Test: LOPDGDD — LO 3/2018 de Protección de Datos y garantía de derechos digitales

Adaptación española del RGPD: objeto (art. 1), consentimiento (art. 6), edad para consentir (art. 7), datos de personas fallecidas (art. 3), derechos de las personas (arts. 12-18), delegado de protección de datos (arts. 34-37), la Agencia Española de Protección de Datos (arts. 44 y ss.) y los derechos digitales del Título X.

⚖️ Fuente: LO 3/2018, de 5 de diciembre (BOE-A-2018-16673) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 1 de la LO 3/2018, ¿cuál es uno de los objetos de la ley?
📖 Art. 1 LO 3/2018
Explicación: El art. 1 LO 3/2018 dispone que la ley tiene por objeto adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y completar sus disposiciones, así como garantizar los derechos digitales de la ciudadanía conforme al mandato del art. 18.4 de la Constitución.
Conforme al art. 7.1 de la LO 3/2018, ¿a partir de qué edad puede una persona prestar válidamente su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales?
📖 Art. 7.1 LO 3/2018
Explicación: El art. 7.1 LO 3/2018 establece que el tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de 14 años; por debajo de esa edad se requiere el consentimiento de los titulares de la patria potestad o tutela.
Según el art. 6.1 de la LO 3/2018, el consentimiento del afectado se define como:
📖 Art. 6.1 LO 3/2018
Explicación: El art. 6.1 LO 3/2018, en remisión al RGPD, define el consentimiento como toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el afectado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen; no cabe consentimiento tácito ni por silencio.
El art. 3 de la LO 3/2018 regula los datos de las personas fallecidas, estableciendo que:
📖 Art. 3 LO 3/2018
Explicación: El art. 3 LO 3/2018 dispone que las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos, podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento para solicitar el acceso a los datos del fallecido y, en su caso, su rectificación o supresión, salvo que la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente o así lo establezca una ley.
Según los arts. 12 a 18 de la LO 3/2018, ¿cuál de los siguientes es uno de los derechos de las personas en materia de protección de datos?
📖 Arts. 12-18 LO 3/2018
Explicación: Los arts. 12 a 18 de la LO 3/2018, en desarrollo del RGPD, regulan los derechos de acceso (art. 13), rectificación (art. 14), supresión (art. 15), limitación del tratamiento (art. 16), portabilidad (art. 17) y oposición (art. 18), además de las disposiciones generales del art. 12.
El art. 34 de la LO 3/2018 regula la figura del delegado de protección de datos (DPD). Su designación es obligatoria, entre otros, para:
📖 Art. 34 LO 3/2018
Explicación: El art. 34 LO 3/2018 enumera los responsables y encargados que deben designar un delegado de protección de datos, entre ellos los colegios profesionales, los centros docentes, las entidades de crédito, las aseguradoras, los operadores de juego, las empresas de seguridad privada o los prestadores de servicios de la sociedad de la información que elaboren perfiles a gran escala.
Según el art. 44 de la LO 3/2018, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es:
📖 Art. 44 LO 3/2018
Explicación: El art. 44 LO 3/2018 configura la Agencia Española de Protección de Datos como una autoridad administrativa independiente de ámbito estatal, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones.
El Título X de la LO 3/2018 (arts. 79 y siguientes) reconoce, como novedad, la 'garantía de los derechos digitales'. ¿Cuál de los siguientes figura en él?
📖 Título X LO 3/2018
Explicación: El Título X de la LO 3/2018 reconoce, entre otros, el derecho a la neutralidad de internet, el derecho de acceso universal a internet, el derecho a la seguridad digital, el derecho a la educación digital, el derecho al olvido en búsquedas y redes sociales, el derecho a la portabilidad y, en el art. 88, el derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.
Según el art. 11 de la LO 3/2018, sobre transparencia e información al afectado, la información básica que debe facilitarse puede aportarse:
📖 Art. 11 LO 3/2018
Explicación: El art. 11 LO 3/2018 permite facilitar la información al afectado por capas: ofreciendo de forma básica y concisa los datos esenciales (identidad del responsable, finalidad y posibilidad de ejercer los derechos) e indicando una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.
