Test: Unión Europea — Instituciones principales

Marco institucional (art. 13 TUE), Parlamento Europeo (art. 14), Consejo Europeo (art. 15), Consejo (art. 16), Comisión Europea (art. 17) y Tribunal de Justicia de la UE (art. 19).

⚖️ Fuente: Tratado de la Unión Europea (TUE), versión consolidada · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
Según el art. 13.1 del TUE, ¿cuántas son las instituciones que conforman el marco institucional de la UE?
📖 Art. 13.1 TUE
Explicación: El art. 13.1 del TUE enumera siete instituciones: Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comisión Europea, Tribunal de Justicia de la UE, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas.
¿Cuál de las siguientes es una institución de la UE según el art. 13.1 del TUE?
📖 Art. 13.1 TUE
Explicación: El art. 13.1 incluye al Banco Central Europeo y al Tribunal de Cuentas entre las siete instituciones. El Comité de las Regiones y el CESE son órganos consultivos, no instituciones.
El Parlamento Europeo, según el art. 14.3 del TUE, es elegido por:
📖 Art. 14.3 TUE
Explicación: El art. 14.3 del TUE establece que los diputados del Parlamento Europeo son elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto, para un mandato de cinco años.
Según el art. 14.2 del TUE, el número de diputados del Parlamento Europeo no excederá de:
📖 Art. 14.2 TUE
Explicación: El art. 14.2 del TUE dispone que el Parlamento estará compuesto por representantes de los ciudadanos de la Unión, cuyo número no excederá de setecientos cincuenta, más el Presidente.
El Consejo Europeo, conforme al art. 15.1 del TUE:
📖 Art. 15.1 TUE
Explicación: El art. 15.1 del TUE establece que el Consejo Europeo da a la Unión los impulsos necesarios para su desarrollo y define sus orientaciones y prioridades políticas generales, sin ejercer función legislativa.
El Presidente del Consejo Europeo, según el art. 15.5 del TUE, es elegido:
📖 Art. 15.5 TUE
Explicación: El art. 15.5 del TUE dispone que el Consejo Europeo elige a su Presidente por mayoría cualificada para un mandato de dos años y medio, que podrá renovarse una sola vez.
Según el art. 16.1 del TUE, el Consejo (de la Unión Europea) ejerce, conjuntamente con el Parlamento Europeo:
📖 Art. 16.1 TUE
Explicación: El art. 16.1 del TUE establece que el Consejo ejercerá conjuntamente con el Parlamento Europeo la función legislativa y la función presupuestaria, además de funciones de definición de políticas y de coordinación.
Como regla general, el art. 16.3 del TUE dispone que el Consejo se pronunciará por:
📖 Art. 16.3 TUE
Explicación: El art. 16.3 del TUE establece que el Consejo se pronunciará por mayoría cualificada, excepto cuando los Tratados dispongan otra cosa.
La Comisión Europea, según el art. 17.1 del TUE:
📖 Art. 17.1 TUE
Explicación: El art. 17.1 del TUE atribuye a la Comisión la promoción del interés general de la Unión, velar por la aplicación de los Tratados y de las medidas adoptadas por las instituciones, y supervisar la aplicación del Derecho de la Unión bajo el control del TJUE ('guardiana de los Tratados').
El mandato de la Comisión Europea, conforme al art. 17.3 del TUE, es de:
📖 Art. 17.3 TUE
Explicación: El art. 17.3 del TUE establece que el mandato de la Comisión será de cinco años, y que sus miembros se eligen en razón de su competencia general y de su compromiso europeo, ofreciendo garantías de independencia.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según el art. 19.1 del TUE:
📖 Art. 19.1 TUE
Explicación: El art. 19.1 del TUE dispone que el TJUE garantizará el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados, y comprende el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados.
Según el art. 17.2 del TUE, los actos legislativos de la Unión solo podrán adoptarse, salvo excepción:
📖 Art. 17.2 TUE
Explicación: El art. 17.2 del TUE atribuye a la Comisión la iniciativa legislativa: los actos legislativos de la Unión solo podrán adoptarse a propuesta de la Comisión, salvo que los Tratados dispongan otra cosa.
Según el art. 13.2 del TUE, cada institución de la Unión actuará:
📖 Art. 13.2 TUE
Explicación: El art. 13.2 del TUE dispone que cada institución actuará dentro de los límites de las atribuciones que le confieren los Tratados, con arreglo a los procedimientos, condiciones y fines establecidos en los mismos, y que las instituciones mantendrán entre sí una cooperación leal (principio de atribución).
Conforme al art. 13.4 del TUE, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión estarán asistidos por:
📖 Art. 13.4 TUE
