Principios de igualdad, mérito y capacidad, requisitos, órganos de selección, sistemas selectivos y adquisición de la condición de funcionario. Test con artículos del TREBEP.
Según el art. 55.1 TREBEP, el acceso al empleo público se rige por los principios constitucionales de:
📖 Art. 55.1 TREBEP
Explicación: El art. 55.1 TREBEP reconoce a todos los ciudadanos el derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
El art. 56.1.c) TREBEP exige, como requisito general para participar en procesos selectivos, tener cumplidos:
📖 Art. 56.1.c) TREBEP
Explicación: El art. 56.1.c) TREBEP requiere tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima distinta para el acceso al empleo público.
Según el art. 56.1.d) TREBEP, entre los requisitos generales de acceso figura no haber sido:
📖 Art. 56.1.d) TREBEP
Explicación: El art. 56.1.d) TREBEP exige no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos.
El art. 59.1 TREBEP establece una reserva de plazas para personas con discapacidad de un cupo no inferior al:
📖 Art. 59.1 TREBEP
Explicación: El art. 59.1 TREBEP reserva un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública.
Según el art. 60.2 TREBEP, ¿quién NO puede formar parte de los órganos de selección?
📖 Art. 60.2 TREBEP
Explicación: El art. 60.2 TREBEP prohíbe que el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual formen parte de los órganos de selección.
El art. 60.1 TREBEP exige que los órganos de selección sean colegiados y que su composición se ajuste a los principios de:
📖 Art. 60.1 TREBEP
Explicación: El art. 60.1 TREBEP dispone que los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, tendiéndose, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
Según el art. 61.6 TREBEP, los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de:
📖 Art. 61.6 TREBEP
Explicación: El art. 61.6 TREBEP establece que los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición, que deberán incluir pruebas de capacidad; solo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso.
El art. 61.1 TREBEP dispone que los procesos selectivos tendrán carácter:
📖 Art. 61.1 TREBEP
Explicación: El art. 61.1 TREBEP determina que los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en la ley.
Según el art. 62.1 TREBEP, ¿cuál NO es un requisito para adquirir la condición de funcionario de carrera?
📖 Art. 62.1 TREBEP
Explicación: El art. 62.1 TREBEP enumera como requisitos: superación del proceso selectivo, nombramiento por el órgano competente, acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía, y toma de posesión. No exige experiencia previa en el sector privado.
El art. 55.2 TREBEP recoge, entre otros, el principio de selección referido a la composición de los órganos, denominado:
📖 Art. 55.2 TREBEP
Explicación: El art. 55.2 TREBEP enumera los principios rectores del acceso, entre ellos la publicidad de las convocatorias, la transparencia, la imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, la independencia y discrecionalidad técnica, y la agilidad.
Según el art. 57 TREBEP, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea pueden acceder al empleo público:
📖 Art. 57.1 TREBEP
Explicación: El art. 57.1 TREBEP permite a los nacionales de los Estados miembros de la UE acceder como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles, salvo aquellos empleos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas.
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