El art. 28 de la LO 3/2018 establece que, para tratar lícitamente los datos, el responsable debe atender, entre otros, a:
📖 Art. 28 LO 3/2018
Explicación: El art. 28 LO 3/2018, sobre obligaciones generales del responsable y encargado, exige tener en cuenta para determinar las medidas la naturaleza, ámbito, contexto y fines del tratamiento, así como los riesgos para los derechos y libertades, en aplicación del principio de responsabilidad proactiva (accountability) del RGPD.
Según el art. 72 de la LO 3/2018, las infracciones consideradas muy graves prescriben en el plazo de:
📖 Art. 73-78 LO 3/2018
Explicación: La LO 3/2018 (art. 78) establece que las infracciones muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año; las sanciones muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos y las leves al año.
El art. 2 de la LO 3/2018 delimita su ámbito de aplicación, excluyendo expresamente:
📖 Art. 2 LO 3/2018
Explicación: El art. 2 LO 3/2018 dispone que la ley se aplica a los tratamientos sometidos al RGPD; quedan excluidos los tratamientos fuera del ámbito del Derecho de la Unión, los relativos a materias clasificadas y los realizados por autoridades competentes con fines de prevención, investigación y sanción de infracciones penales, que se rigen por su legislación específica (la LO 7/2021).
Según el art. 4 de la LO 3/2018, sobre la exactitud de los datos, no será imputable al responsable la inexactitud de los datos personales cuando estos:
📖 Art. 4 LO 3/2018
Explicación: El art. 4 LO 3/2018 dispone que no será imputable al responsable la inexactitud cuando los datos hubieran sido obtenidos directamente del afectado, comunicados por otro responsable en virtud del ejercicio del derecho a la portabilidad, u obtenidos de un registro público o de un mediador, y el responsable los hubiera tratado atendiendo a su deber de actualización conforme al RGPD.
El art. 5 de la LO 3/2018 regula el deber de confidencialidad. Según este precepto, dicho deber:
📖 Art. 5 LO 3/2018
Explicación: El art. 5 LO 3/2018 impone a los responsables y encargados, y a todas las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento, el deber de confidencialidad —complementario del deber de secreto profesional—, que subsiste aunque haya finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento.
Conforme al art. 9 de la LO 3/2018, para tratar datos especialmente protegidos (ideología, afiliación sindical, religión, origen racial u orientación sexual) amparándose en el consentimiento del afectado:
📖 Art. 9 LO 3/2018
Explicación: El art. 9.1 LO 3/2018 precisa que, a los efectos del art. 9.2.a) del RGPD, el solo consentimiento del afectado no bastará para levantar la prohibición de tratar datos cuya finalidad principal sea identificar su ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico.
El art. 10 de la LO 3/2018 regula el tratamiento de datos de naturaleza penal (condenas e infracciones). Dicho tratamiento:
📖 Art. 10 LO 3/2018
Explicación: El art. 10 LO 3/2018, en desarrollo del art. 10 del RGPD, establece que el tratamiento de datos relativos a condenas e infracciones penales, así como a las medidas de seguridad, solo podrá realizarse bajo la supervisión de las autoridades públicas competentes o cuando lo autorice una norma de Derecho de la Unión o una ley que ofrezca garantías adecuadas.
Según el art. 13 de la LO 3/2018, cuando el responsable trate una gran cantidad de datos del afectado y este ejerza el derecho de acceso sin precisar a qué tratamiento se refiere, el responsable podrá:
📖 Art. 13 LO 3/2018
Explicación: El art. 13.3 LO 3/2018 permite que, cuando el responsable trate una gran cantidad de datos del afectado y este ejerza su derecho de acceso sin especificar si se refiere a la totalidad o a una parte, el responsable pueda solicitarle que concrete los datos o las actividades de tratamiento a las que se refiere la solicitud, antes de facilitar la información.
