conducir utilizando:
📖 RGC — art. 18
Explicación: El artículo 18 prohíbe conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, así como usar manualmente dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio que distraiga la atención durante la conducción.
El límite genérico de velocidad para turismos y motocicletas en carreteras convencionales es, con carácter general, de:
📖 Art. 48 RGC (RD 1428/2003)
Explicación: Tras la reforma del art. 48 RGC vigente desde 2019, el límite genérico para turismos y motocicletas en carreteras convencionales es de 90 km/h.
Según el art. 49 RGC, la velocidad mínima, como norma general, no podrá ser inferior a:
📖 Art. 49 RGC
Explicación: El art. 49 RGC fija que, salvo casos justificados, la velocidad no podrá ser inferior a la mitad del límite genérico de velocidad establecido para cada tipo de vía.
Conforme al art. 80 RGC, la marcha atrás...
📖 Art. 80 RGC
Explicación: El art. 80 RGC prohíbe circular hacia atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido, y como maniobra complementaria; se efectuará por el recorrido mínimo indispensable.
Como norma general, según el art. 29 RGC, el conductor debe circular:
📖 Art. 29 RGC
Explicación: El art. 29 RGC obliga, como norma general, a circular por la derecha y lo más cerca posible del borde derecho de la calzada, manteniendo la separación lateral suficiente.
Según el art. 87 RGC, el adelantamiento está prohibido, entre otros lugares, en:
📖 Art. 87 RGC
Explicación: El art. 87 RGC prohíbe adelantar en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en cualquier lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente.
Al adelantar a un ciclista, el art. 35 RGC obliga a dejar una separación lateral mínima de:
📖 Art. 35 RGC
Explicación: El art. 35 RGC exige al adelantar a ciclistas una separación lateral de, al menos, 1,5 metros, pudiendo ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario.
Conforme al art. 65 RGC, en un paso para peatones debidamente señalizado, la prioridad de paso corresponde:
📖 Art. 65 RGC
Explicación: El art. 65 RGC reconoce la prioridad de paso de los peatones que cruzan por un paso debidamente señalizado; los conductores deben dejarles paso.
Según el art. 18.2 RGC, el uso del teléfono móvil durante la conducción:
📖 Art. 18.2 RGC
Explicación: El art. 18.2 RGC prohíbe conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, así como usar el teléfono móvil salvo que se realice sin sujetarlo con sistemas de manos libres.
Los conductores de vehículos prioritarios en servicio de urgencia, según los arts. 67 y 68 RGC, pueden dejar de cumplir ciertas normas...
📖 Arts. 67-68 RGC
Explicación: Los arts. 67 y 68 RGC permiten a los vehículos prioritarios en servicio urgente circular por encima de los límites y no cumplir determinadas normas, pero siempre sin poner en peligro a los demás usuarios y adoptando las debidas precauciones.
De noche, en una vía urbana suficientemente iluminada, el art. 103 RGC exige llevar encendida, como mínimo:
📖 Art. 103 RGC
Explicación: El art. 103 RGC obliga a circular de noche, o en condiciones de poca visibilidad, con la luz de cruce; en vías urbanas y travesías suficientemente iluminadas se utilizará, al menos, la luz de cruce.
Según el art. 94 RGC, está prohibido parar o estacionar, entre otros lugares, en:
📖 Art. 94 RGC
Explicación: El art. 94 RGC prohíbe parar y estacionar en pasos para peatones, pasos a nivel, túneles, intersecciones y, en general, en cualquier lugar donde se impida la visibilidad o se obstaculice gravemente la circulación.
Antes de efectuar un cambio de dirección, el art. 74 RGC obliga al conductor a:
📖 Art. 74 RGC
Explicación: El art. 74 RGC exige advertir la maniobra de cambio de dirección con suficiente antelación, mediante la señal luminosa correspondiente (intermitentes) o, en su defecto, con el brazo.
Según el art. 6 RGC, el orden de prioridad entre los distintos tipos de señales es:
📖 Art. 6 RGC
Explicación: El art. 6 RGC fija el orden de prevalencia: 1.º señales de los agentes; 2.º señalización circunstancial que modifique el régimen normal; 3.º semáforos; 4.º señales verticales; 5.º marcas viales.
⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003)). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el
BOE.