Test: La Ejecución Civil (LEC) — Tramitación Procesal | 25 preguntas

Practica el proceso de ejecución civil: títulos ejecutivos, demanda ejecutiva, despacho de ejecución, oposición, embargo y bienes inembargables, tercerías, subasta electrónica y costas de la ejecución.

⚖️ Fuente: Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (arts. 517-570 y 584-648, BOE-A-2000-323) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Lleva aparejada ejecución, conforme al art. 517.2 LEC:
📖 LEC — art. 517.2
Explicación: El art. 517.2 LEC enumera los títulos ejecutivos, encabezados por la sentencia de condena firme, junto con laudos, acuerdos de mediación, escrituras públicas y pólizas, entre otros.
La acción ejecutiva fundada en sentencia o resolución judicial caduca si no se interpone la demanda ejecutiva en (art. 518 LEC):
📖 LEC — art. 518
Explicación: El art. 518 LEC fija en cinco años, desde la firmeza de la sentencia o resolución, el plazo de caducidad de la acción ejecutiva fundada en ellas.
Entre los títulos ejecutivos extrajudiciales del art. 517.2 LEC se encuentran:
📖 LEC — art. 517.2.4º
Explicación: El art. 517.2.4º LEC reconoce fuerza ejecutiva a las escrituras públicas, con tal que sea primera copia o, siendo segunda, esté dada en virtud de mandamiento judicial.
La demanda ejecutiva debe expresar, conforme al art. 549.1 LEC:
📖 LEC — art. 549.1
Explicación: El art. 549.1 LEC exige que la demanda ejecutiva exprese el título, la clase de tutela ejecutiva, los bienes susceptibles de embargo y la identificación de la persona frente a la que se pide el despacho.
El despacho de la ejecución se acuerda mediante (art. 551 LEC):
📖 LEC — art. 551
Explicación: El art. 551 LEC prevé que el tribunal dicte auto despachando ejecución y que el Letrado de la AJ dicte decreto con las medidas ejecutivas concretas y las de localización y averiguación de bienes.
Contra el auto que despacha ejecución (art. 551/556 LEC):
📖 LEC — art. 556
Explicación: Frente al auto que despacha ejecución no cabe recurso distinto, debiendo el ejecutado canalizar su defensa mediante la oposición a la ejecución (arts. 551 y 556 LEC).
El plazo del ejecutado para oponerse a la ejecución es de (art. 556.1 LEC):
📖 LEC — art. 556.1
Explicación: El art. 556.1 LEC concede al ejecutado un plazo de diez días, desde la notificación del auto que despacha ejecución, para oponerse a ella por escrito.
Son motivos de oposición a la ejecución de título judicial (art. 556.1 LEC):
📖 LEC — art. 556.1
Explicación: El art. 556.1 LEC limita la oposición a la ejecución de título judicial al pago o cumplimiento, la caducidad de la acción ejecutiva y los pactos y transacciones convenidos para evitar la ejecución, que consten en documento público.
En la ejecución de títulos no judiciales, el ejecutado puede oponer (art. 557.1 LEC):
📖 LEC — art. 557.1
Explicación: El art. 557.1 LEC enumera los motivos de oposición de fondo frente a títulos no judiciales: pago, compensación de crédito líquido, pluspetición, prescripción y caducidad, quita o espera, transacción y la existencia de cláusulas abusivas.
La oposición por defectos procesales del art. 559.1 LEC puede fundarse en:
📖 LEC — art. 559.1
Explicación: El art. 559.1 LEC permite la oposición por defectos procesales: falta de carácter o representación del ejecutante o ejecutado, falta de capacidad y nulidad del despacho por no contener la sentencia pronunciamientos de condena o no reunir el título los requisitos legales.
La oposición de fondo a la ejecución de título judicial (art. 556.2 LEC):
📖 LEC — art. 556.2
Explicación: El art. 556.2 LEC dispone que la oposición fundada en motivos de fondo en la ejecución de título judicial no suspende el curso de la ejecución.
Las sentencias de condena no firmes pueden, conforme al art. 524 LEC:
📖 LEC — art. 524
Explicación: El art. 524 LEC admite la ejecución provisional de las sentencias de condena no firmes, a instancia de parte y bajo la responsabilidad de quien la solicita.
