Test: LO 4/2015 de Proteccion de la Seguridad Ciudadana — Policia Local | 25 preguntas

Practica la Ley Organica 4/2015 de proteccion de la seguridad ciudadana para la oposicion de Policia Local: identificacion de personas, registros, reuniones y manifestaciones, infracciones y sanciones, prescripcion y caducidad.

⚖️ Fuente: Ley Organica 4/2015, de 30 de marzo, de proteccion de la seguridad ciudadana — BOE-A-2015-3442 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Segun el art. 1 de la LO 4/2015, esta ley tiene por objeto:
📖 Art. 1 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 1 LO 4/2015 declara que la ley tiene por objeto la proteccion de la seguridad ciudadana, entendida como condicion esencial para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales y libertades publicas, y el mantenimiento de la paz y la convivencia.
Conforme al art. 4 de la LO 4/2015, son autoridades competentes en materia de seguridad ciudadana:
📖 Art. 4 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 4 LO 4/2015 establece que son autoridades competentes en materia de seguridad ciudadana el Ministro del Interior, los Delegados del Gobierno en las comunidades autonomas, los Subdelegados del Gobierno y los Alcaldes en los terminos legalmente previstos.
El art. 16 de la LO 4/2015 regula la identificacion de personas. Segun este articulo, los agentes podran requerir la identificacion de personas:
📖 Art. 16 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 16 LO 4/2015 permite a los agentes requerir la identificacion de personas cuando existan indicios de que han participado en una infraccion, o para prevenir la comision de un delito, debiendo el requerimiento ser motivado.
Segun el art. 16 de la LO 4/2015, cuando la identificacion no pueda realizarse en el lugar, los agentes podran conducir a los afectados al lugar mas proximo al efecto durante:
📖 Art. 16 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 16 LO 4/2015 establece que la identificacion en dependencias policiales no podra superar las seis horas, tiempo que se computa desde el momento en que la persona es conducida a dichas dependencias.
Conforme al art. 19 de la LO 4/2015, las entradas y registros en domicilios:
📖 Art. 19 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 19 LO 4/2015 dispone que las entradas en domicilios requieren autorizacion judicial o consentimiento del titular, salvo en caso de flagrante delito o estado de necesidad que impida recabarla, en consonancia con el art. 18.2 CE.
El art. 20 de la LO 4/2015 regula los registros corporales externos. Estos podran realizarse cuando:
📖 Art. 20 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 20 LO 4/2015 autoriza los registros corporales externos cuando existan indicios fundados de que la persona porta armas, explosivos, instrumentos peligrosos u objetos relacionados con la comision de un delito o infraccion administrativa.
Segun el art. 23 de la LO 4/2015, las reuniones en lugares de transito publico y las manifestaciones:
📖 Art. 23 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 23 LO 4/2015 establece que las reuniones en lugares de transito publico y las manifestaciones deben comunicarse con diez dias naturales de antelacion a la autoridad gubernativa. Para las convocatorias urgentes basta con veinticuatro horas.
Conforme al art. 26 de la LO 4/2015, la autoridad puede disolver reuniones o manifestaciones cuando:
📖 Art. 26 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 26 LO 4/2015 permite disolver reuniones y manifestaciones cuando se produzcan alteraciones del orden publico con peligro para personas o bienes, cuando se utilicen uniformes intimidatorios, o cuando existan indicios fundados de que tales circunstancias se produciran.
El art. 30 de la LO 4/2015 fija los plazos de prescripcion de las infracciones. Las infracciones muy graves prescriben en:
📖 Art. 30 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 30 LO 4/2015 establece que las infracciones muy graves prescriben a los tres anos, las graves a los dos anos y las leves a los seis meses, contados desde la comision del hecho infractor.
Segun el art. 30 de la LO 4/2015, las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescriben en:
📖 Art. 30 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 30 LO 4/2015 fija la prescripcion de las sanciones derivadas de infracciones muy graves en tres anos desde que la sancion adquirio firmeza, las graves en dos anos y las leves en un ano.
Conforme al art. 35 de la LO 4/2015, son infracciones muy graves, entre otras:
📖 Art. 35 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 35 LO 4/2015 tipifica como infracciones muy graves, entre otras, los actos que perturben gravemente la seguridad ciudadana en actos publicos, espectaculos o lugares de ocio, la fabricacion, deposito o tenencia ilicita de armas, y la perturbacion grave del orden en instalaciones de servicios esenciales.
El art. 36 de la LO 4/2015 tipifica como infracciones graves, entre otras:
📖 Art. 36 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 36 LO 4/2015 incluye entre las infracciones graves la perturbacion del normal desarrollo de actos publicos o culturales, los actos de obstruccion a agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, y el uso no autorizado de imagenes de agentes que pueda poner en riesgo su seguridad.
