Test: Funcionamiento electrónico del sector público

Domina el funcionamiento electrónico del sector público regulado en la Ley 40/2015: la sede electrónica y su responsabilidad, los sistemas de identificación de las Administraciones, la actuación administrativa automatizada, el código seguro de verificación (CSV) y el archivo electrónico de documentos. Tema clave de administración electrónica en los temas comunes.

⚖️ Fuente: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (arts. 38-46) · BOE-A-2015-10566 · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
La sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos cuya titularidad corresponde a:
📖 Art. 38.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 38.1 define la sede electrónica como la dirección electrónica, disponible a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a varias en régimen compartido.
El establecimiento de una sede electrónica conlleva la responsabilidad del titular respecto de:
📖 Art. 38.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 38.2 dispone que la titularidad de la sede conlleva la responsabilidad respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de ella.
Se entiende por actuación administrativa automatizada cualquier acto realizado íntegramente por medios electrónicos en el marco de un procedimiento administrativo:
📖 Art. 41.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 41.1 define la actuación administrativa automatizada como aquella realizada íntegramente a través de medios electrónicos en la que no ha intervenido de forma directa un empleado público.
Para identificarse y actuar de forma automatizada, las Administraciones podrán utilizar:
📖 Art. 40.1 Ley 40/2015
Explicación: El art. 40.1 prevé que las AAPP podrán identificarse mediante sistemas de sello electrónico basado en un certificado electrónico cualificado que reúna los requisitos de la legislación de firma electrónica.
En la actuación administrativa automatizada, ¿qué sistema de firma permite la verificación posterior del documento por cualquier interesado?
📖 Art. 42 Ley 40/2015
Explicación: El art. 42 contempla como sistema de firma para la actuación automatizada el sello electrónico de Administración Pública y el código seguro de verificación (CSV), que permite contrastar la autenticidad e integridad del documento accediendo a la sede.
La firma del personal al servicio de las Administraciones Públicas en su actuación por medios electrónicos se basará en:
📖 Art. 43 Ley 40/2015
Explicación: El art. 43 establece que la actuación de un empleado público se realizará mediante sistemas de firma electrónica que le identifiquen, sin perjuicio de la posibilidad de usar otros sistemas que determine cada Administración.
El intercambio electrónico de datos transmitidos en entornos cerrados de comunicación entre órganos o entidades será considerado válido:
📖 Art. 44 Ley 40/2015
Explicación: El art. 44 admite que los documentos intercambiados en entornos cerrados de comunicación sean válidos a efectos de autenticación e identificación de emisores y receptores según las condiciones y garantías que fijen las Administraciones implicadas.
Todos los documentos utilizados en las actuaciones administrativas se almacenarán por medios electrónicos en:
📖 Art. 46 Ley 40/2015
Explicación: El art. 46 obliga a conservar en un archivo electrónico los documentos que correspondan a procedimientos finalizados, garantizando la autenticidad, integridad y conservación del documento, así como su consulta con independencia del tiempo transcurrido.
Cada Administración Pública dispondrá de un punto de acceso general electrónico a través de su:
📖 Art. 39 Ley 40/2015
Explicación: El art. 39 define el portal de internet como el punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponde a una Administración Pública que permite el acceso a la información y a los servicios disponibles.
El sello electrónico de órgano debe cumplir, entre otros, el requisito de:
📖 Art. 40.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 40.2 exige que el certificado en que se base el sello electrónico incluya el número de identificación fiscal y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona física titular en caso de sello de empleado.
¿Qué garantiza el sistema de código seguro de verificación (CSV) respecto del documento electrónico?
📖 Art. 42 Ley 40/2015
Explicación: El art. 42 vincula al CSV la posibilidad de comprobar la autenticidad e integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente, conforme a las condiciones que fije cada Administración.
La gestión de los documentos en el archivo electrónico deberá garantizar, entre otros aspectos:
📖 Art. 46 Ley 40/2015
Explicación: El art. 46 exige que los medios o soportes de archivo cuenten con medidas de seguridad que aseguren la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos, incluyendo la identificación de usuarios y el control de accesos.
El art. 45 de la Ley 40/2015, sobre aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónica, prevé que, cuando se usen sistemas de firma no basados en certificado cualificado, al relacionarse con otra Administración pueda:
📖 Art. 45 Ley 40/2015
Explicación: El art. 45 dispone que, cuando las Administraciones utilicen sistemas de firma electrónica distintos de los basados en certificado electrónico reconocido o cualificado, para favorecer la interoperabilidad y la verificación automática podrán superponer un sello electrónico basado en un certificado cualificado al remitir o poner a disposición de otras Administraciones los documentos firmados.
