Test: Haciendas Locales - Tecnico de Hacienda | 25 preguntas

Practica el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: los recursos de las entidades locales, las ordenanzas fiscales y las tasas, y los impuestos municipales (IBI, IAE, IVTM, ICIO e IIVTNU), con sus hechos imponibles, exenciones, bases y tipos de gravamen.

⚖️ Fuente: Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE-A-2004-4214) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Segun el art. 2 TRLRHL, NO es un recurso de las haciendas locales:
📖 Art. 2 TRLRHL
Explicación: El art. 2 TRLRHL enumera como recursos de las haciendas locales los ingresos de derecho privado, los tributos propios (tasas, contribuciones especiales e impuestos) y recargos, las participaciones en tributos del Estado y de las CCAA, subvenciones, precios publicos, operaciones de credito, multas y demas prestaciones; el IRPF es un impuesto estatal.
Las ordenanzas fiscales, mediante las que las entidades locales regulan sus tributos, se regulan en el art.:
📖 Art. 15 TRLRHL
Explicación: El art. 15 TRLRHL dispone que las entidades locales deberan acordar la imposicion y supresion de sus tributos propios y aprobar las correspondientes ordenanzas fiscales reguladoras.
Conforme al art. 59 TRLRHL, son impuestos municipales de exigencia OBLIGATORIA:
📖 Art. 59 TRLRHL
Explicación: El art. 59 TRLRHL establece como impuestos de exaccion obligatoria el IBI, el IAE y el IVTM, y como potestativos el ICIO y el IIVTNU (plusvalia).
Segun el art. 60 TRLRHL, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo:
📖 Art. 60 TRLRHL
Explicación: El art. 60 TRLRHL define el IBI como un tributo directo de caracter real que grava el valor de los bienes inmuebles.
El hecho imponible del IBI (art. 61 TRLRHL) es la titularidad de:
📖 Art. 61 TRLRHL
Explicación: El art. 61 TRLRHL configura el hecho imponible del IBI por la titularidad de una concesion administrativa, de un derecho real de superficie, de usufructo o de propiedad sobre los bienes inmuebles rusticos, urbanos o de caracteristicas especiales.
La base imponible del IBI (art. 65 TRLRHL) esta constituida por:
📖 Art. 65 TRLRHL
Explicación: El art. 65 TRLRHL establece que la base imponible del IBI esta constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles, determinado conforme a la normativa del Catastro.
Conforme al art. 72 TRLRHL, el tipo de gravamen minimo del IBI para los bienes urbanos es del:
📖 Art. 72 TRLRHL
Explicación: El art. 72 TRLRHL fija para los bienes urbanos un tipo de gravamen entre el 0,4 por ciento (minimo) y el 1,10 por ciento (maximo), y para los rusticos entre el 0,3 y el 0,90 por ciento.
Segun el art. 78 TRLRHL, el Impuesto sobre Actividades Economicas (IAE) grava:
📖 Art. 78 TRLRHL
Explicación: El art. 78 TRLRHL define el IAE como un tributo directo de caracter real cuyo hecho imponible esta constituido por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artisticas.
Conforme al art. 82 TRLRHL, estan exentos del IAE los sujetos pasivos con un importe neto de cifra de negocios inferior a:
📖 Art. 82 TRLRHL
Explicación: El art. 82 TRLRHL declara exentos del IAE, entre otros, a las personas fisicas y a los sujetos pasivos que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros, asi como a quienes inicien su actividad durante los dos primeros periodos impositivos.
Las personas fisicas, conforme al art. 82 TRLRHL, respecto del IAE estan:
📖 Art. 82 TRLRHL
Explicación: El art. 82.1.c) TRLRHL declara exentas del IAE a todas las personas fisicas, con independencia de su cifra de negocios.
El Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica (IVTM) es, conforme al art. 92 TRLRHL, un tributo:
📖 Art. 92 TRLRHL
Explicación: El art. 92 TRLRHL define el IVTM como un tributo directo que grava la titularidad de los vehiculos de esta naturaleza, aptos para circular por las vias publicas, cualesquiera que sean su clase y categoria.
Segun el art. 100 TRLRHL, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo:
📖 Art. 100 TRLRHL
Explicación: El art. 100 TRLRHL configura el ICIO como un tributo indirecto cuyo hecho imponible esta constituido por la realizacion, dentro del termino municipal, de cualquier construccion, instalacion u obra para la que se exija obtencion de la correspondiente licencia.
