Test: Jurisdicción Militar (LO 4/1987) — Suboficiales FF.AA. | 25 preguntas

Test de 25 preguntas sobre la LO 4/1987 de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, con artículo y fuente legal citada en cada pregunta.

⚖️ Fuente: Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 1 de la LO 4/1987, la jurisdicción militar es:
📖 LO 4/1987, art. 1
Explicación: El art. 1 de la LO 4/1987 establece que la jurisdicción militar, integrante del Poder Judicial del Estado, administra justicia en nombre del Rey conforme a la Constitución y las leyes.
¿A quién corresponde el ejercicio de la potestad jurisdiccional militar?
📖 LO 4/1987, art. 2
Explicación: El art. 2 de la LO 4/1987 atribuye el ejercicio de la potestad jurisdiccional militar, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, exclusivamente a los órganos judiciales militares.
¿Qué órganos integran la organización de la jurisdicción militar?
📖 LO 4/1987, organización
Explicación: La LO 4/1987 organiza la jurisdicción militar en la Sala de lo Militar del TS, el Tribunal Militar Central, los Tribunales Militares Territoriales y los Juzgados Togados Militares.
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo es:
📖 LO 4/1987, art. 22
Explicación: El art. 22 de la LO 4/1987 integra la jurisdicción militar en el Tribunal Supremo a través de la Sala de lo Militar, que es la Sala Quinta.
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo está compuesta por:
📖 LO 4/1987, art. 23
Explicación: El art. 23 de la LO 4/1987 dispone que la Sala se integra por su Presidente y siete Magistrados, cuatro de la carrera judicial y cuatro del Cuerpo Jurídico Militar.
¿Cuál es una competencia esencial de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo?
📖 LO 4/1987, art. 23
Explicación: El art. 23 de la LO 4/1987 atribuye a la Sala de lo Militar del TS el conocimiento de los recursos de casación y revisión contra resoluciones del Tribunal Militar Central y de los Territoriales.
¿Dónde tiene su sede el Tribunal Militar Central?
📖 LO 4/1987, art. 34
Explicación: El art. 34 de la LO 4/1987 establece que el Tribunal Militar Central tiene su sede en Madrid y ejerce su jurisdicción en todo el territorio nacional.
Los Tribunales Militares Territoriales ejercen su jurisdicción:
📖 LO 4/1987, art. 45
Explicación: El art. 45 de la LO 4/1987 configura los Tribunales Militares Territoriales con jurisdicción limitada a su respectivo ámbito territorial.
¿Qué función corresponde a los Juzgados Togados Militares?
📖 LO 4/1987, art. 61
Explicación: El art. 61 de la LO 4/1987 atribuye a los Juzgados Togados Militares la instrucción de los procedimientos competencia de la jurisdicción militar.
¿Qué obligación impone el art. 6 respecto a los órganos judiciales militares?
📖 LO 4/1987, art. 6
Explicación: El art. 6 de la LO 4/1987 impone a todos el respeto a la independencia de los órganos que ejercen la jurisdicción militar.
Los miembros de los órganos judiciales militares son:
📖 LO 4/1987, art. 8
Explicación: El art. 8 de la LO 4/1987 garantiza que los miembros de los órganos judiciales militares son independientes, inamovibles, responsables y sometidos solo a la ley.
En tiempo de paz, la competencia de la jurisdicción militar se limita a:
📖 LO 4/1987, art. 12
Explicación: El art. 12 de la LO 4/1987 circunscribe, en tiempo de paz, la competencia de la jurisdicción militar a los delitos del Código Penal Militar y conexos.
Según el principio de conexidad del art. 14, conocerá de los delitos conexos:
📖 LO 4/1987, art. 14
Explicación: El art. 14 de la LO 4/1987 dispone que, en caso de delitos conexos, conocerá la jurisdicción a la que corresponda el delito de pena más grave.
El precepto constitucional que ampara la jurisdicción militar es:
📖 CE, art. 117.5
Explicación: El art. 117.5 CE consagra el principio de unidad jurisdiccional y admite la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio.
En los supuestos de estado de sitio, la jurisdicción militar actúa conforme a:
📖 LO 4/1987 y LO 4/1981
Explicación: La jurisdicción militar puede asumir competencias en estado de sitio conforme a la LO 4/1981 reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio, y a la legislación penal militar.
La Fiscalía Jurídico Militar:
📖 LO 4/1987, art. 87-88
Explicación: Los arts. 87 y 88 de la LO 4/1987 integran la Fiscalía Jurídico Militar en el Ministerio Fiscal, bajo la dependencia del Fiscal General del Estado.
Los miembros togados de los órganos judiciales militares proceden del:
📖 LO 4/1987, Cuerpo Jurídico Militar
Explicación: La LO 4/1987 dispone que los miembros togados de los órganos judiciales militares pertenecen al Cuerpo Jurídico Militar.
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo también es competente para:
📖 LO 4/1987, art. 23
Explicación: El art. 23 de la LO 4/1987 atribuye a la Sala de lo Militar del TS el enjuiciamiento de aforados militares de alto rango, además de los recursos de casación y revisión.
La jurisdicción penal militar respecto de su competencia es:
📖 LO 4/1987 (improrrogabilidad)
Explicación: La competencia de la jurisdicción militar es improrrogable y limitada a los asuntos que la ley le atribuye, garantía del juez ordinario predeterminado por la ley.
Los conflictos de jurisdicción entre la militar y la ordinaria se resuelven por:
📖 LOPJ, Sala de Conflictos
Explicación: Los conflictos de jurisdicción entre los órganos militares y los ordinarios se resuelven por la Sala de Conflictos prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El Tribunal Militar Central conoce, entre otros asuntos, de:
📖 LO 4/1987, art. 34
Explicación: El art. 34 de la LO 4/1987 atribuye al Tribunal Militar Central el conocimiento de procedimientos en función del empleo del inculpado y demás competencias legalmente fijadas.
La inamovilidad de los miembros de los órganos judiciales militares significa que:
📖 LO 4/1987, art. 8
Explicación: La inamovilidad del art. 8 de la LO 4/1987 implica que estos miembros no pueden ser separados, trasladados o jubilados sino por causas legalmente tasadas.
Las normas procesales aplicables a la jurisdicción militar se contienen en:
📖 LO 2/1989 Procesal Militar
Explicación: La LO 4/1987 organiza la jurisdicción militar, mientras que el procedimiento se rige por la LO 2/1989 Procesal Militar.
¿Cómo se nombran los Magistrados de la Sala de lo Militar procedentes del Cuerpo Jurídico Militar?
📖 LO 4/1987, art. 23
Explicación: El art. 23 de la LO 4/1987 prevé que los Magistrados de procedencia militar se nombren por Real Decreto a propuesta del CGPJ entre Generales Consejeros Togados y Generales Auditores.
La unidad jurisdiccional como principio constitucional implica respecto a la jurisdicción militar que:
📖 CE art. 117.5 y LO 4/1987
Explicación: El art. 117.5 CE consagra la unidad jurisdiccional y la jurisdicción militar como única excepción, circunscrita por la LO 4/1987 al ámbito estrictamente castrense y al estado de sitio.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Ley Orgánica 4/1987, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

Sigue practicando