Test: Código Penal — Falsedades Documentales (arts. 390-399)

Domina el Capítulo II del Título XVIII del Código Penal: falsedad por autoridad/funcionario (art. 390), por particular (art. 392), en documento privado (art. 395) y falsificación de certificados (arts. 397-399).

⚖️ Fuente: Código Penal — Falsedades Documentales (arts. 390-399) — BOE-A-1995-25444 · 25 preguntas · Policía Nacional

Pregunta 1 de 25
¿Cuántas modalidades de falsedad documental castiga el art. 390.1 CP a la autoridad o funcionario público que actúe en ejercicio de sus funciones?
📖 Art. 390.1 CP
Explicación: El art. 390.1 CP enumera cuatro modalidades: alterar un documento en elemento esencial, simular un documento, suponer intervención de personas y faltar a la verdad en la narración de los hechos.
Según el art. 390.1.1º CP, la primera modalidad de falsedad consiste en alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter:
📖 Art. 390.1.1º CP
Explicación: Art. 390.1.1º CP: «Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial».
La cuarta modalidad del art. 390.1.4º CP, «faltar a la verdad en la narración de los hechos», ¿quién puede cometerla?
📖 Art. 390.1.4º / 392.1 CP
Explicación: Esta modalidad solo puede cometerla la autoridad o funcionario público; el art. 392.1 excluye expresamente esta cuarta modalidad para los particulares, remitiéndose solo a «los tres primeros números».
Según el art. 390.2 CP, ¿a quién se extienden las mismas penas del apartado 1?
📖 Art. 390.2 CP
Explicación: Art. 390.2 CP extiende las mismas penas al responsable de cualquier confesión religiosa en esos supuestos.
¿Cuál es la pena del art. 390.1 CP para la autoridad o funcionario público?
📖 Art. 390.1 CP
Explicación: Art. 390.1 CP fija prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial de 2 a 6 años.
El art. 391 CP castiga a la autoridad o funcionario público que incurra en falsedad del art. 390 por:
📖 Art. 391 CP
Explicación: Art. 391 CP: «La autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurriere en alguna de las falsedades previstas en el artículo anterior...».
¿Cuál es la pena del art. 391 CP (falsedad imprudente por funcionario)?
📖 Art. 391 CP
Explicación: Art. 391 CP fija multa de 6 a 12 meses y suspensión de empleo o cargo público de 6 meses a 1 año.
Según el art. 392.1 CP, ¿qué falsedades del art. 390.1 puede cometer un particular en documento público, oficial o mercantil?
📖 Art. 392.1 CP
Explicación: Art. 392.1 CP remite a «los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390».
¿Cuál es la pena del art. 392.1 CP para el particular que falsifica documento público, oficial o mercantil?
📖 Art. 392.1 CP
Explicación: Art. 392.1 CP fija prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses.
El art. 392.2 CP castiga con la misma pena al que, sin haber intervenido en la falsificación:
📖 Art. 392.2 CP
Explicación: Art. 392.2 CP: «Las mismas penas se impondrán al que, sin haber intervenido en la falsificación, traficare de cualquier modo con un documento de identidad falso».
Según el art. 392.2 párrafo segundo CP, ¿qué pena tiene el que hiciere uso, a sabiendas, de un documento de identidad falso?
📖 Art. 392.2 CP
Explicación: Art. 392.2 CP fija prisión de 6 meses a 1 año y multa de 3 a 6 meses para el uso a sabiendas.
El art. 393 CP castiga al que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o usare para perjudicar a otro un documento falso de los artículos precedentes, con:
📖 Art. 393 CP
Explicación: Art. 393 CP impone la pena inferior en grado a la de los falsificadores.
El art. 394.1 CP castiga a la autoridad o funcionario encargado de servicios de telecomunicación que supusiere o falsificare un despacho telegráfico con:
📖 Art. 394.1 CP
Explicación: Art. 394.1 CP fija prisión de 6 meses a 3 años e inhabilitación especial de 2 a 6 años.
El art. 395 CP castiga la falsedad en documento privado cometida por un particular cuando actúe:
📖 Art. 395 CP
Explicación: Art. 395 CP: «El que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390...».
¿Cuál es la pena del art. 395 CP (falsedad en documento privado)?
📖 Art. 395 CP
Explicación: Art. 395 CP fija prisión de 6 meses a 2 años.
El art. 396 CP castiga con la pena inferior en grado a los falsificadores a quien, a sabiendas de su falsedad:
📖 Art. 396 CP
Explicación: Art. 396 CP impone la pena inferior en grado al que use en juicio o para perjudicar a otro un documento privado falso.
El art. 397 CP (facultativo que librare certificado falso) prevé como pena:
📖 Art. 397 CP
Explicación: Art. 397 CP: «El facultativo que librare certificado falso será castigado con la pena de multa de tres a doce meses».
El art. 398 CP castiga a la autoridad o funcionario público que librare certificación falsa con escasa trascendencia en el tráfico jurídico con:
📖 Art. 398 CP
Explicación: Art. 398 CP fija suspensión de empleo o cargo público de 6 meses a 2 años.
Según el art. 398 CP párrafo segundo, ¿a qué certificados NO se aplica ese precepto?
📖 Art. 398 CP
Explicación: Art. 398 CP párrafo segundo excluye expresamente los certificados de Seguridad Social y Hacienda Pública.
El art. 399.1 CP castiga al particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores con:
📖 Art. 399.1 CP
Explicación: Art. 399.1 CP fija multa de 3 a 6 meses.
Según el art. 399.2 CP, ¿a quién se impone la misma pena que al falsificador de certificados?
📖 Art. 399.2 CP
Explicación: Art. 399.2 CP extiende la pena al uso a sabiendas y al tráfico con la certificación falsa.
¿En qué Título y Capítulo del Código Penal se regulan las falsedades documentales (arts. 390-399)?
📖 Título XVIII, Cap. II CP
Explicación: Se regulan en el Título XVIII «De las falsedades», Capítulo II «De las falsedades documentales».
La Sección 1ª del Capítulo II regula la falsificación de documentos públicos, oficiales, mercantiles y despachos telegráficos (arts. 390-394); ¿qué regula la Sección 2ª?
📖 Sección 2ª, Cap. II, Tít. XVIII CP
Explicación: La Sección 2ª se titula «De la falsificación de documentos privados» y comprende los arts. 395 y 396.
¿Qué modalidad del art. 390.1 CP consiste en atribuir a quienes intervinieron en un acto declaraciones distintas de las realmente hechas?
📖 Art. 390.1.3º CP
Explicación: Art. 390.1.3º CP: «Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho».
En el delito de falsedad del art. 390.1.2º CP, «simular un documento» significa:
📖 Art. 390.1.2º CP
Explicación: Art. 390.1.2º CP: «Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad».

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