Test: El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) — Tramitación Seguridad Social | 25 preguntas

Practica el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) conforme a la LGSS y a la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo: campo de aplicación, afiliación y altas, cotización por rendimientos reales, acción protectora, cese de actividad y trabajador autónomo económicamente dependiente.

⚖️ Fuente: LGSS (RDLeg 8/2015), arts. 305-326 — BOE-A-2015-11724 · Ley 20/2007, Estatuto del Trabajo Autónomo — BOE-A-2007-13409 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 305 LGSS, ¿quién queda incluido obligatoriamente en el RETA?
📖 Art. 305 LGSS
Explicación: El art. 305 define el campo de aplicación del RETA: las personas físicas mayores de 18 años que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
¿Cuál de los siguientes se incluye expresamente en el RETA (art. 305 LGSS)?
📖 Art. 305 LGSS
Explicación: El art. 305 incluye, entre otros, a los familiares colaboradores hasta el segundo grado, a los socios de sociedades de capital con control efectivo, a los comuneros de comunidades de bienes y a los profesionales que ejercen por cuenta propia, así como a los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
La afiliación, altas y bajas en el RETA, conforme al art. 308 LGSS, son:
📖 Art. 308 LGSS
Explicación: El art. 308 establece el carácter obligatorio de la afiliación y de las altas y bajas en el RETA; el alta debe solicitarse con anterioridad al inicio de la actividad y surte efectos desde el día en que concurran los requisitos.
Desde 2023, la cotización en el RETA se realiza, conforme al art. 308 LGSS, en función de:
📖 Art. 308 LGSS
Explicación: El nuevo sistema de cotización del RETA (RDL 13/2022, que reforma el art. 308 LGSS) determina la base de cotización en función de los rendimientos netos anuales del trabajador autónomo, encuadrándolo en tramos con una base mínima y una máxima entre las que puede elegir.
En el sistema de cotización por ingresos reales, el autónomo elige su base de cotización:
📖 Art. 308 LGSS
Explicación: El autónomo elige una base de cotización comprendida entre la base mínima y la máxima del tramo que corresponda a sus rendimientos netos previstos; al cierre del ejercicio la Tesorería regulariza las cotizaciones conforme a los rendimientos reales comunicados por la Administración tributaria.
La acción protectora del RETA, conforme al art. 314 LGSS, incluye con carácter obligatorio:
📖 Art. 314 LGSS
Explicación: Tras las últimas reformas, la acción protectora del RETA comprende de forma obligatoria, además de las contingencias comunes, la cobertura de la incapacidad temporal, las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y la protección por cese de actividad.
La prestación por cese de actividad de los autónomos (arts. 327 y ss. LGSS) protege:
📖 Art. 327 LGSS
Explicación: Los arts. 327 y siguientes regulan la protección por cese de actividad, asimilable al desempleo de los asalariados: cubre el cese total, definitivo o temporal, de la actividad por causas económicas, técnicas, productivas u organizativas, fuerza mayor u otras legalmente previstas, exigiendo carácter involuntario.
El trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE), conforme a la Ley 20/2007, es aquel que:
📖 Art. 11 Ley 20/2007
Explicación: El art. 11 de la Ley 20/2007 define al TRADE como el autónomo que realiza una actividad económica para una persona física o jurídica (cliente) de la que percibe, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales.
La Ley 20/2007, de 11 de julio, regula:
📖 Ley 20/2007
Explicación: La Ley 20/2007, de 11 de julio, aprueba el Estatuto del Trabajo Autónomo, primer texto legal que regula de forma sistemática el régimen profesional del trabajo por cuenta propia, incluida la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente.
La denominada "tarifa plana" para nuevos autónomos consiste, con carácter general, en:
📖 Art. 38 ter Ley 20/2007
Explicación: El Estatuto del Trabajo Autónomo prevé una cuota reducida ("tarifa plana") para quienes causan alta inicial en el RETA o no hubieran estado en situación de alta en los años inmediatamente anteriores, durante los primeros meses de actividad, con posibilidad de prórroga si los rendimientos son bajos.
Conforme al art. 305 LGSS, los socios de sociedades de capital quedan incluidos en el RETA cuando:
📖 Art. 305 LGSS
Explicación: El art. 305 incluye en el RETA a quienes ejercen funciones de dirección y gerencia o prestan otros servicios para una sociedad de capital a título lucrativo, cuando poseen su control efectivo (presunción que opera, entre otros, al alcanzar determinados porcentajes de participación).
La base de cotización elegida por el autónomo se regulariza al final del ejercicio:
📖 Art. 308 LGSS
Explicación: El sistema de ingresos reales prevé que, una vez conocidos los rendimientos netos definitivos a través de los datos tributarios, la Tesorería General regularice las cotizaciones provisionales, procediendo a la devolución del exceso o a la reclamación de la diferencia que corresponda.
