Test: Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015)

Practica la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (RJSP), materia común del programa de Policía Local: los principios generales de actuación, el régimen de la competencia, los órganos colegiados, los deberes de abstención y recusación, los principios de la potestad sancionadora y la responsabilidad patrimonial de las Administraciones. Cada pregunta cita el artículo exacto de la Ley 40/2015.

⚖️ Fuente: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público · BOE-A-2015-10566 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 3 de la Ley 40/2015, entre los principios generales de actuación de las Administraciones Públicas figura:
📖 Art. 3.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 3.1 de la Ley 40/2015 enumera, entre los principios generales, el servicio efectivo a los ciudadanos, la simplicidad, la eficacia, la eficiencia, la buena fe y confianza legítima, la responsabilidad y la racionalización y agilidad de los procedimientos.
Conforme al art. 8 de la Ley 40/2015, la competencia administrativa es:
📖 Art. 8.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 8.1 de la Ley 40/2015 establece que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en la ley.
Según el art. 9 de la Ley 40/2015, la delegación de competencias permite a los órganos:
📖 Art. 9.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 9.1 de la Ley 40/2015 permite delegar el ejercicio de las competencias en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en entidades de derecho público vinculadas; la delegación no supone transferir la titularidad.
El art. 15 de la Ley 40/2015 define los órganos colegiados como aquellos que:
📖 Art. 15.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 15.1 de la Ley 40/2015 considera órganos colegiados aquellos que se creen formalmente y estén integrados por tres o más personas, a los que se atribuyan funciones administrativas de decisión, propuesta, asesoramiento, seguimiento o control.
Según el art. 16 de la Ley 40/2015, corresponde al SECRETARIO del órgano colegiado:
📖 Art. 16 Ley 40/2015
Explicación: El art. 16 de la Ley 40/2015 atribuye al secretario velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano colegiado, certificar las actuaciones y garantizar que los procedimientos y reglas de constitución y adopción de acuerdos se respetan.
El art. 23 de la Ley 40/2015 establece como motivo de ABSTENCIÓN, entre otros:
📖 Art. 23.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 23.2 de la Ley 40/2015 enumera como causas de abstención, entre otras, tener interés personal en el asunto, el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, y la amistad íntima o enemistad manifiesta.
Según el art. 24 de la Ley 40/2015, la RECUSACIÓN podrá promoverse:
📖 Art. 24.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 24.1 de la Ley 40/2015 dispone que en los casos previstos en el artículo anterior podrá promoverse la recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
El art. 25 de la Ley 40/2015 consagra, en materia de potestad sancionadora, el principio de:
📖 Art. 25 Ley 40/2015
Explicación: El art. 25 de la Ley 40/2015 recoge el principio de legalidad: la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de ley.
Según el art. 26 de la Ley 40/2015 (irretroactividad), serán de aplicación las disposiciones sancionadoras:
📖 Art. 26.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 26 de la Ley 40/2015 aplica las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de producirse los hechos que constituyan infracción; las disposiciones que favorezcan al presunto infractor producen efectos retroactivos.
El art. 28 de la Ley 40/2015 establece que solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción quienes resulten responsables a título de:
📖 Art. 28.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 28.1 de la Ley 40/2015 dispone que solo podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas, así como las entidades del art. 28.1, que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa.
Conforme al art. 32 de la Ley 40/2015, los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las lesiones que sufran en sus bienes y derechos:
📖 Art. 32.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 32.1 de la Ley 40/2015 reconoce a los particulares el derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar.
Según el art. 36 de la Ley 40/2015, cuando la Administración indemnice a los lesionados, exigirá de oficio de su personal la responsabilidad en que hubiera incurrido por:
📖 Art. 36.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 36.2 de la Ley 40/2015 establece que la Administración, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio en vía administrativa de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves.
