Test: Constitución: principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52)
Capítulo III del Título I: familia e infancia (art. 39), Seguridad Social (art. 41), protección de la salud (art. 43), cultura (art. 44), medio ambiente (art. 45), patrimonio histórico (art. 46), vivienda (art. 47), juventud (art. 48), personas con discapacidad (art. 49) y tercera edad (art. 50). Su garantía se rige por el art. 53.3.
⚖️ Fuente: Constitución Española de 1978 (BOE-A-1978-31229) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
El art. 39.1 CE establece que los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de:
📖 Art. 39.1 CE
Explicación: El art. 39.1 CE dispone que los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
Según el art. 39.2 CE, respecto de los hijos, los poderes públicos aseguran su protección integral, siendo estos iguales ante la ley con independencia de:
📖 Art. 39.2 CE
Explicación: El art. 39.2 CE establece que los hijos son iguales ante la ley con independencia de su filiación, y que la ley posibilitará la investigación de la paternidad.
El art. 41 CE obliga a los poderes públicos a mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice prestaciones suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de:
📖 Art. 41 CE
Explicación: El art. 41 CE dispone que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo; la asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
El art. 43.1 CE reconoce:
📖 Art. 43.1 CE
Explicación: El art. 43.1 CE reconoce el derecho a la protección de la salud, correspondiendo a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública (art. 43.2).
Según el art. 45.1 CE, todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como:
📖 Art. 45.1 CE
Explicación: El art. 45.1 CE establece que todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
El art. 47 CE reconoce el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, y manda a los poderes públicos regular la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir:
📖 Art. 47 CE
Explicación: El art. 47 CE dispone que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, y que los poderes públicos regularán la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
El art. 44.1 CE establece que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a:
📖 Art. 44.1 CE
Explicación: El art. 44.1 CE dispone que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
El art. 48 CE ordena a los poderes públicos promover las condiciones para la participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural de:
📖 Art. 48 CE
Explicación: El art. 48 CE dispone que los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.
Tras la reforma constitucional de 2024, el art. 49 CE sustituyó la expresión anterior por el término:
📖 Art. 49 CE (reforma 2024)
Explicación: La reforma del art. 49 CE publicada en el BOE en 2024 sustituyó la expresión 'disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos' por 'personas con discapacidad', estableciendo que estas ejercen los derechos del Título I en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas.
El art. 50 CE garantiza la suficiencia económica de los ciudadanos durante la tercera edad mediante:
📖 Art. 50 CE
Explicación: El art. 50 CE dispone que los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad.
El art. 46 CE encomienda a los poderes públicos garantizar la conservación y promover el enriquecimiento de:
📖 Art. 46 CE
Explicación: El art. 46 CE dispone que los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y titularidad.
Según el art. 53.3 CE, los principios del Capítulo III solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria:
📖 Art. 53.3 CE
Explicación: El art. 53.3 CE establece que el reconocimiento, el respeto y la protección de los principios del Capítulo III informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, pero solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Según el art. 39.3 de la Constitución, los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio:
Fuente: Art. 39.3 CE. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.
El art. 39.4 de la Constitución dispone que los niños gozarán de:
Fuente: Art. 39.4 CE. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.
Conforme al art. 40.1 de la Constitución, los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y, de manera especial, realizarán una política orientada:
Fuente: Art. 40.1 CE. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
Según el art. 40.2 de la Constitución, los poderes públicos velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario mediante:
Fuente: Art. 40.2 CE. Los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.
El art. 42 de la Constitución establece que el Estado velará especialmente por:
Fuente: Art. 42 CE. El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.
Según el art. 43.2 de la Constitución, compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de:
Fuente: Art. 43.2 CE. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
El art. 43.3 de la Constitución encomienda a los poderes públicos fomentar:
Fuente: Art. 43.3 CE. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Según el art. 44.2 de la Constitución, los poderes públicos promoverán:
Fuente: Art. 44.2 CE. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
El art. 45.2 de la Constitución dispone que los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales con el fin de:
Fuente: Art. 45.2 CE. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
Según el art. 45.3 de la Constitución, para quienes violen lo dispuesto sobre el medio ambiente se establecerán:
Fuente: Art. 45.3 CE. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.
El art. 51.1 de la Constitución obliga a los poderes públicos a garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces:
Fuente: Art. 51.1 CE. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
Según el art. 52 de la Constitución, la ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios, exigiendo que:
Fuente: Art. 52 CE. La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
El art. 53.3 de la Constitución dispone que el reconocimiento, respeto y protección de los principios del Capítulo III:
Fuente: Art. 53.3 CE. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo III informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.