Test: Ley 39/2015 — El procedimiento: garantías y tramitación
Derechos del interesado (art. 53), iniciación de oficio (art. 58) y a solicitud (art. 66), subsanación (art. 68), alegaciones (art. 76), prueba (art. 77), informes (arts. 79-80), trámite de audiencia (art. 82) e información pública (art. 83).
⚖️ Fuente: Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
Según el art. 53.1.a de la Ley 39/2015, el interesado en un procedimiento ya iniciado tiene derecho a:
📖 Art. 53.1.a Ley 39/2015
Explicación: El art. 53.1.a reconoce el derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que se tenga la condición de interesado, así como el sentido del silencio administrativo.
Conforme al art. 54 de la Ley 39/2015, los procedimientos administrativos podrán iniciarse:
📖 Art. 54 Ley 39/2015
Explicación: El art. 54 dispone que los procedimientos podrán iniciarse de oficio o a solicitud del interesado.
Según el art. 58 de la Ley 39/2015, ¿cuál NO es una forma de iniciación de oficio?
📖 Art. 58 Ley 39/2015
Explicación: El art. 58 enumera como formas de iniciación de oficio: por iniciativa propia, como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos y por denuncia. La solicitud del interesado es una iniciación a instancia de parte, no de oficio.
Si una solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos, el art. 68.1 de la Ley 39/2015 establece que se requerirá al interesado para que la subsane en un plazo de:
📖 Art. 68.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 68.1 establece un plazo de diez días para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.
Según el art. 76.1 de la Ley 39/2015, los interesados podrán formular alegaciones y aportar documentos:
📖 Art. 76.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 76.1 dispone que los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio.
Conforme al art. 77.2 de la Ley 39/2015, el órgano instructor solo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean:
📖 Art. 77.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 77.2 establece que el instructor solo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada.
Salvo disposición expresa en contrario, los informes en el procedimiento son, según el art. 80.1 de la Ley 39/2015:
📖 Art. 80.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 80.1 dispone que, salvo disposición expresa en contrario, los informes serán facultativos y no vinculantes.
El plazo general para la emisión de un informe es, según el art. 80.3 de la Ley 39/2015, de:
📖 Art. 80.3 Ley 39/2015
Explicación: El art. 80.3 establece que, de no emitirse el informe en el plazo señalado, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones; el plazo general es de diez días salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de plazos del procedimiento permita otro plazo.
Según el art. 82.2 de la Ley 39/2015, el plazo para el trámite de audiencia a los interesados no podrá ser:
📖 Art. 82.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 82.2 dispone que los interesados, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
Conforme al art. 82.4 de la Ley 39/2015, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando:
📖 Art. 82.4 Ley 39/2015
Explicación: El art. 82.4 permite prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.
Cuando la naturaleza del procedimiento lo requiera, el período de información pública tendrá un plazo, según el art. 83.2 de la Ley 39/2015, no inferior a:
📖 Art. 83.2 Ley 39/2015
Explicación: El art. 83.2 establece que el anuncio de información pública señalará el lugar de exhibición y el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso podrá ser inferior a veinte días.
Según el art. 88.1 de la Ley 39/2015, la resolución que ponga fin al procedimiento:
📖 Art. 88.1 Ley 39/2015
Explicación: El art. 88.1 dispone que la resolución decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento; respecto de estas últimas, se pondrá de manifiesto a los interesados para que aleguen en el plazo de quince días.
Según el art. 53.2 de la Ley 39/2015, además de los demás derechos, en los procedimientos de naturaleza sancionadora los presuntos responsables tienen derecho a:
Fuente: Art. 53.2 Ley 39/2015. Además, en los procedimientos administrativos de naturaleza sancionadora, los presuntos responsables tendrán derecho a ser notificados de los hechos que se les imputen, de las infracciones que tales hechos puedan constituir y de las sanciones que pudieran imponerse, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya tal competencia.
Conforme al art. 55.1 de la Ley 39/2015, con anterioridad al inicio del procedimiento, el órgano competente podrá:
Fuente: Art. 55.1 Ley 39/2015. Con anterioridad al inicio del procedimiento, el órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.
El art. 56.1 de la Ley 39/2015 permite que, iniciado el procedimiento, el órgano administrativo competente adopte:
Fuente: Art. 56.1 Ley 39/2015. Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo competente para resolver podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad.
Según el art. 56.2 de la Ley 39/2015, las medidas provisionales adoptadas antes de la iniciación del procedimiento (en casos de urgencia inaplazable) deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación, que deberá efectuarse dentro de los:
Fuente: Art. 56.2 Ley 39/2015. Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, el órgano competente, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar las medidas provisionales imprescindibles; deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación, que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción.
El art. 66.1 de la Ley 39/2015 establece que las solicitudes de iniciación deberán contener, entre otros datos:
Fuente: Art. 66.1 Ley 39/2015. Las solicitudes que se formulen deberán contener: nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de su representante; identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación; hechos, razones y petición; lugar y fecha; firma del solicitante; y órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.
Según el art. 69.1 de la Ley 39/2015, se entiende por declaración responsable:
Fuente: Art. 69.1 Ley 39/2015. A los efectos de esta Ley, se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones.
El art. 70.1 de la Ley 39/2015 define el expediente administrativo como:
Fuente: Art. 70.1 Ley 39/2015. Se entiende por expediente administrativo el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla.
Según el art. 75.1 de la Ley 39/2015, los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos:
Fuente: Art. 75.1 Ley 39/2015. Los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán de oficio y a través de medios electrónicos, por el órgano que tramite el procedimiento, sin perjuicio del derecho de los interesados a proponer aquellas actuaciones que requieran su intervención.
El art. 78.1 de la Ley 39/2015 dispone que, en la práctica de la prueba, la Administración:
Fuente: Art. 78.1 Ley 39/2015. La Administración comunicará a los interesados, con antelación suficiente, el inicio de las actuaciones necesarias para la realización de las pruebas que hayan sido admitidas.
Según el art. 79.1 de la Ley 39/2015, a efectos de la resolución del procedimiento se solicitarán:
Fuente: Art. 79.1 Ley 39/2015. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
El art. 84.1 de la Ley 39/2015 enumera como formas de terminación del procedimiento:
Fuente: Art. 84.1 Ley 39/2015. Pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad. También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas.
Conforme al art. 87 de la Ley 39/2015, antes de dictar resolución, el órgano competente podrá acordar de forma motivada:
Fuente: Art. 87 Ley 39/2015. Antes de dictar resolución, el órgano competente para resolver podrá decidir, mediante acuerdo motivado, la realización de las actuaciones complementarias indispensables para resolver el procedimiento. No tendrán la consideración de actuaciones complementarias los informes que preceden inmediatamente a la resolución final del procedimiento.
Según el art. 88.1 de la Ley 39/2015, la resolución que ponga fin al procedimiento:
Fuente: Art. 88.1 Ley 39/2015. La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo. Cuando se trate de cuestiones conexas que no hubieran sido planteadas por los interesados, el órgano competente podrá pronunciarse sobre las mismas, poniéndolo antes de manifiesto a aquéllos.
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