Test: Ley 40/2015 — Test completo del Régimen Jurídico del Sector Público
Repaso transversal de la Ley 40/2015: principios generales (art. 3), competencia (art. 8), delegación (art. 9), avocación (art. 10), encomienda de gestión (art. 11), órganos colegiados (arts. 15 y ss.), abstención y recusación (arts. 23-24), principios de la potestad sancionadora (art. 25) y responsabilidad patrimonial (arts. 32 y ss.).
⚖️ Fuente: Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10566) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
Según el art. 3.1 de la Ley 40/2015, ¿cuál es uno de los principios generales que deben respetar las Administraciones Públicas?
📖 Art. 3.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 3.1 enumera como principios, entre otros, el servicio efectivo a los ciudadanos, la simplicidad, claridad y proximidad, la participación, la eficacia, la economía y eficiencia, la responsabilidad, la racionalización de la gestión y la buena fe, confianza legítima y lealtad institucional.
Conforme al art. 8.1 de la Ley 40/2015, la competencia es irrenunciable y se ejerce:
📖 Art. 8.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 8.1 dispone que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en esta u otras leyes.
Según el art. 9.2 de la Ley 40/2015, ¿cuál de las siguientes materias NO puede ser objeto de delegación de competencias?
📖 Art. 9.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 9.2 prohíbe delegar, entre otras, las competencias relativas a asuntos que se refieran a relaciones con la Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno, Cortes Generales, etc.; la adopción de disposiciones de carácter general; la resolución de recursos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso; y las materias en que así se determine por norma con rango de ley.
La avocación, regulada en el art. 10.1 de la Ley 40/2015, consiste en que los órganos superiores podrán:
📖 Art. 10.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 10.1 dispone que los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Según el art. 11.1 de la Ley 40/2015, la encomienda de gestión de actividades de carácter material o técnico:
📖 Art. 11.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 11.1 establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades, sin que ello suponga cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
El art. 15.2 de la Ley 40/2015 establece que, en los órganos colegiados, no podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que:
📖 Art. 15.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 15.2 dispone que no podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.
Según el art. 23.2 de la Ley 40/2015, ¿cuál es un motivo de abstención de las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones?
📖 Art. 23.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 23.2 enumera como motivos de abstención, entre otros: tener interés personal en el asunto; tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con interesados; amistad íntima o enemistad manifiesta; haber intervenido como perito o testigo; o tener relación de servicio con persona interesada.
El art. 24.1 de la Ley 40/2015 establece que la recusación de las autoridades y personal podrá promoverse por los interesados:
📖 Art. 24.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 24.1 dispone que en los casos previstos en el art. 23 (motivos de abstención) podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
Según el art. 25.1 de la Ley 40/2015, el principio de legalidad en la potestad sancionadora exige que esta se ejerza:
📖 Art. 25.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 25.1 establece que la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de ley, con aplicación del procedimiento previsto para su ejercicio.
El art. 27.1 de la Ley 40/2015 recoge el principio de tipicidad: solo constituyen infracciones administrativas:
📖 Art. 27.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 27.1 dispone que solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por una ley, sin perjuicio de lo dispuesto para la Administración local.
Según el art. 32.1 de la Ley 40/2015, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos siempre que la lesión sea:
📖 Art. 32.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 32.1 establece que los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las AAPP correspondientes de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley.
Conforme al art. 67.1 de la Ley 39/2015 (en relación con la responsabilidad patrimonial de la Ley 40/2015), el derecho a reclamar prescribe en el plazo de:
📖 Art. 67.1 Ley 39/2015 (RP)
Explicación: El art. 67.1 de la Ley 39/2015 establece que el derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial prescribe al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo; en daños de carácter físico o psíquico, el plazo empieza a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
Según el art. 28.1 de la Ley 40/2015, la responsabilidad por infracciones administrativas exige, como regla, que el sujeto haya actuado:
📖 Art. 28.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 28.1 dispone que solo podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas, así como, cuando una ley les reconozca capacidad de obrar, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad y los patrimonios independientes, que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa.
