Domina la ciudadanía de la Unión: quién es ciudadano europeo y su carácter complementario de la nacionalidad, el derecho a circular y residir libremente, el sufragio activo y pasivo en elecciones municipales y al Parlamento Europeo, la protección diplomática y consular en terceros países y los derechos de petición e iniciativa ciudadana. Materia esencial del tema de la Unión Europea. Basado en los arts. 20 a 25 del Tratado de Funcionamiento de la UE.
⚖️ Fuente: Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (arts. 20-25) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
Conforme al art. 20.1 del TFUE, será ciudadano de la Unión:
📖 Art. 20.1 TFUE
Explicación: El art. 20.1 del TFUE crea la ciudadanía de la Unión y dispone que será ciudadano de la Unión toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro.
Según el art. 20.1 del TFUE, la ciudadanía de la Unión respecto de la ciudadanía nacional:
📖 Art. 20.1 TFUE
Explicación: El art. 20.1 del TFUE precisa que la ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla.
El art. 21.1 del TFUE reconoce a todo ciudadano de la Unión el derecho a:
📖 Art. 21.1 TFUE
Explicación: El art. 21.1 del TFUE establece que todo ciudadano de la Unión tendrá derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, con sujeción a las limitaciones y condiciones previstas en los Tratados y en las disposiciones adoptadas para su aplicación.
Conforme al art. 22.1 del TFUE, todo ciudadano de la Unión que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones:
📖 Art. 22.1 TFUE
Explicación: El art. 22.1 del TFUE reconoce que todo ciudadano de la Unión que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
El art. 22.2 del TFUE extiende ese derecho de sufragio activo y pasivo a las elecciones:
📖 Art. 22.2 TFUE
Explicación: El art. 22.2 del TFUE reconoce el derecho a ser elector y elegible en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado miembro de residencia, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
Según el art. 23 del TFUE, en un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sea nacional, todo ciudadano de la Unión podrá acogerse a:
📖 Art. 23 TFUE
Explicación: El art. 23 del TFUE establece que todo ciudadano de la Unión podrá acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sea nacional, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
El art. 24 del TFUE, en relación con la iniciativa ciudadana, exige reunir un número de firmas no inferior a:
📖 Art. 24 TFUE
Explicación: El art. 24 del TFUE remite a la iniciativa ciudadana del art. 11.4 del TUE, que permite a un grupo de al menos un millón de ciudadanos de la Unión, nacionales de un número significativo de Estados miembros, invitar a la Comisión a presentar una propuesta sobre un asunto.
El art. 24 del TFUE reconoce también a todo ciudadano de la Unión el derecho de petición ante:
📖 Art. 24 TFUE
Explicación: El art. 24 del TFUE reconoce a todo ciudadano de la Unión el derecho de petición ante el Parlamento Europeo (art. 227 TFUE) y el derecho a dirigirse al Defensor del Pueblo Europeo (art. 228 TFUE).
Conforme al art. 24 del TFUE, todo ciudadano podrá dirigirse a las instituciones y órganos consultivos de la Unión:
📖 Art. 24 TFUE
Explicación: El art. 24 del TFUE reconoce que todo ciudadano de la Unión podrá dirigirse por escrito a cualquiera de las instituciones, órganos u organismos contemplados en este artículo o en el art. 13 del TUE en una de las lenguas de los Tratados y recibir una contestación en esa misma lengua.
Según el art. 25 del TFUE, la Comisión presentará un informe sobre la aplicación de las disposiciones sobre la ciudadanía:
📖 Art. 25 TFUE
Explicación: El art. 25 del TFUE establece que la Comisión informará cada tres años al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social sobre la aplicación de las disposiciones relativas a la ciudadanía de la Unión.
El art. 18 del TFUE, conexo a la ciudadanía, prohíbe en el ámbito de aplicación de los Tratados:
📖 Art. 18 TFUE
Explicación: El art. 18 del TFUE establece que, en el ámbito de aplicación de los Tratados y sin perjuicio de sus disposiciones particulares, se prohíbe toda discriminación por razón de la nacionalidad.
El derecho del art. 21 del TFUE a circular y residir libremente se ejerce, según el propio precepto:
📖 Art. 21.1 TFUE
Explicación: El art. 21.1 del TFUE reconoce el derecho a circular y residir libremente, pero con sujeción a las limitaciones y condiciones previstas en los Tratados y en las disposiciones adoptadas para su aplicación (señaladamente la Directiva 2004/38/CE).
