Test: La incapacidad temporal — Tramitación Seguridad Social | 25 preguntas

Practica la incapacidad temporal según la Ley General de la Seguridad Social: su concepto, la duración máxima de 365 días prorrogables, los supuestos especiales, el nacimiento y la cuantía del subsidio, la base reguladora, la prórroga y la calificación por el INSS, y las causas de extinción.

⚖️ Fuente: Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015), arts. 169-176 — BOE-A-2015-11724 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 169 LGSS, ¿qué situaciones determinan la incapacidad temporal?
📖 Art. 169.1 LGSS
Explicación: El art. 169.1 considera situaciones determinantes de incapacidad temporal las debidas a enfermedad común o profesional y a accidente, sea o no de trabajo, mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y esté impedido para el trabajo.
Según el art. 169 LGSS, ¿cuál es la duración máxima de la incapacidad temporal?
📖 Art. 169.1.a) LGSS
Explicación: El art. 169.1.a) fija una duración máxima de 365 días, prorrogables por otros 180 días cuando se presuma que durante ellos el trabajador puede ser dado de alta médica por curación.
Tras la reforma de la LGSS, ¿cuál de estos es un supuesto especial asimilado a la incapacidad temporal (art. 169)?
📖 Art. 169.1 LGSS
Explicación: El art. 169 incorpora como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes la menstruación incapacitante secundaria, la interrupción del embarazo (voluntaria o no) mientras se reciba asistencia sanitaria y se esté impedido para el trabajo, y la gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena.
Según el art. 173 LGSS, en la enfermedad común el subsidio de incapacidad temporal se abona a partir del:
📖 Art. 173.1 LGSS
Explicación: El art. 173.1 establece que en caso de enfermedad común o accidente no laboral el subsidio se abona a partir del cuarto día de la baja en el trabajo; en los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se abona desde el día siguiente al de la baja.
En la incapacidad temporal por contingencias comunes, ¿qué cuantía se percibe entre el día 4 y el 20?
📖 Art. 171 LGSS y desarrollo reglamentario
Explicación: En la IT por contingencias comunes, el subsidio equivale al 60% de la base reguladora desde el día 4 hasta el día 20 inclusive, conforme a la cuantía regulada en la LGSS y su normativa de desarrollo.
En la incapacidad temporal por contingencias comunes, a partir del día 21, ¿qué cuantía se percibe?
📖 Art. 171 LGSS y desarrollo reglamentario
Explicación: A partir del día 21 de la baja, el subsidio por IT derivada de contingencias comunes se eleva al 75% de la base reguladora.
En la incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la cuantía del subsidio es:
📖 IT por contingencias profesionales
Explicación: Cuando la IT deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio es el 75% de la base reguladora y se percibe desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, corriendo a cargo del empresario el salario íntegro del día del accidente.
En la enfermedad común, ¿quién abona el subsidio entre los días 4 y 15 de la baja?
📖 Art. 173 LGSS — pago a cargo del empresario
Explicación: En la IT por enfermedad común o accidente no laboral, el abono del subsidio correspondiente a los días 4 a 15 de la baja, ambos inclusive, corre a cargo del empresario; a partir del día 16 el subsidio es a cargo de la entidad gestora o de la mutua, abonado en régimen de pago delegado por la empresa.
Según el art. 169 LGSS, agotados los 365 días iniciales, ¿quién es competente para acordar la prórroga de 180 días o el alta?
📖 Art. 170 LGSS
Explicación: El art. 170 atribuye al INSS, agotado el plazo de 365 días, las competencias para reconocer la situación de prórroga expresa con un límite de 180 días más, determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, o emitir el alta médica.
El periodo mínimo de cotización exigido para el subsidio de IT por enfermedad COMÚN es de:
📖 Art. 172 LGSS
Explicación: El art. 172 exige, para la IT derivada de enfermedad común, un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante; para la derivada de accidente (sea o no de trabajo) y enfermedad profesional no se exige periodo previo de cotización.
En la IT derivada de accidente (de trabajo o no) y enfermedad profesional, el periodo previo de cotización exigido es:
📖 Art. 172 LGSS
Explicación: El art. 172 establece que para acceder al subsidio por IT derivada de accidente, sea o no de trabajo, y de enfermedad profesional, no se exige periodo previo de cotización alguno.
Según el art. 174 LGSS, ¿cuál es una causa de EXTINCIÓN del derecho al subsidio de incapacidad temporal?
📖 Art. 174 LGSS
Explicación: El art. 174 enumera las causas de extinción del subsidio de IT: el transcurso del plazo máximo establecido, el alta médica por curación o mejoría, el reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente, la incomparecencia injustificada a reconocimientos, el fallecimiento del beneficiario, entre otras.