Segun el art. 37 de la LO 4/2015, son infracciones leves, entre otras:
📖 Art. 37 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 37 LO 4/2015 tipifica como infracciones leves, entre otras, el consumo de bebidas alcoholicas en lugares publicos fuera de los habilitados cuando perturbe la convivencia ciudadana, los comportamientos que dificulten la circulacion peatonal, y las faltas de respeto a agentes de la autoridad.
Conforme al art. 39 de la LO 4/2015, la sancion por infracciones muy graves puede ser de:
📖 Art. 39 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 39 LO 4/2015 fija el tramo de sanciones: infracciones leves, de 100 a 600 euros; graves, de 601 a 30.000 euros; y muy graves, de 30.001 a 600.000 euros.
El art. 40 de la LO 4/2015 permite reducir la sancion economica en un 50 por 100 cuando:
📖 Art. 40 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 40 LO 4/2015 establece la posibilidad de reduccion del 50 por 100 de la sancion cuando el infractor la abone de forma voluntaria en el periodo voluntario de pago y sin formular recurso contra la sancion.
Segun el art. 45 de la LO 4/2015, para la ejecucion de las sanciones economicas que no sean abonadas voluntariamente se seguira el procedimiento de:
📖 Art. 45 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 45 LO 4/2015 dispone que las sanciones economicas no satisfechas voluntariamente se exigiran por el procedimiento de apremio sobre el patrimonio del infractor, conforme a la normativa tributaria de recaudacion en via ejecutiva.
Conforme al art. 14 de la LO 4/2015, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podran registrar los vehiculos cuando:
📖 Art. 14 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 14 LO 4/2015 autoriza el registro de vehiculos cuando existan indicios fundados de que se transportan personas, armas, explosivos, drogas u otros efectos procedentes de o destinados a la comision de un delito o infraccion administrativa grave.
El art. 36.6 de la LO 4/2015 tipifica como infraccion grave:
📖 Art. 36.6 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 36.6 LO 4/2015 tipifica como infraccion grave el uso no autorizado de imagenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, o la de las instalaciones protegidas.
Segun el art. 8 de la LO 4/2015, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen, entre otras potestades:
📖 Art. 8 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 8 LO 4/2015 reconoce a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la potestad de requerir la colaboracion de los ciudadanos cuando sea necesario para el mantenimiento de la seguridad ciudadana, la prevencion de riesgos para personas o bienes y la proteccion de la tranquilidad publica.
Conforme al art. 11 de la LO 4/2015, el tratamiento de datos obtenidos mediante medidas de videovigilancia:
📖 Art. 11 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 11 LO 4/2015 establece que el tratamiento de datos obtenidos mediante videovigilancia debe respetar la normativa de proteccion de datos de caracter personal, aplicandose los principios de necesidad y proporcionalidad en la captacion y conservacion de imagenes.
De acuerdo con el art. 16.3 de la LO 4/2015, durante la identificacion en dependencias policiales, las personas tienen derecho a:
📖 Art. 16.3 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 16.3 LO 4/2015 reconoce a las personas sujetas a identificacion en dependencias el derecho a conocer las razones del requerimiento, a no estar obligadas a declarar, a ser informadas del tiempo maximo de la diligencia y a que los hechos se pongan en conocimiento del juez si asi lo solicitan.
Segun el art. 17 de la LO 4/2015, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podran solicitar a los ciudadanos que acrediten:
📖 Art. 17 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 17 LO 4/2015 faculta a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para solicitar la documentacion relativa a la autorizacion para conducir (permiso de conduccion) y los documentos relativos a la circulacion del vehiculo en los controles de trafico y seguridad vial.
Conforme al art. 43 de la LO 4/2015, el procedimiento sancionador podra iniciarse:
📖 Art. 43 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 43 LO 4/2015 establece que el procedimiento sancionador puede iniciarse de oficio por la autoridad competente, mediante denuncia de los agentes de la autoridad que hubieran tenido conocimiento de los hechos, o mediante denuncia de los particulares.
De acuerdo con el art. 25 de la LO 4/2015, la notificacion de la celebracion de reuniones en lugares de transito publico no sera preceptiva cuando:
📖 Art. 25 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 25 LO 4/2015 exime de notificacion previa las reuniones espontaneas convocadas por razones de urgencia (con 24 horas de antelacion) y las que no requieran reserva de espacio publico. La comunicacion con diez dias es la regla general para reuniones en lugares de transito publico.
Segun el art. 55 de la LO 4/2015, la caducidad del procedimiento sancionador se produce cuando:
📖 Art. 55 LO 4/2015 — BOE-A-2015-3442
Explicacion: El art. 55 LO 4/2015 establece que el procedimiento sancionador caducara cuando la Administracion no lo resuelva en el plazo maximo legalmente establecido para cada tipo de infraccion, sin perjuicio de que la infraccion pueda seguir persiguiendose si no ha prescrito.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales. Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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