Test: Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno

Practica la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno para Auxiliar Administrativo del Estado: publicidad activa, derecho de acceso a la información pública, límites, protección de datos, tramitación y resolución, reclamación ante el Consejo de Transparencia y principios de buen gobierno.

⚖️ Fuente: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BOE-A-2013-12887) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
La Ley 19/2013 tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información y establecer las obligaciones de buen gobierno. Su objeto se fija en:
📖 Art. 1 Ley 19/2013
Explicación: El art. 1 de la Ley 19/2013 establece su triple objeto: transparencia de la actividad pública, derecho de acceso a la información pública y obligaciones de buen gobierno.
La transparencia de la actividad pública a través de la publicidad activa, regulada en los arts. 5 y siguientes de la Ley 19/2013, implica que los sujetos obligados:
📖 Art. 5 Ley 19/2013
Explicación: El art. 5.1 establece que los sujetos obligados publicarán de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.
El derecho de acceso a la información pública del art. 12 de la Ley 19/2013 corresponde a:
📖 Art. 12 Ley 19/2013
Explicación: El art. 12 reconoce que todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en la Constitución y en esta Ley, sin necesidad de motivar la solicitud.
¿Qué se entiende por información pública según el art. 13 de la Ley 19/2013?
📖 Art. 13 Ley 19/2013
Explicación: El art. 13 define la información pública como los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de los sujetos obligados y hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
¿Es necesario motivar la solicitud de acceso a la información pública?
📖 Art. 17.3 Ley 19/2013
Explicación: El art. 17.3 establece que el solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información; sin embargo, podrá exponer los motivos por los que la solicita, que podrán ser tenidos en cuenta sin que su ausencia sea causa de rechazo.
El derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para, entre otros, conforme al art. 14 de la Ley 19/2013:
📖 Art. 14 Ley 19/2013
Explicación: El art. 14 enumera los límites al derecho de acceso, como el perjuicio a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública, la prevención e investigación de delitos, y los intereses económicos y comerciales.
Cuando la información solicitada contuviera datos personales especialmente protegidos, el art. 15 de la Ley 19/2013 establece que, con carácter general:
📖 Art. 15 Ley 19/2013
Explicación: El art. 15 regula la protección de datos personales: cuando la información contenga datos especialmente protegidos, el acceso solo se podrá autorizar con el consentimiento expreso del afectado o si estuviera amparado por una norma con rango de ley.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de una solicitud de acceso a la información pública, según el art. 20 de la Ley 19/2013, es de:
📖 Art. 20.1 Ley 19/2013
Explicación: El art. 20.1 fija en un mes el plazo máximo para resolver y notificar, desde la recepción de la solicitud por el órgano competente; podrá ampliarse otro mes si el volumen o la complejidad lo hacen necesario.
Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, la solicitud de acceso a la información pública se entenderá:
📖 Art. 20.4 Ley 19/2013
Explicación: El art. 20.4 establece que, transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada (silencio negativo).
Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información, el art. 23 de la Ley 19/2013 prevé:
📖 Art. 23 Ley 19/2013
Explicación: El art. 23 establece que frente a las resoluciones en materia de acceso cabe interponer reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.
El plazo para interponer la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, conforme al art. 24 de la Ley 19/2013, es de:
📖 Art. 24 Ley 19/2013
Explicación: El art. 24.2 fija en un mes el plazo para interponer la reclamación ante el Consejo, a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, creado por la Ley 19/2013, tiene por finalidad:
📖 Art. 34 Ley 19/2013
Explicación: El art. 34 establece que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene por finalidad promover la transparencia, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso y garantizar la observancia del buen gobierno.
Las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, conforme a la Ley 19/2013:
📖 Art. 23 Ley 19/2013
Explicación: Las resoluciones del Consejo de Transparencia ponen fin a la vía administrativa y son recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa; se publican previa disociación de datos personales.