El art. 12 de la LO 3/2018, sobre disposiciones generales de los derechos de las personas, establece que los medios para ejercer los derechos de los arts. 15 a 22 del RGPD deben ser:
📖 Art. 12 LO 3/2018
Explicación: El art. 12 LO 3/2018 obliga al responsable a facilitar medios para ejercer los derechos que sean fácilmente accesibles y, con carácter general, gratuitos. Los derechos podrán ejercerse directamente por el afectado o mediante representante legal o voluntario, y el responsable debe informar sobre dichos medios.
El art. 24 de la LO 3/2018 admite la creación de sistemas de información de denuncias internas. Respecto a los datos de quien presenta la denuncia:
📖 Art. 24 LO 3/2018
Explicación: El art. 24 LO 3/2018 considera lícita la creación de sistemas de denuncias internas, incluso anónimas. Los datos solo se conservarán en el sistema durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación y, en todo caso, deberán suprimirse en el plazo de tres meses desde su introducción, salvo que la finalidad sea dejar evidencia del funcionamiento del modelo de prevención.
El art. 32 de la LO 3/2018 regula el bloqueo de los datos. El bloqueo consiste en:
📖 Art. 32 LO 3/2018
Explicación: El art. 32 LO 3/2018 define el bloqueo como la identificación y reserva de los datos mediante la adopción de medidas técnicas y organizativas que impidan su tratamiento, incluyendo su visualización, salvo para ponerlos a disposición de jueces y tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones públicas competentes para exigir posibles responsabilidades, durante el plazo de prescripción de estas.
Según el art. 36 de la LO 3/2018, sobre la posición del delegado de protección de datos (DPD), este:
📖 Art. 36 LO 3/2018
Explicación: El art. 36.2 LO 3/2018 garantiza la independencia del delegado de protección de datos al establecer que no podrá ser removido ni sancionado por el responsable o el encargado por desempeñar sus funciones, salvo que incurriera en dolo o negligencia grave en su ejercicio.
Conforme al art. 48 de la LO 3/2018, la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos:
📖 Art. 48 LO 3/2018
Explicación: El art. 48 LO 3/2018 dispone que la Presidencia y la Adjuntía de la AEPD son nombradas por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Justicia, entre personas de reconocida competencia profesional, por un período de cinco años no prorrogable, y solo pueden ser removidas por las causas tasadas legalmente, garantizándose así su independencia.
El art. 72 de la LO 3/2018 enumera, a efectos de prescripción, conductas consideradas infracciones muy graves. ¿Cuál de las siguientes lo sería?
📖 Art. 72 LO 3/2018
Explicación: El art. 72 LO 3/2018, a efectos de la prescripción del art. 73, califica como muy graves, entre otras, el tratamiento de datos vulnerando los principios y garantías del art. 5 del RGPD, el tratamiento de categorías especiales sin amparo en el art. 9 del RGPD o la transferencia internacional de datos sin las garantías exigibles.
El art. 83 de la LO 3/2018 reconoce el derecho a la educación digital. Conforme a él, el sistema educativo debe garantizar:
📖 Art. 83 LO 3/2018
Explicación: El art. 83 LO 3/2018 establece que el sistema educativo garantizará la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso de los medios digitales que sea seguro y respetuoso con la dignidad humana, los valores constitucionales, los derechos fundamentales y, particularmente, con el respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar y la protección de datos.
Según el art. 87 de la LO 3/2018, los trabajadores y empleados públicos tienen derecho a la protección de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador. Para acceder a sus contenidos, el empleador:
📖 Art. 87 LO 3/2018
Explicación: El art. 87 LO 3/2018 reconoce el derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales. El empleador solo podrá acceder a los contenidos para controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y garantizar la integridad de los dispositivos, y deberá establecer criterios de utilización, con participación de los representantes de los trabajadores, especificando los usos admitidos.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales (LO 3/2018 (LOPDGDD)). Verifica siempre la normativa vigente en el BOE.

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