Según el art. 41 de la Ley 40/2015, en la actuación administrativa automatizada deberá establecerse previamente:
📖 Art. 41.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 41.2 dispone que, en caso de actuación administrativa automatizada, deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, así como el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
El art. 42 de la Ley 40/2015 admite, como sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada:
📖 Art. 42 Ley 40/2015
Explicación: El art. 42 dispone que, en el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, cada Administración podrá determinar los supuestos de utilización de los siguientes sistemas de firma: a) sello electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de Derecho público basado en certificado electrónico reconocido o cualificado; b) código seguro de verificación (CSV) vinculado a la Administración, que permite comprobar la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente.
Conforme al art. 46 de la Ley 40/2015, los documentos del archivo electrónico podrán trasladarse a otros formatos o soportes siempre que se garantice:
📖 Art. 46 Ley 40/2015
Explicación: El art. 46 dispone que todos los documentos utilizados en las actuaciones administrativas se almacenarán por medios electrónicos, salvo cuando no sea posible; los medios o soportes en que se almacenen garantizarán la identidad e integridad de la información necesaria para reproducirlos, y permitirán, en su caso, la migración o conversión a otros formatos y soportes preservando dicha integridad.
Según el art. 38.3 de la Ley 40/2015, la creación de las sedes electrónicas se realizará con sujeción a los principios de:
📖 Art. 38.3 Ley 40/2015
Explicación: El art. 38.3 de la Ley 40/2015 dispone que cada Administración determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas con sujeción a los principios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
Conforme al art. 38.3 de la Ley 40/2015, la sede electrónica deberá garantizar en todo caso:
📖 Art. 38.3 Ley 40/2015
Explicación: El art. 38.3 de la Ley 40/2015 exige que en todo caso deberá garantizarse la identificación del órgano titular de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas.
Según el art. 38.4 de la Ley 40/2015, las sedes electrónicas dispondrán de sistemas que permitan:
📖 Art. 38.4 Ley 40/2015
Explicación: El art. 38.4 de la Ley 40/2015 establece que las sedes electrónicas dispondrán de sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias.
Conforme al art. 38.6 de la Ley 40/2015, para identificarse y garantizar una comunicación segura, las sedes electrónicas utilizarán:
📖 Art. 38.6 Ley 40/2015
Explicación: El art. 38.6 de la Ley 40/2015 dispone que las sedes electrónicas utilizarán, para identificarse y garantizar una comunicación segura con las mismas, certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente.
Según el art. 39 de la Ley 40/2015, el portal de internet es el punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponde a una Administración Pública y que permite:
📖 Art. 39 Ley 40/2015
Explicación: El art. 39 de la Ley 40/2015 define el portal de internet como el punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
Según el art. 40.2 de la Ley 40/2015, la relación de sellos electrónicos utilizados por cada Administración Pública, con sus certificados y prestadores, deberá ser:
📖 Art. 40.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 40.2 de la Ley 40/2015 dispone que la relación de sellos electrónicos utilizados por cada Administración Pública, incluyendo las características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden, deberá ser pública y accesible por medios electrónicos.
Según el art. 43.2 de la Ley 40/2015, los sistemas de firma electrónica que determine cada Administración para su personal podrán identificar de forma conjunta:
📖 Art. 43.2 Ley 40/2015
Explicación: El art. 43.2 de la Ley 40/2015 establece que cada Administración Pública podrá determinar los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios.
Según el art. 44 de la Ley 40/2015, cuando los participantes en las comunicaciones de un entorno cerrado pertenezcan a distintas Administraciones Públicas, las condiciones y garantías por las que se regirán se establecerán:
📖 Art. 44 Ley 40/2015
Explicación: El art. 44 de la Ley 40/2015 dispone que, cuando los participantes pertenezcan a distintas Administraciones Públicas, las condiciones y garantías por las que se regirá el intercambio en el entorno cerrado de comunicaciones se establecerán mediante convenio suscrito entre ellas, garantizando la seguridad del entorno y la protección de los datos transmitidos.
Según el art. 46 de la Ley 40/2015, los medios o soportes en que se almacenen los documentos del archivo electrónico deberán contar con medidas de seguridad de acuerdo con lo previsto en:
📖 Art. 46 Ley 40/2015
Explicación: El art. 46 de la Ley 40/2015 dispone que los medios o soportes en que se almacenen los documentos deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales (Ley 40/2015 · arts. 38-46). Verifica siempre la normativa vigente en el BOE.

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