Explicación: El art. 13.4 del TUE establece que el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión estarán asistidos por un Comité Económico y Social y por un Comité de las Regiones, que ejercerán funciones consultivas.
Según el art. 14.1 del TUE, además de las funciones legislativa y presupuestaria, corresponde al Parlamento Europeo:
📖 Art. 14.1 TUE
Explicación: El art. 14.1 del TUE atribuye al Parlamento Europeo, junto con el Consejo, la función legislativa y presupuestaria, así como funciones de control político y consultivas; además, elige al Presidente de la Comisión.
El Consejo Europeo, según el art. 15.2 del TUE, está compuesto por:
📖 Art. 15.2 TUE
Explicación: El art. 15.2 del TUE dispone que el Consejo Europeo estará compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, así como por su Presidente y por el Presidente de la Comisión; participa en sus trabajos el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.
Conforme al art. 15.3 del TUE, el Consejo Europeo se reunirá, en principio:
📖 Art. 15.3 TUE
Explicación: El art. 15.3 del TUE establece que el Consejo Europeo se reunirá dos veces por semestre por convocatoria de su Presidente (es decir, cuatro veces al año); cuando la situación lo exija, el Presidente convocará una reunión extraordinaria.
Como regla general, según el art. 15.4 del TUE, el Consejo Europeo se pronunciará por:
📖 Art. 15.4 TUE
Explicación: El art. 15.4 del TUE dispone que, excepto cuando los Tratados dispongan otra cosa, el Consejo Europeo se pronunciará por consenso.
El Consejo (de la Unión Europea), según el art. 16.2 del TUE, está compuesto por:
📖 Art. 16.2 TUE
Explicación: El art. 16.2 del TUE establece que el Consejo estará compuesto por un representante de cada Estado miembro, de rango ministerial, facultado para comprometer al Gobierno del Estado miembro al que represente y para ejercer el derecho de voto.
La mayoría cualificada en el Consejo, conforme al art. 16.4 del TUE (a partir del 1 de noviembre de 2014), se define como:
📖 Art. 16.4 TUE
Explicación: El art. 16.4 del TUE define la mayoría cualificada como un mínimo del 55% de los miembros del Consejo que incluya al menos a quince de ellos y represente a Estados miembros que reúnan como mínimo el 65% de la población de la Unión; la minoría de bloqueo debe incluir al menos a cuatro miembros.
Según el art. 16.6 del TUE, el Consejo de Asuntos Generales:
📖 Art. 16.6 TUE
Explicación: El art. 16.6 del TUE prevé que el Consejo se reúne en distintas formaciones. El Consejo de Asuntos Generales vela por la coherencia de los trabajos de las diferentes formaciones del Consejo y prepara las reuniones del Consejo Europeo (en colaboración con su Presidente y la Comisión); el Consejo de Asuntos Exteriores elabora la acción exterior según las líneas del Consejo Europeo.
Conforme al art. 16.7 del TUE, la preparación de los trabajos del Consejo corresponde a:
📖 Art. 16.7 TUE
Explicación: El art. 16.7 del TUE dispone que un Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros (COREPER) se encargará de preparar los trabajos del Consejo.
La Presidencia de las formaciones del Consejo, salvo la de Asuntos Exteriores, se desempeña, según el art. 16.9 del TUE:
📖 Art. 16.9 TUE
Explicación: El art. 16.9 del TUE establece que la Presidencia de las formaciones del Consejo, con excepción de la de Asuntos Exteriores, será desempeñada por los representantes de los Estados miembros en el Consejo mediante un sistema de rotación igual, en las condiciones establecidas por el Consejo Europeo.
El candidato a Presidente de la Comisión, según el art. 17.7 del TUE, es propuesto al Parlamento Europeo por:
📖 Art. 17.7 TUE
Explicación: El art. 17.7 del TUE dispone que el Consejo Europeo, por mayoría cualificada y teniendo en cuenta el resultado de las elecciones al Parlamento Europeo, propondrá a este un candidato al cargo de Presidente de la Comisión, que será elegido por el Parlamento por mayoría de sus miembros.
El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, según el art. 18.2 del TUE:
📖 Art. 18.2 TUE
Explicación: El art. 18.2 del TUE establece que el Alto Representante estará al frente de la política exterior y de seguridad común de la Unión, contribuirá con sus propuestas a elaborar dicha política y la ejecutará como mandatario del Consejo; además, actuará del mismo modo en la política común de seguridad y defensa.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales (TUE). Verifica siempre la normativa vigente en el BOE.

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