La base reguladora del subsidio de IT por contingencias comunes se obtiene a partir de:
📖 Art. 171 LGSS y desarrollo reglamentario
Explicación: La base reguladora del subsidio por IT derivada de contingencias comunes se determina dividiendo la base de cotización por contingencias comunes del trabajador en el mes anterior al de la fecha de baja por el número de días a que dicha cotización se refiere.
Los partes médicos de baja, confirmación y alta en la incapacidad temporal son expedidos, con carácter general, por:
📖 Gestión de la IT — partes médicos
Explicación: Los partes de baja, confirmación y alta en la IT se expiden por los facultativos del servicio público de salud (en contingencias comunes) o por la mutua colaboradora (en contingencias profesionales y, en su caso, cuando gestione la prestación de contingencias comunes), conforme al procedimiento reglamentario.
En la enfermedad común, los tres primeros días de baja (días 1 a 3):
📖 Art. 173 LGSS
Explicación: En la IT por enfermedad común o accidente no laboral no se percibe subsidio durante los tres primeros días de la baja; estos días pueden ser cubiertos por mejoras voluntarias establecidas en convenio colectivo o pacto, pero no por la prestación legal.
Durante la situación de incapacidad temporal, respecto de la obligación de cotizar:
📖 Art. 144 LGSS
Explicación: Durante la IT subsiste la obligación de cotizar, ya que el trabajador permanece en situación de alta; la cotización continúa mientras dure la situación, conforme a las reglas generales sobre nacimiento, duración y extinción de la obligación de cotizar.
El subsidio de IT se abona habitualmente al trabajador mediante el sistema de:
📖 Gestión de la IT — pago delegado
Explicación: El subsidio por IT se abona, con carácter general, en régimen de pago delegado: la empresa lo abona al trabajador con la misma periodicidad que los salarios y posteriormente lo compensa o deduce en la liquidación de cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Cuando se agota el plazo máximo de 545 días (365 + 180) sin alta, ¿qué debe valorarse?
📖 Art. 170 LGSS
Explicación: El art. 170 prevé que, agotado el plazo de 365 días más la prórroga de 180, el INSS examinará en el plazo legal la situación del trabajador a efectos de su calificación, en el grado que corresponda, como incapacidad permanente; durante la demora en la calificación puede prorrogarse el efecto económico de la IT.
La incapacidad temporal por contingencias profesionales puede ser gestionada por:
📖 Entidades colaboradoras — mutuas
Explicación: La cobertura de las contingencias profesionales (y opcionalmente la prestación económica por IT de contingencias comunes) puede gestionarse por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, entidades sin ánimo de lucro que colaboran en la gestión, cuando el empresario haya formalizado la cobertura con ellas.
Una nueva baja médica por la misma o similar patología dentro de los 180 días siguientes al alta se considera:
📖 Art. 169 LGSS — recaída
Explicación: Conforme al art. 169, se considera que existe un nuevo proceso de IT cuando se produce baja por la misma o similar patología transcurridos más de 180 días desde el alta anterior; si no han transcurrido, se computa como recaída del mismo proceso, sumándose los periodos a efectos de la duración máxima.
El reconocimiento del derecho al subsidio de IT exige que el trabajador esté:
📖 Art. 172 LGSS
Explicación: El art. 172 exige, para ser beneficiario del subsidio de IT, estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la fecha del hecho causante y reunir, en su caso, el periodo mínimo de cotización exigible según la contingencia.
La incapacidad temporal forma parte de la acción protectora del sistema como prestación:
📖 Art. 42 LGSS — acción protectora
Explicación: El art. 42 incluye la incapacidad temporal entre las prestaciones de la acción protectora del sistema; se trata de una prestación económica de carácter contributivo (subsidio diario) que sustituye las rentas dejadas de percibir mientras dura la situación protegida.
La negativa injustificada del beneficiario a someterse a los reconocimientos médicos del INSS o la mutua puede dar lugar a:
📖 Art. 174 LGSS
Explicación: Conforme al art. 174 y normativa de desarrollo, la incomparecencia injustificada del beneficiario a los reconocimientos médicos ordenados por el INSS o la mutua puede determinar la suspensión cautelar y, en su caso, la extinción del derecho al subsidio por incapacidad temporal.
El día del accidente de trabajo, el salario íntegro de ese día corre a cargo de:
📖 IT por contingencias profesionales
Explicación: En la IT derivada de accidente de trabajo, el salario correspondiente al día en que se produce el accidente lo abona íntegramente el empresario; el subsidio del 75% de la base reguladora se percibe a partir del día siguiente al de la baja.
La función del subsidio de incapacidad temporal es:
📖 Arts. 169-171 LGSS
Explicación: El subsidio por IT (arts. 169 a 171) tiene por finalidad sustituir las rentas salariales dejadas de percibir por el trabajador durante el tiempo en que, recibiendo asistencia sanitaria de la Seguridad Social, está impedido temporalmente para el trabajo.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (LGSS RDLeg 8/2015 — incapacidad temporal). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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