El RETA es un régimen:
📖 Art. 305 / Art. 9 LGSS
Explicación: El sistema de Seguridad Social se estructura en un Régimen General y varios Regímenes Especiales (art. 9 LGSS); el RETA es uno de estos regímenes especiales, con normativa propia de afiliación, cotización y acción protectora, aunque progresivamente equiparado al General.
La prestación por nacimiento y cuidado de menor de un autónomo:
📖 Art. 318 LGSS
Explicación: El art. 318 LGSS remite a las normas del Régimen General para regular en el RETA prestaciones como la incapacidad temporal, el nacimiento y cuidado de menor o el riesgo durante el embarazo, con las particularidades propias del trabajo por cuenta propia.
La protección por cese de actividad exige al autónomo, entre otros requisitos:
📖 Art. 330 LGSS
Explicación: El art. 330 exige para la prestación por cese de actividad estar afiliado y en alta con la cobertura por cese, acreditar un periodo mínimo de cotización por dicha contingencia, encontrarse en situación legal de cese, suscribir el compromiso de actividad y hallarse al corriente en el pago de las cuotas.
El TRADE debe formalizar con su cliente, conforme a la Ley 20/2007:
📖 Art. 12 Ley 20/2007
Explicación: El art. 12 de la Ley 20/2007 exige que el contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente se formalice siempre por escrito y se registre en la oficina pública correspondiente, debiendo constar expresamente la condición de económicamente dependiente.
La cobertura de las contingencias profesionales en el RETA es, tras las últimas reformas:
📖 Art. 314-316 LGSS
Explicación: La cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) en el RETA, que durante años fue voluntaria, es hoy obligatoria para los trabajadores autónomos, integrándose en su acción protectora.
Las altas, bajas y variaciones de datos en el RETA deben comunicarse a:
📖 Art. 308 LGSS / RD 84/1996
Explicación: La gestión de la afiliación, altas, bajas y variaciones de datos del RETA corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social, ante la que el autónomo cumple sus obligaciones de encuadramiento, conforme al RD 84/1996 y al art. 308 LGSS.
La jubilación de los trabajadores incluidos en el RETA se rige:
📖 Art. 318 LGSS
Explicación: El art. 318 LGSS dispone que la pensión de jubilación de los autónomos se regule conforme a las reglas del Régimen General, con las especialidades del RETA, habiéndose ido equiparando progresivamente, incluida la posibilidad de jubilación anticipada y de jubilación activa.
El Estatuto del Trabajo Autónomo reconoce a los autónomos, entre otros, el derecho a:
📖 Art. 4 Ley 20/2007
Explicación: El art. 4 de la Ley 20/2007 enuncia los derechos profesionales básicos del trabajador autónomo: igualdad ante la ley y no discriminación, conciliación de la actividad con la vida personal y familiar, formación, integridad física y seguridad y salud, entre otros.
La base mínima de cotización del autónomo societario:
📖 Art. 308 LGSS / LPGE
Explicación: La normativa de cotización ha venido estableciendo, para los autónomos societarios y otros colectivos con mayores presunciones de capacidad económica, una base mínima de cotización específica, distinta y, en su caso, superior a la base mínima general de los autónomos personas físicas.
La situación legal de cese de actividad del autónomo debe acreditarse, conforme a la LGSS:
📖 Art. 332 LGSS
Explicación: El art. 332 LGSS detalla los medios por los que se acredita la situación legal de cese de actividad en función de la causa (motivos económicos, fuerza mayor, pérdida de licencia, violencia de género, divorcio del negocio familiar, etc.), exigiendo en cada caso la documentación correspondiente.
La cuantía de la prestación por cese de actividad se calcula aplicando:
📖 Art. 339 LGSS
Explicación: El art. 339 LGSS fija la cuantía de la prestación por cese de actividad en el 70% de la base reguladora, que es el promedio de las bases por las que el autónomo hubiera cotizado por contingencias profesionales durante los 12 meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación de cese.
El RETA forma parte de la acción protectora del sistema con un nivel de cobertura:
📖 Art. 314 LGSS
Explicación: Las sucesivas reformas han ido equiparando la acción protectora del RETA a la del Régimen General, incorporando con carácter obligatorio la incapacidad temporal, las contingencias profesionales y el cese de actividad, de modo que hoy ofrece una cobertura contributiva amplia.
Conforme a la Ley 20/2007, el trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE) tiene derecho a una interrupción anual de su actividad de, al menos:
📖 Art. 14 Ley 20/2007
Explicación: El art. 14 de la Ley 20/2007 reconoce al TRADE el derecho a una interrupción de su actividad anual de 18 días hábiles, sin perjuicio de lo que, mejorándolo, se pacte en el contrato o en el acuerdo de interés profesional aplicable.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (LGSS (RDLeg 8/2015), arts. 305-326 — BOE-A-2015-11724 · Ley 20/2007, Estatuto del Trabajo Autónomo — BOE-A-2007-13409). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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