Test: Ley Procesal Militar (LO 2/1989) — Suboficiales FF.AA. | 25 preguntas

Test de 25 preguntas sobre la Ley Orgánica 2/1989 Procesal Militar, con artículo y fuente legal citada en cada pregunta.

⚖️ Fuente: Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
¿Qué garantiza el art. 1 de la LO 2/1989 Procesal Militar?
📖 LO 2/1989, art. 1
Explicación: El art. 1 de la LO 2/1989 consagra el principio de legalidad procesal: solo cabe imponer penas en virtud de sentencia de juez o tribunal militar competente.
La LO 2/1989 prohíbe expresamente:
📖 LO 2/1989, art. 3
Explicación: El art. 3 de la LO 2/1989 recoge la prohibición de doble enjuiciamiento por los mismos hechos (non bis in idem) en el proceso penal militar.
¿Qué carácter tiene la jurisdicción penal militar según el art. 9?
📖 LO 2/1989, art. 9
Explicación: El art. 9 de la LO 2/1989 establece que la jurisdicción penal militar es improrrogable, no pudiendo extenderse a asuntos distintos de los legalmente atribuidos.
La competencia territorial, conforme al art. 10, corresponde con carácter general al órgano del lugar:
📖 LO 2/1989, art. 10
Explicación: El art. 10 de la LO 2/1989 atribuye la competencia territorial, con carácter general, al órgano judicial del lugar de comisión del delito.
¿Quién puede dirigir las diligencias previas en el proceso penal militar?
📖 LO 2/1989, diligencias previas
Explicación: La LO 2/1989 prevé que las diligencias previas se desarrollen bajo la dirección del Fiscal Jurídico Militar, con las garantías judiciales correspondientes.
La instrucción del sumario en el procedimiento ordinario corresponde a:
📖 LO 2/1989, procedimiento ordinario
Explicación: En el procedimiento ordinario de la LO 2/1989 la instrucción del sumario corresponde al Juez Togado Militar, que practica las diligencias de investigación.
¿Qué carácter tienen las actuaciones del juicio oral en el proceso penal militar?
📖 LO 2/1989, juicio oral
Explicación: La LO 2/1989 configura el juicio oral con actuaciones predominantemente orales y públicas, como garantía del proceso penal militar.
La asistencia letrada al inculpado en el proceso penal militar es:
📖 LO 2/1989, derecho de defensa
Explicación: La LO 2/1989 garantiza el derecho de defensa con asistencia letrada al inculpado desde el momento de la imputación, como parte de las garantías procesales.
¿Quién ejerce la acusación pública en el proceso penal militar?
📖 LO 2/1989, partes
Explicación: En el proceso penal militar la acusación pública la ejerce el Fiscal Jurídico Militar, integrado en el Ministerio Fiscal.
Además del Fiscal, ¿qué partes pueden intervenir en el proceso penal militar?
📖 LO 2/1989, partes
Explicación: La LO 2/1989 admite como partes, junto al Fiscal Jurídico Militar y la defensa, al acusador particular y al actor civil para la responsabilidad civil.
El auto de procesamiento exige:
📖 LO 2/1989, procesamiento
Explicación: La LO 2/1989 requiere, para dictar el auto de procesamiento, que existan indicios racionales de criminalidad contra una persona determinada.
La prueba esencial sobre la que se funda la sentencia es la practicada:
📖 LO 2/1989, prueba
Explicación: La LO 2/1989 considera prueba esencial del proceso la practicada en el juicio oral con respeto a la contradicción, inmediación y publicidad.
¿Ante qué órgano se interpone el recurso de casación en el proceso penal militar?
📖 LO 2/1989, recursos
Explicación: La LO 2/1989 prevé el recurso de casación, del que conoce la Sala de lo Militar (Sala Quinta) del Tribunal Supremo.
El recurso que se interpone contra la denegación de otro recurso se denomina:
📖 LO 2/1989, recursos
Explicación: La LO 2/1989 regula el recurso de queja, que procede frente a la denegación de la admisión de otros recursos.
El recurso de revisión en el proceso penal militar procede:
📖 LO 2/1989, recurso de revisión
Explicación: La LO 2/1989 contempla el recurso de revisión como medio extraordinario frente a sentencias firmes cuando aparecen hechos o pruebas que evidencian el error de la condena.
El procedimiento sumarísimo de la LO 2/1989 está previsto para:
📖 LO 2/1989, procedimiento sumarísimo
Explicación: La LO 2/1989 reserva el procedimiento sumarísimo para situaciones de conflicto armado, caracterizado por la concentración de actuaciones y la abreviación de los plazos.
El procedimiento contencioso-disciplinario militar tiene por objeto:
📖 LO 2/1989, Libro IV
Explicación: El Libro IV de la LO 2/1989 regula el recurso contencioso-disciplinario militar, que permite el control jurisdiccional de las sanciones disciplinarias impuestas.
¿Qué órganos conocen del recurso contencioso-disciplinario militar?
📖 LO 2/1989, Libro IV
Explicación: La LO 2/1989 atribuye el conocimiento del recurso contencioso-disciplinario militar a los Tribunales Militares, el Tribunal Militar Central y la Sala de lo Militar del TS, según la sanción.
La sentencia en el proceso penal militar debe contener:
📖 LO 2/1989, sentencia
Explicación: La LO 2/1989 exige que la sentencia exprese los hechos que se declaran probados, los fundamentos de derecho y el fallo.
¿Qué papel desempeña el Fiscal Jurídico Militar en el proceso?
📖 LO 2/1989, Ministerio Fiscal
Explicación: El Fiscal Jurídico Militar, conforme a la LO 2/1989, promueve la acción de la justicia en defensa de la legalidad, los derechos y el interés público tutelado por la ley.
En lo no previsto en la LO 2/1989 se aplica supletoriamente:
📖 LO 2/1989, supletoriedad
Explicación: La LO 2/1989 establece la aplicación supletoria de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en lo no previsto expresamente por la ley procesal militar.
La calificación provisional de los hechos en el proceso penal militar la realizan:
📖 LO 2/1989, calificación
Explicación: La LO 2/1989 prevé que, concluido el sumario, las partes (Fiscal, acusación particular y defensa) formulen sus calificaciones provisionales de los hechos y delitos.
Las medidas cautelares personales, como la prisión preventiva, se adoptan:
📖 LO 2/1989, medidas cautelares
Explicación: La LO 2/1989 sujeta la adopción de medidas cautelares personales, como la prisión preventiva, a resolución judicial motivada y a las garantías legalmente previstas.
El recurso de apelación en el proceso penal militar se interpone:
📖 LO 2/1989, recursos
Explicación: La LO 2/1989 regula el recurso de apelación contra autos y resoluciones de los Juzgados Togados, del que conoce el Tribunal Militar competente.
¿Qué finalidad persigue la LO 2/1989 además de la represión del delito?
📖 LO 2/1989, garantías
Explicación: La LO 2/1989 conjuga la persecución del delito con la garantía de los derechos del inculpado y de las víctimas, respetando la disciplina como principio esencial de las FAS.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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