La información económica, presupuestaria y estadística que deben publicar los sujetos obligados conforme al art. 8 de la Ley 19/2013 incluye:
📖 Art. 8 Ley 19/2013
Explicación: El art. 8 obliga a publicar información económica como los contratos, convenios, subvenciones y ayudas públicas, los presupuestos, las cuentas anuales y las retribuciones de los altos cargos, entre otros.
El Portal de la Transparencia, dependiente de la Administración General del Estado, regulado en el art. 10 de la Ley 19/2013:
📖 Art. 10 Ley 19/2013
Explicación: El art. 10 prevé que la AGE desarrollará un Portal de la Transparencia que facilitará el acceso de los ciudadanos a toda la información de publicidad activa, y que podrá incluir información de otros sujetos obligados.
Las causas de inadmisión de las solicitudes de acceso a la información, según el art. 18 de la Ley 19/2013, incluyen las que:
📖 Art. 18 Ley 19/2013
Explicación: El art. 18 enumera las causas de inadmisión, entre ellas que la información esté en curso de elaboración o publicación general, tenga carácter auxiliar o de apoyo (notas, borradores, informes internos), o requiera una acción previa de reelaboración.
Los sujetos obligados a las disposiciones del Título I (transparencia) de la Ley 19/2013, según su art. 2, comprenden, entre otros:
📖 Art. 2 Ley 19/2013
Explicación: El art. 2 delimita el ámbito subjetivo: la AGE, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, las Entidades Locales, y las entidades del sector público institucional, entre otros sujetos.
La información de relevancia jurídica que deben publicar las Administraciones, conforme al art. 7 de la Ley 19/2013, incluye:
📖 Art. 7 Ley 19/2013
Explicación: El art. 7 obliga a las Administraciones a publicar información de relevancia jurídica: directrices, instrucciones, circulares, anteproyectos de ley, proyectos de reglamento y documentos sometidos a información pública durante su tramitación.
La solicitud de acceso a la información, según el art. 17 de la Ley 19/2013, podrá presentarse:
📖 Art. 17 Ley 19/2013
Explicación: El art. 17 permite presentar la solicitud por cualquier medio que permita tener constancia de la identidad del solicitante, la información que se solicita, una dirección de contacto (preferentemente electrónica) y la modalidad de acceso preferida.
El acceso a la información pública, conforme al art. 22 de la Ley 19/2013, será con carácter general:
📖 Art. 22 Ley 19/2013
Explicación: El art. 22.4 establece que el acceso a la información será gratuito, si bien la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original podrá dar lugar a la exigencia de las exacciones correspondientes.
Los principios de buen gobierno que recoge la Ley 19/2013 (Título II) son aplicables a:
📖 Art. 25 Ley 19/2013
Explicación: El art. 25 establece que el Título II (buen gobierno) se aplica a los miembros del Gobierno, a los Secretarios de Estado y al resto de altos cargos de la AGE, de las CCAA y de las Entidades Locales, conforme a su normativa.
Entre los principios generales de buen gobierno del art. 26 de la Ley 19/2013, los altos cargos actuarán con:
📖 Art. 26 Ley 19/2013
Explicación: El art. 26 enuncia los principios de buen gobierno: actuación con transparencia, dedicación al servicio público, austeridad, accesibilidad, responsabilidad y sometimiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
La Ley 19/2013 establece que las infracciones en materia de conflicto de intereses, de gestión económico-presupuestaria y disciplinarias que cometan los altos cargos darán lugar a:
📖 Art. 25.3 Ley 19/2013
Explicación: El art. 25.3 y siguientes regulan el régimen sancionador del buen gobierno: las infracciones disciplinarias, en materia de gestión económico-presupuestaria y de conflicto de intereses dan lugar a las sanciones previstas en la Ley.
La resolución por la que se conceda el acceso a la información pública cuando haya habido oposición de un tercero, conforme al art. 22.2 de la Ley 19/2013, será notificada y:
📖 Art. 22.2 Ley 19/2013
Explicación: El art. 22.2 establece que, si ha habido oposición de tercero, el acceso solo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido, haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información.
La Ley 19/2013, en relación con la reutilización de la información, establece que en todo lo no previsto en ella se aplicará:
📖 Disp. adicional Ley 19/2013
Explicación: La Ley 19/2013 remite, en materia de reutilización de la información y en lo no previsto en ella, a la normativa específica sobre reutilización de la información del sector público y a la Ley de transparencia como complementaria.

⚠️ Preguntas basadas en la Constitución Española (BOE-A-1978-31229) y normativa vigente citada. Verifica siempre con la convocatoria oficial del BOE.