Según el art. 4 de la Ley 40/2015 (principios de intervención), cuando las Administraciones Públicas limiten el ejercicio de derechos individuales o colectivos, deberán:
📖 Art. 4 Ley 40/2015
Explicación: El art. 4 de la Ley 40/2015 establece que quienes limiten el ejercicio de derechos deberán aplicar el principio de proporcionalidad y elegir la medida menos restrictiva, motivar su necesidad para la protección del interés público y evaluar periódicamente los efectos y resultados de las medidas.
Conforme al art. 5 de la Ley 40/2015, tendrán la consideración de órganos administrativos:
📖 Art. 5.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 5.1 de la Ley 40/2015 dispone que tendrán la consideración de órganos administrativos las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo.
Según el art. 6 de la Ley 40/2015, los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante:
📖 Art. 6 Ley 40/2015
Explicación: El art. 6.1 de la Ley 40/2015 permite a los órganos administrativos dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio; cuando una disposición específica así lo establezca, se publicarán en el boletín oficial que corresponda.
La avocación regulada en el art. 10 de la Ley 40/2015 consiste en que:
📖 Art. 10 Ley 40/2015
Explicación: El art. 10.1 de la Ley 40/2015 establece que los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Según el art. 11 de la Ley 40/2015, la encomienda de gestión:
📖 Art. 11 Ley 40/2015
Explicación: El art. 11.1 de la Ley 40/2015 dispone que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos podrá ser encomendada a otros órganos o entidades del sector público por razones de eficacia, sin que ello suponga cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
La delegación de firma del art. 12 de la Ley 40/2015 permite a los titulares de los órganos:
📖 Art. 12 Ley 40/2015
Explicación: El art. 12.1 de la Ley 40/2015 permite a los titulares de los órganos delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites de la propia delegación de competencias.
Según el art. 13 de la Ley 40/2015, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, los titulares de los órganos administrativos:
📖 Art. 13 Ley 40/2015
Explicación: El art. 13.1 de la Ley 40/2015 establece que la suplencia de los titulares de los órganos administrativos en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad se realizará por quien designe el órgano competente para el nombramiento; si no se designa suplente, la competencia se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato superior del que dependa.
Conforme al art. 14 de la Ley 40/2015 (decisiones sobre competencia), el órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto:
📖 Art. 14 Ley 40/2015
Explicación: El art. 14.1 de la Ley 40/2015 dispone que el órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, si éste pertenece a la misma Administración Pública.
Según el art. 17 de la Ley 40/2015, los órganos colegiados podrán constituirse, convocar, celebrar sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas:
📖 Art. 17 Ley 40/2015
Explicación: El art. 17.1 de la Ley 40/2015 establece que todos los órganos colegiados se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia, salvo que su reglamento interno recoja expresa y excepcionalmente lo contrario.
Según el art. 18 de la Ley 40/2015, ¿qué debe especificar necesariamente el acta de cada sesión de un órgano colegiado?
📖 Art. 18 Ley 40/2015
Explicación: El art. 18.1 de la Ley 40/2015 dispone que de cada sesión que celebre el órgano colegiado se levantará acta por el secretario, que especificará necesariamente los asistentes, el orden del día, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones y el contenido de los acuerdos adoptados.
Según el art. 33 de la Ley 40/2015, cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones Públicas se derive responsabilidad, las Administraciones intervinientes:
📖 Art. 33 Ley 40/2015
Explicación: El art. 33.1 de la Ley 40/2015 establece que cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones Públicas se derive responsabilidad, las Administraciones intervinientes responderán de forma solidaria frente al particular.
Conforme al art. 34 de la Ley 40/2015, sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que:
📖 Art. 34 Ley 40/2015
Explicación: El art. 34.1 de la Ley 40/2015 dispone que sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que éste no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley; la indemnización se calcula con arreglo a los criterios de valoración de la legislación de expropiación forzosa y demás normas aplicables.
Según el art. 37 de la Ley 40/2015, la exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas:
📖 Art. 37 Ley 40/2015
Explicación: El art. 37.1 de la Ley 40/2015 establece que la exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales (Ley 40/2015 (RJSP)). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.