La base imponible del ICIO (art. 102 TRLRHL) esta constituida por:
📖 Art. 102 TRLRHL
Explicación: El art. 102 TRLRHL establece que la base imponible del ICIO es el coste real y efectivo de la construccion, instalacion u obra, sin incluir el IVA, las tasas, los honorarios profesionales ni el beneficio empresarial del contratista.
Conforme al art. 102.3 TRLRHL, el tipo de gravamen del ICIO no podra exceder del:
📖 Art. 102.3 TRLRHL
Explicación: El art. 102.3 TRLRHL dispone que el tipo de gravamen del ICIO sera el fijado por cada ayuntamiento sin que pueda exceder del 4 por ciento.
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conforme al art. 104 TRLRHL, grava:
📖 Art. 104 TRLRHL
Explicación: El art. 104 TRLRHL define el IIVTNU (plusvalia municipal) como un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten los terrenos de naturaleza urbana, puesto de manifiesto a consecuencia de la transmision de la propiedad o de la constitucion o transmision de derechos reales.
Las tasas de las entidades locales (art. 20 TRLRHL) pueden establecerse por:
📖 Art. 20 TRLRHL
Explicación: El art. 20 TRLRHL permite a las entidades locales establecer tasas por la utilizacion privativa o el aprovechamiento especial del dominio publico local y por la prestacion de servicios publicos o la realizacion de actividades administrativas de competencia local que se refieran, afecten o beneficien de modo particular a los sujetos pasivos.
Conforme al art. 25 TRLRHL, los acuerdos de establecimiento de tasas por la prestacion de servicios deben adoptarse:
📖 Art. 25 TRLRHL
Explicación: El art. 25 TRLRHL exige que los acuerdos de establecimiento de tasas por la utilizacion privativa o por la prestacion de servicios se adopten a la vista de informes tecnico-economicos que pongan de manifiesto el valor de mercado o la previsible cobertura del coste.
Las contribuciones especiales (art. 28 TRLRHL) tienen por hecho imponible:
📖 Art. 28 TRLRHL
Explicación: El art. 28 TRLRHL define las contribuciones especiales por la obtencion por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realizacion de obras publicas o del establecimiento o ampliacion de servicios publicos de caracter local.
Conforme al art. 24 TRLRHL, el importe de las tasas por prestacion de un servicio:
📖 Art. 24 TRLRHL
Explicación: El art. 24.2 TRLRHL establece que el importe de las tasas por la prestacion de un servicio o por la realizacion de una actividad no podra exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del servicio o actividad.
Segun el TRLRHL, el periodo impositivo del IBI y del IAE:
📖 Art. 75 y 89 TRLRHL
Explicación: Tanto en el IBI (art. 75 TRLRHL) como en el IAE (art. 89 TRLRHL) el periodo impositivo coincide con el ano natural y el impuesto se devenga el primer dia del periodo impositivo.
Son ingresos de derecho privado de las entidades locales (art. 3 TRLRHL):
📖 Art. 3 TRLRHL
Explicación: El art. 3 TRLRHL considera ingresos de derecho privado los rendimientos o productos de cualquier naturaleza derivados de su patrimonio, asi como las adquisiciones a titulo de herencia, legado o donacion.
Conforme al TRLRHL, contra los actos de aplicacion y efectividad de los tributos locales cabe interponer:
📖 Art. 14 TRLRHL
Explicación: El art. 14 TRLRHL establece, con caracter general, el recurso de reposicion previo al contencioso-administrativo contra los actos de gestion, liquidacion, recaudacion e inspeccion de los tributos locales; en los municipios de gran poblacion existe ademas la reclamacion economico-administrativa.
Segun el art. 62 TRLRHL, gozan de exencion en el IBI, entre otros:
📖 Art. 62 TRLRHL
Explicación: El art. 62 TRLRHL declara exentos del IBI, entre otros, los inmuebles propiedad del Estado, de las CCAA o de las entidades locales afectos a la defensa nacional, la seguridad ciudadana, los servicios educativos y penitenciarios, asi como los de la Iglesia Catolica y los declarados monumento o jardin historico.
La gestion del IBI, conforme al TRLRHL, es:
📖 Art. 77 TRLRHL
Explicación: El art. 77 TRLRHL configura la gestion del IBI como una gestion compartida: la gestion catastral (valor catastral) corresponde a la Direccion General del Catastro y la gestion tributaria (liquidacion, recaudacion y revision) corresponde al ayuntamiento.
Conforme al TRLRHL, las entidades locales pueden establecer un recargo sobre el IAE a favor de:
📖 Art. 134 TRLRHL
Explicación: El art. 134 TRLRHL permite a las Diputaciones Provinciales establecer un recargo provincial exigible sobre las cuotas municipales modificadas del IAE.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (RDLeg 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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