Según el art. 1 de la Ley 40/2015, esta ley establece y regula:
📖 Art. 1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 1 dispone que la Ley 40/2015 establece y regula las bases del régimen jurídico de las AAPP, los principios del sistema de responsabilidad de las AAPP y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de la AGE y de su sector público institucional para el desarrollo de sus actividades. El procedimiento administrativo común se regula en la Ley 39/2015.
Conforme al art. 2.1 de la Ley 40/2015, el sector público comprende:
📖 Art. 2.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 2.1 establece que el sector público comprende la AGE, las Administraciones de las CCAA, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional, integrado este último por organismos y entidades de derecho público, entidades de derecho privado vinculadas o dependientes y universidades públicas.
Según el art. 4.1 de la Ley 40/2015, cuando las Administraciones establezcan medidas que limiten el ejercicio de derechos individuales o colectivos deberán:
📖 Art. 4.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 4.1 dispone que las AAPP que en el ejercicio de sus competencias establezcan medidas que limiten el ejercicio de derechos individuales o colectivos o exijan el cumplimiento de requisitos para el desarrollo de una actividad deberán aplicar el principio de proporcionalidad y elegir la medida menos restrictiva, motivar su necesidad para la protección del interés público y justificar su adecuación para lograr los fines que se persiguen.
De acuerdo con el art. 9.1 de la Ley 40/2015, los órganos de las distintas Administraciones podrán delegar el ejercicio de sus competencias:
📖 Art. 9.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 9.1 permite que los órganos de las diferentes AAPP deleguen el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de derecho público vinculados o dependientes de aquéllas.
El art. 9.3 de la Ley 40/2015 exige que las delegaciones de competencias y su revocación:
📖 Art. 9.3 Ley 40/2015
Explicación: El art. 9.3 establece que las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante y el ámbito territorial de competencia de éste.
Según el art. 12.1 de la Ley 40/2015, los titulares de los órganos administrativos podrán, en materias de su competencia, delegar:
📖 Art. 12.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 12.1 permite delegar la firma de las resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades administrativas dependientes, dentro de los límites de los arts. 9 y 10. La delegación de firma no altera la competencia del órgano delegante.
El art. 13 de la Ley 40/2015 regula la suplencia de los titulares de los órganos administrativos en supuestos de:
📖 Art. 13 Ley 40/2015
Explicación: El art. 13.1 dispone que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación. La suplencia no implica alteración de la competencia.
Conforme al art. 17.2 de la Ley 40/2015, para la válida constitución de un órgano colegiado se requiere la asistencia:
📖 Art. 17.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 17.2 exige, para la válida constitución del órgano a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
Según el art. 26.2 de la Ley 40/2015, las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo:
📖 Art. 26.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 26.1 recoge la irretroactividad (se aplican las disposiciones vigentes al producirse los hechos), pero el art. 26.2 establece que las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor, tanto en la tipificación de la infracción como en la sanción y en sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento.
A falta de plazo legal expreso, el art. 30.1 de la Ley 40/2015 fija que las infracciones muy graves prescriben:
📖 Art. 30.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 30.1 dispone que las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan; si éstas no fijan plazos, las infracciones muy graves prescriben a los 3 años, las graves a los 2 años y las leves a los 6 meses. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben a los 3 años, las graves a los 2 años y las leves al año.
El art. 28.2 de la Ley 40/2015 establece que las responsabilidades administrativas derivadas de una infracción son compatibles con:
📖 Art. 28.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 28.2 dispone que las responsabilidades administrativas que se deriven de la comisión de una infracción serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la indemnización por los daños y perjuicios causados, que serán determinados y exigidos por el órgano al que corresponda el ejercicio de la potestad sancionadora.
Según el art. 36.1 de la Ley 40/2015, para hacer efectiva la responsabilidad patrimonial, los particulares exigirán las indemnizaciones por daños causados por las autoridades y personal:
📖 Art. 36.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 36.1 establece que para hacer efectiva la responsabilidad patrimonial los particulares exigirán directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio. La Administración podrá después exigir de oficio la responsabilidad de su personal cuando hubiera mediado dolo, culpa o negligencia graves (art. 36.2).
0/25
¿Quieres seguir practicando? Vuelve a Ley 40/2015.
⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales (Ley 40/2015). Verifica siempre la normativa vigente en el
BOE.