Según el art. 20.2 del TFUE, los ciudadanos de la Unión:
📖 Art. 20.2 TFUE
Explicación: El art. 20.2 TFUE establece que los ciudadanos de la Unión son titulares de los derechos y están sujetos a los deberes establecidos en los Tratados, gozando, entre otros, de los derechos enumerados en sus letras a) a d).
Conforme al art. 20.2.a del TFUE, los ciudadanos de la Unión tienen derecho a:
📖 Art. 20.2.a TFUE
Explicación: El art. 20.2.a TFUE reconoce a los ciudadanos de la Unión el derecho de circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
Según el art. 20.2.b del TFUE, los ciudadanos de la Unión tienen derecho de sufragio activo y pasivo en:
📖 Art. 20.2.b TFUE
Explicación: El art. 20.2.b TFUE reconoce el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales del Estado miembro en el que residan, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
De acuerdo con el art. 20.2.c del TFUE, en un tercer país donde su Estado no esté representado, el ciudadano de la Unión tiene derecho a:
📖 Art. 20.2.c TFUE
Explicación: El art. 20.2.c TFUE reconoce el derecho a acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sean nacionales, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
Según el art. 20.2.d del TFUE, entre los derechos de los ciudadanos de la Unión figura el de:
📖 Art. 20.2.d TFUE
Explicación: El art. 20.2.d TFUE reconoce el derecho de formular peticiones al Parlamento Europeo, de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, así como de dirigirse a las instituciones y a los órganos consultivos de la Unión en una de las lenguas de los Tratados y de recibir una contestación en esa misma lengua.
Conforme al art. 21.2 del TFUE, si una acción de la Unión resulta necesaria para facilitar la libre circulación y residencia y los Tratados no han previsto poderes, el PE y el Consejo:
📖 Art. 21.2 TFUE
Explicación: El art. 21.2 TFUE permite que, cuando una acción de la Unión resulte necesaria para alcanzar el objetivo de la libre circulación y residencia y los Tratados no hayan previsto los poderes, el Parlamento Europeo y el Consejo puedan adoptar disposiciones destinadas a facilitar su ejercicio mediante el procedimiento legislativo ordinario.
Según el art. 21.3 del TFUE, las medidas sobre seguridad social o protección social las adopta el Consejo:
📖 Art. 21.3 TFUE
Explicación: El art. 21.3 TFUE dispone que, a los mismos efectos, el Consejo podrá adoptar medidas sobre seguridad social o protección social con arreglo a un procedimiento legislativo especial, pronunciándose por unanimidad y previa consulta al Parlamento Europeo.
El derecho de petición ante el Parlamento Europeo se regula en el art. 227 del TFUE y corresponde a:
📖 Art. 227 TFUE
Explicación: El art. 227 TFUE reconoce a cualquier ciudadano de la Unión, así como a cualquier persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro, el derecho a presentar al Parlamento Europeo una petición sobre un asunto propio de los ámbitos de actuación de la Unión que le afecte directamente.
Según el art. 228 del TFUE, el Defensor del Pueblo Europeo:
📖 Art. 228 TFUE
Explicación: El art. 228 TFUE establece que el Defensor del Pueblo Europeo, elegido por el Parlamento Europeo, estará facultado para recibir las reclamaciones relativas a casos de mala administración en la acción de las instituciones, órganos u organismos de la Unión, con exclusión del TJUE en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
Conforme al art. 9 del TUE, la ciudadanía de la Unión:
📖 Art. 9 TUE
Explicación: El art. 9 TUE dispone que será ciudadano de la Unión toda persona que tenga la nacionalidad de un Estado miembro y que la ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla.
Según el art. 11.4 del TUE, la iniciativa ciudadana europea requiere reunir:
📖 Art. 11.4 TUE
Explicación: El art. 11.4 TUE establece que un grupo de al menos un millón de ciudadanos de la Unión, nacionales de un número significativo de Estados miembros, podrá invitar a la Comisión a presentar una propuesta adecuada sobre cuestiones que requieran un acto jurídico de la Unión.
Según el art. 19.1 del TFUE, para luchar contra la discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión, discapacidad, edad u orientación sexual, el Consejo:
📖 Art. 19.1 TFUE
Explicación: El art. 19.1 TFUE faculta al Consejo, con arreglo a un procedimiento legislativo especial, por unanimidad y previa aprobación del Parlamento Europeo, para adoptar acciones adecuadas para luchar contra la discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.
El derecho de acceso a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión se reconoce en el art. 15.3 del TFUE a:
📖 Art. 15.3 TFUE
Explicación: El art. 15.3 TFUE reconoce a todo ciudadano de la Unión, así como a toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro, el derecho a acceder a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión.
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