El embargo de bienes sin la debida designación o concreción (art. 588 LEC) es:
📖 LEC — art. 588
Explicación: El art. 588 LEC declara nulo el embargo sobre bienes y derechos cuya efectiva existencia no conste, salvo las excepciones legalmente previstas.
Son absolutamente inembargables, conforme al art. 605 LEC:
📖 LEC — art. 605
Explicación: El art. 605 LEC declara absolutamente inembargables los bienes declarados inalienables, los derechos accesorios no enajenables con independencia del principal, los bienes que carezcan de contenido patrimonial y los expresamente declarados inembargables por alguna ley.
Respecto del salario, sueldo o pensión, el art. 607 LEC dispone que:
📖 LEC — art. 607
Explicación: El art. 607 LEC declara inembargable el salario, sueldo o pensión que no exceda del salario mínimo interprofesional, embargándose el exceso conforme a la escala porcentual que establece.
Si acreedor y deudor no han convenido otra cosa, el orden de los embargos sigue (art. 592.1 LEC):
📖 LEC — art. 592.1
Explicación: El art. 592.1 LEC ordena embargar los bienes guardando el orden de mayor facilidad de su enajenación y menor onerosidad para el ejecutado, a falta de pacto.
La tercería de dominio (art. 595 LEC) se funda en:
📖 LEC — art. 595
Explicación: El art. 595 LEC regula la tercería de dominio, que se interpone por quien afirma ser dueño de un bien embargado como perteneciente al ejecutado, al objeto de obtener el alzamiento del embargo.
La tercería de mejor derecho (art. 614 LEC) la interpone quien afirma:
📖 LEC — art. 614
Explicación: El art. 614 LEC reconoce la tercería de mejor derecho a quien afirme que le corresponde un crédito que debe ser satisfecho con preferencia al del acreedor ejecutante.
La subasta judicial de bienes se llevará a cabo (art. 648 LEC):
📖 LEC — art. 648
Explicación: El art. 648 LEC dispone que la subasta se lleve a cabo de forma electrónica en el Portal de Subastas dependiente de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Para tomar parte en la subasta, los postores deben consignar (art. 647.1 LEC):
📖 LEC — art. 647.1
Explicación: El art. 647.1 LEC exige, para participar en la subasta, estar identificado y haber consignado el 5 por ciento del valor de los bienes por el que salieran a subasta.
El despacho de ejecución por cantidad de dinero comprende, además del principal, una previsión para intereses y costas que (art. 575.1 LEC):
📖 LEC — art. 575.1
Explicación: El art. 575.1 LEC dispone que la ejecución se despacha por la cantidad reclamada más la que se prevea para intereses y costas, sin que esta última, en general, pueda exceder del 30 por ciento de la reclamada.
En la ejecución por obligación de hacer no personalísimo, si el ejecutado no la realiza (art. 706 LEC):
📖 LEC — art. 706
Explicación: El art. 706 LEC permite, en la condena a hacer no personalísimo, que el ejecutante pida que se le faculte para encargarlo a un tercero a costa del ejecutado o reclame el resarcimiento de los daños y perjuicios.
La suspensión de la ejecución solo se acuerda (art. 565.1 LEC):
📖 LEC — art. 565.1
Explicación: El art. 565.1 LEC dispone que la ejecución solo se suspende en los casos en que la ley lo ordene de modo expreso o así lo acuerden todas las partes personadas.
Las costas del proceso de ejecución (art. 539.2 LEC):
📖 LEC — art. 539.2
Explicación: El art. 539.2 LEC establece que las costas de la ejecución son a cargo del ejecutado sin necesidad de expresa imposición, salvo los incidentes que se resuelvan conforme a las reglas generales.
El órgano competente para la ejecución de resoluciones judiciales es, con carácter general (art. 545.1 LEC):
📖 LEC — art. 545.1
Explicación: El art. 545.1 LEC atribuye la competencia para la ejecución de resoluciones judiciales al tribunal que conoció del asunto en primera instancia o en el que se homologó la transacción o acuerdo.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (arts. 517-570 y 584-648, BOE-A-2000-323)). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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